DECLARAR al Comité de Usuarios de Tarco, conformado por los usuarios que utilizan las aguas provenientes de la Quebrada Totorayocc, Manantial Yerbabuenayocc, Manantial Ayranpuni, Ccochachacra, Alcanforachayocc, Quebrada Chuñuna, Manantial Chiara, Atoccpuquio, Manantial Pitatine, Pajarichayocc, Manantial Chilcachayocc, Llullucha , Llullucha II , Llullucha III, Quebrada Pucarani, quienes captan el Recurso Hídrico a través de las tomas Canal Amaroyocc, Canal Yerbabuenayocc, Canal Ayrapuni, Canal Atoccpuquio-Chiara (canal pucaorcco), Canal Pitatine, Pajarichayocc, Canal Chilcachayocc, Llullucha , Llullucha II , Llullucha III, Canal Pucarani, ubicado en el anexo Tarco, distrito de Pullo, provincia de Parinacochas y departamento de Ayacucho, adecuado a la Ley N° 30157, Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.