Se declara la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 130-2011-ANA/ALA.CHRL por haberse vulnerado el principio del debido procedimiento administrativo.
Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Calixto Fortunato Chilca Chico contra la Resolución Administrativa Nº 021-2012-ANA-ALA HUARAZ, por falta de legitimidad por obrar.
Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Alfredo Ricardo Ferrand Budge contra la Resolución Directoral Nº 161-2010-DCPRH, debido a que el administrado no acreditó cumplir con los requisitos que exige la Resolución Jefatural Nº 81-2010-ANA.
Se declara la nulidad de las Resoluciones Directorales Nº 224 y Nº 320-2012-ANA-AAA-CH.CH, por haberse vulnerado el debido procedimiento administrativo.
Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la señora Saturnina Jesús Apaza Chagua contra la Resolución Directoral Nº 387-2014-ANA/AAA I C-O, en el extremo referido al abandono del procedimiento
Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Sociedad Agrícola Drokasa S.A. contra la Resolución Directoral Nº 422-2013-ANA-AAA-CH.CH, por no cumplir con los requisitos para la autorización de pozo de reemplazo.
Se declara infundado el recurso de revisión encausado como recurso de apelación interpuesto por el señor Cirilo Martínez Ticona contra la Resolución Directoral Nº 141-2013-ANA-AAA-I-C-O, por haberse declarado la conclusión del procedimiento.
Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Amanda Chudán Heredia contra la Resolución Directoral N° 547-2012-ANA-AAA-JZ-V, debido a que no se configuraron los supuestos para declarar la inhibición.
Se declara la nulidad de las Resoluciones Directorales Nº 356-2012-ANA-AAA-V y Nº 550-2012-ANA-AAA JZ-V, por haberse vulnerado el principio del debido procedimiento administrativo.
ÓRGANO: ALA Chicama.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Agraria Chiquitoy S.A. contra la Resolución Administrativa N° 039-2012-ANA-ALA-CHICAMA, al haberse vulnerado el principio de tipicidad y se dispone que se retrotaiga el procedimiento.

