81 - 90 Normativas de 12335
R.TNRCH. Nº 1229-2025-ANA

CUT: 128762-2025.

SOLICITANTE: Mary Isidora Apaza Espinoza Vda. de Coaquira.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento que se basa en actos inscritos, no puede dejarse sin efecto por controversias que no han sido resueltas de manera definitiva.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 26 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1228-2025-ANA

CUT: 187305-2025.

ADMINISTRADO: Maura Virginia Villanueva Cadillo.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Licencia de uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento se basa en documentos de transferencia (sucesión intestada inscrita); la Autoridad Nacional del Agua no tiene competencia para dirimir controversias entre supuestos propietarios y/o herederos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 26 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1227-2025-ANA

CUT: 221257-2025.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Chungar S.A.C.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: El reconocimiento de la infracción debe ser expreso y por escrito al inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: El literal a) del numeral 2 del artículo 257° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave- 3 UIT.

Fecha de resolución: Miércoles, 26 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1226-2025-ANA

CUT: 175990-2025.

SOLICITANTES: Olimpiano Victoriano Dolores Jesús y Henry Giussep Romero Arraga.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas carece de competencia para declarar la nulidad de normas reglamentaria.

El proceso electoral interno de las organizaciones de usuarios, es un mecanismo para que la entidad exprese su voluntad y constituye un acto de particulares, cuya nulidad solo puede declararse en sede judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, los artículos 17° y 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y los artículos 4° y 14° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1225-2025-ANA

CUT:165463-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Anexo de Accomarca.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: La Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) es una organización de interés colectivo destinada a proveer de agua potable a un grupo de personas, por lo cual, el interés individual no puede prevalecer para declarar la nulidad de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico otorgada.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 4 del artículo 10°, subnumeral del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General; numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2025-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1224-2025-ANA

CUT: 181393-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Sector Villarreal - La Planicie.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: En caso de que la autoridad sectorial no determine el proyecto prioritario, la Autoridad Nacional del Agua debe definir la prioridad para el otorgamiento del derecho de uso de agua de acuerdo con los criterios establecidos en la ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 55° de la Ley de Recursos Hídricos Numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2025-ANA.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1223-2025-ANA

CUT: 139251-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Sector Bocatoma del Cumbaza.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUMILLA: En caso de que la autoridad sectorial no determine el proyecto prioritario, la Autoridad Nacional del Agua debe definir la prioridad para el otorgamiento del derecho de uso de agua de acuerdo con los criterios establecidos en la ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 55° de la Ley de Recursos Hídricos Numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2025-ANA.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1222-2025-ANA

CUT: 165446-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Anexo de Accomarca.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Prórroga de acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) es una organización de interés colectivo destinada a proveer de agua potable a un grupo de personas, por lo cual, el interés individual no puede prevalecer para declarar la nulidad de la acreditación de disponibilidad hídrica otorgada.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 4 del artículo 10° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General; artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1221-2025-ANA

CUT: 170391-2025.

IMPUGNANTE: Saturnina Solórzano Martínez.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo cuyo sustento se refiere a un caso distinto.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3°; numeral 1 del artículo 10° y artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 6.1 del artículo 6° del mismo cuerpo normativo.

SENTIDO: Fundado, nulo y retrotraer.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1220-2025-ANA

CUT: 187169-2025.

IMPUGNANTE: - Comité de usuarios de Agua del Canal Captación Nueva Congona - Comité de usuarios de Agua Canal La Catagua.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: - Acreditación de disponibilidad hídrica - Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica es válida cuando del balance hídrico se determina que existe superávit y no se afecta derechos de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Noviembre 2025
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