R.A N° 0840-2023-ANA-AAA.H-ALA.TINGO MARIA
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial de la quebrada agua dulce un volumen anual hasta de 32,450.59 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial de la quebrada agua dulce un volumen anual hasta de 32,450.59 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Angelica Aquino Moya, identificado con DNI N° 40782453 en representación de la Institución Educativa N° 32834-TICTE, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la laguna Sacsacocha, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial de la quebrada Carmaro un volumen anual hasta de 15,087.19 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por el señor Urbano Carbajal Tolentino, identificado con DNI N° 43551257, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial del rio Anda, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 6,789.24 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5, 280.52 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial de la quebrada Agua Pura un volumen anual hasta de 9,271.60 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 4,952.85 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 49,528.51 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 49,528.51 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 10,058.13 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 12,572.66 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 24,764.26 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 9,429.50 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 22,630.79 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
DECLARAR improcedente el procedimiento presentado por el señor Roque Principe Gomez, identificado con DNI N° 23010630, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Principe, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial del manantial Romero un volumen anual hasta de 6,181.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 8,046.50 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 3,771.80 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 2,263.08 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 10,058.13 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 4,952.85 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Elva Villanueva Calero, identificada con DNI N° 43946881, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Tafur, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial, con fines acuícolas proveniente de la laguna Mantacoto en una extensión de 0.42 hectáreas, para el desarrollo de la actividad en la categoría Acuícolas de Recursos Limitados (AREL), a favor de la señora ANGELA TAHISMARDA AGUIRRE CHAVEZ, identificado con DNI N° 40753182.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 2,514.53 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 22,630.79 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Gladys Leandro Pérez, identificada con DNI N° 42302369, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Tres Quebradas, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Carla Garay Justo, identificada con DNI N° 48687856, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Cerro Azul, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Rosa Linda Tafur Calero, identificada con DNI N° 48590263, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Tafur, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Juana Rosa Inocente Ordoñez, identificado con DNI N° 48822130, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Cerro Azul, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 3,771.80 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 15,087.19 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 2,263.08 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento presentado por el señor Alin Garay Justo, identificado con DNI N° 44341911, sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la quebrada Cerro Azul, en el marco de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 13, 578.47 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 5,029.06 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 13, 578.47 (m³/año) para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AREL.