Artículo 1º.- ACREDITAR la disponibilidad hídrica Superficial anual hasta: 194,880.0 (m³/año) del rio Ochque, a favor de la Asociación Selva Encantadora de San Marcos, con RUC N° 20608601059, cuyo representante es el señor Antolino Rubio Vallejos, identificado con DNI N°: 00827476, para desarrollar la actividad acuícola en la categoría productiva de AMYPE.
Artículo 2º.- ESTABLECER que, la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial aprobada, tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la notificación de la resolución.