R.A N° 089-2010-ANA-ALA TUMBES
Reconocer oficialmente a
Reconocer oficialmente a
Autorizar a la empresa Cultivo Comercial del Langostino S.A.C. la ejecución de la obra construcción de sifón (alcantarilla), situado en la coordenada UTM. 566453 E y 9611844 N en reemplazo del sifón colapsado el cual captara un caudal de 6 m3/s, el mismo que permitirá el ingreso de agua del estero Puerto Rico proveniente del océano pacifico facilitando la acción del flujo y reflujo de las aguas, de acuerdo a los considerandos de la presente resolución
Aprobar en vías de regularización la autorización de ejecución de la obra “Rehabilitación y Mejoramiento de las Instalaciones Electromecánicas de la Bocatoma La Peña”, ubicado en el distrito San Jacinto, provincia y departamento de Tumbes, el cual será ejecutada mediante modalidad de contrata a precios unitarios, con financiamiento de Recursos Ordinarios, siendo su presupuesto referencial de S/.511,880.41 nuevos soles, teniendo como objetivo principal la Rehabilitación y Mejoramiento de las Instalaciones Electromecánicas de la Bocatoma La Peña.
Otorgar LICENCIA de uso de aguas subterráneas con fines industriales a los pozos tubulares situados en la propiedad del Consorcio Agrícola del Norte Export Import S.A.C., ubicado en los sectores Gatito, Arcadio e Infante del distrito San Juan de la Virgen, provincia y departamento Tumbes, quedando registrado dentro del Inventario de Recursos Hídricos Subterráneos con la denominación IRHS,
Establecer como área intangible la servidumbre de paso del canal lateral Cabanillas A-1, destinado para usos de operación, mantenimiento y vigilancia
AUTORIZAR LA EJECUCION DE ESTUDIO DE AGUAS SUBTERRANEAS CON FINES POBLACIONALES BAJO LA MODALIDAD DE POZOS AMPLORATORIOS, UBICADA EN LA COMUNIDAD DE ISLA, DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN, DEPARTAMENTO DE PUNO, A FAVOR DEL NUCLEO EJECUTOR, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE EL SR. MIGUEL CUTIPA PACORI, DENTRO DE AREA DEL SIGUIENTE POLIGONO:
Autorizar a la Empresa ANABI SAC el inicio de la Ejecución de Estudios de Aguas Subterráneas Para Fines Minero-Industrial, mediante estudios de Sondaje Eléctrico Vertical (SEV) , en la Sub Cuenca del Río Paralmayoc, Distrito de Chaviña, Provincia Lucanas, Región Ayacucho,entre las coordenadas UTM, fijándose un plazo máximo de 12 meses ( 1 año) calendario, computados a partir de notificada la presente resolución.
Autorizar a la Municipalidad Distrital de Huanuhuanu el inicio de la Ejecución de Estudios de Agua Subterráneas para Fines Poblacional, mediante Estudios de Sondaje Eléctrico Vertical (SEV), en el Sector Palca-Virucha", Distrito de Huanuhuanu, Provincia de Caravelí, Región Arequipa, entre las coordenadas UTM 607,780 E ; 8'274,783 N y 607, 421 E; 8'274,844 N(Zona 18 sur, sistema Psad 56), para beneficio de los pobladores del pueblo Nuevo de Mollehuaca, San Juan de Pozo, El Pozo, Tocota y la Pampa, en una población total de 4,000 habitantes aproximadamente. Que los trabajos previstos tendrán una duración de 30 días calendario (1 mes), contados desde la fecha de la presente Resolución.
AUTORIZAR LA EJECUCION DE ESTUDIO DE AGUAS SUBTERRANEAS CON FINES POBLACIONALES BAJO LA MODALIDAD DE POZOS AMPLORATORIOS, UBICADA EN LA COMUNIDAD DE KOKAN, DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN, DEPARTAMENTO DE PUNO, A FAVOR DEL NUCLEO EJECUTOR, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE EL SR. BENITO JOSE SANCA CHOQUEHUANCA, DENTRO DE AREA DEL SIGUIENTE POLIGONO:
AUTORIZAR, EN VIA DE REGULARIZACION, A LA COMISION DE REGANTES CACHAÑA CANCHARAPI, LAS OBRAS DE APROVECHAMIENTO HIDRICO, QUE CONSTA DE UNA CAPACITACION DE UNA BOCATOMA DE TIPO PERMANENTE Y DE UN CANAL PRINCIPAL DENOMINADO CACHAÑA CANCHARAPI DE 5400 METROS DE LONGITUD, SEGUN AL CUADRO SIGUIENTE:
Autorizar a la Corp. Minera Pacífico SAC el inicio de la Ejecución de Estudios de Aguas Subterráneas para Fines Mineros, mediante Estudios de Sondaje Eléctrico Vertical (SEV), en el sector Quebrada Honda, Distrito de Atiquipa, Provincia de Caravelí, Región Arequipa.
AUTORIZAR, EN VIA DE REGULARIZACION, AL COMITÉ DE USUARIOS SORO OCCO, LAS OBRAS DE APROVECHAMIENTO HIDRICO LOCALIZADO EN LA CAPTACION TOMA Y ACEQUIA SORO OCCO ESQUINA MESA EN UNA LONGITUD 270 METROS DE LONGITUD, SEGÚN AL CUADRO SIGUIENTE:
AUTORIZAR LA EJECUCIONDE ESTUDIO DE AGUAS SUBTERRANEAS CON FINES POBLACIONALES BAJO LA MODALIDAD DE POZOS EXPLORATORIOS, UBICADA LA COMUNIDAD DE RANCHO, DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN, DEPARTAMENTO DE PUNO, A FAVOR DEL NUCLEO EJECUTOR, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE EL SR. NICOLAS PACCORI PACCORI, DENTRO DE AREA DEL SIGUIENTE POLIGONO:
AUTORIZAR LA EJECUCION DE ESTUDIOS DE AGUAS SUBTERRANEAS CON FINES POBLACIONALES BAJO LA MODALIDAD DE POZOS EXPLORATORIOS, UBICADA EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE COTAÑA, DISTRITO DE VILQUE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PUNO, A FAVOR DEL NUCLEO EJECUTOR, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE EL SR. PORFIRIO TICONA PARICAHUA, DENTRO DE SIGUIENTE POLIGONO:
DISPONER, QUE EL USUARIO SOCIEDAD MINERA BERENGUELA S.A., CANCELE EL RECIBO N° 20010006083 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 384.16, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
DISPONER, QUE EL USUARIO COMPAÑIA DE EXPLORACION ORION S.A.C., CANCELE EL RECIBO N° 20010006082 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 50.00, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
DISPONER, QUE EL USUARIO J.A.A.P.S. CENTRAL PUSI, CANCELE EL RECIBO N° 20010005266 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 175.70, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
DISPONER, QUE EL USUARIO J.A.A.P.S. CABANILLA, CANCELE EL RECIBO N° 20010005253 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 427.88, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
Rectificar el Artículo 1 de la Resolución Administrativa N° 179-2009- ANA-ALA.AYP de fecha 06 de noviembre del 2009 en los términos siguientes:
Rectificar el nombre de la Sra. Nieves Quispe de Salas a Nieves Huarcaya de Salas.
Autorizar, en vías de regularización, la ejecución de obras de perforación del pozo tajo abierto inscrito en el Inventario de los Recursos Hídricos Subterráneos IRH N°231-2003 perforado por el señor Sr. Edson Wilfredo Velásquez Huamani en las coordenadas UTM 8290704 N; 0531668 E (Psad 56), ubicado en el Distrito de Bella Unión, Provincia e Caravelí, Región Arequipa , que cuenta con las siguientes características : Año de perforación:2003;Tipo : pozo a Tajo abierto, profundidad Actual :27.00 metros ; anillo de concreto con diámetro de 1.12 metros, Nivel estático : 17.2 metros ; Caudal de explotación: 0.73 litros por segundo ; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER, QUE EL USUARIO J.A.A.P.S. ARAPA, CANCELE EL RECIBO N° 20010005228 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 522.82, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
DISPONER, QUE EL USUARIO MINERA SILEX PERU S.R.L, CANCELE EL RECIBO N° 20010006081 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 50.00, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
Autorizar a la Comisión de Regantes Jaqui la instalación de una compuerta metálica ubicada en las coordenadas UTM. 560289 E; 8290997 N (Sistema Psad 56) en la cabecera del lote UC. 0028. del Usuario Márquez Briceño Enrique Napoleón, margen derecha del canal de derivación denominado CD Patahuasi para el control y supervisión de las aguas.
Disponer el cambio de razón social en el padrón de usuarios de agua a cargo de ésta Administración Chaparra-Acarí, respecto del predio signados con U.C. 01119 de 4.73 Has. que conforma el Predio denominado "Santa Isabel" del ámbito de la Comisión de Regantes Lateral N°01, Junta de Usuarios Bella Unión, debiendo figurar ahora a nombre de Darwin Abel Loaiza e Iris Katy Salas Huarcaya. Cancelándose la inscripción al Sr. Domingo Sexto Quispe Prado por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
AMPLIAR POR UNICA VEZ EL 16 DE AGOSTO DEL 2010, LA AUTORIZACION DE USO DE AGUA, AUTORIZADA MEDIANTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 043-2010-ALA-JULIACA, PLAZO EN QUE DEBERA TERMINAR AUTOMATICAMENTE.
AUTORIZAR, EN VIA DE REGULARIZACION, AL SEÑOR YURI FILAMIR CORRALES CUBA, LAS OBRAS DE APROVECHAMIENTO HIDRICO DE LA TOMA Y ACEQUIA CARIQUIMILLA CCUCHU MAMA PUJIO EN UNA LONGITUD 280 METROS DE LONGITUD, SEGÚN AL CUADRO SIGUIENTE:
Declarar en abandono el procedimiento administrativo iniciado por la Sra. Doris Josefina Lujan Presidenta de la Asociación de Productores Agropecuarios Malco Acarí ASPRAGMA permiso de uso de agua para épocas de superávit hídrico de la fuente de agua Río Acarí para irrigar 11 has eriazos, ubicados en el Sector Malco, Distrito de Acarí, Provincia de Caravelí, Región Arequipa. Por las razones arriba indicadas.
AUTORIZAR a la Congregación de los Misioneros del Sagrado Corazón el inicio de los estudios hidrogeológicos de Localización de Pozo, dentro del área UC 00688, Predio Fundo Julio Chevalier, Sector Lateral 03, Distrito Bella Unión, provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa, por un plazo máximo de 24 meses contados desde la fecha de la presente Resolución por las razones arriba expuestas.
DISPONER, QUE EL USUARIO CONSORCIO DE INGENIEROS EJECUTORES MINEROS S.A. - CIEMSA, CANCELE EL RECIBO N° 20010006044 POR IMPORTE TOTAL DE S/. 6,238.91, DE LA RETRIBUCION ECONOMICA POR USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010, DE ACUERDO AL VOLUMEN QUE SE DETALLA EN EL RECIBO, DEBIENDO CANCELARLO, EN EL BANCO DE LA NACION MEDIANTE EL SERVICIO DE RECAUDACION VIA TELEPROCESO AL CODIGO 0299, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE RESOLUCION, DE CONFORMIDAD CON LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LOS CONSIDERANDOS.
Reconocer a la Junta Directiva Periodo 2010-2012 de la Comisión de Regantes Huancalpa - La Sierpe , de la Junta de Usuarios.
Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, proveniente del rio Zaña, a favor de la sucesión de José Antonio Puelles Guerrero, constituida por la señora Reineria Ramirez de Puelles y sus hijos: Tito Veder Puelles Ramirez, Antonio Nicolas Puelles Ramirez, Nelly Leticia Puelles Ramirez, Rosa Ysabel Puelles Ramirez, Cesar Enrique Puelles Ramirez, Gloria Lily Puelles Ramirez y Jorge Alberto Puelles Carmona, propietarios del predio denominado "Santa Rosa" signado con código Catastral Nº 16495, ubicado en el Bloque de Riego Oyotun Nº 08 con código PZAÑ-10-B08 en el ámbito de la Comisión de Regantes Oyotun de la Junta de Usuarios Zaña
Modificar el volumen de agua asignado al predio "Manco Capac" mediante Resolución Administrativa Nº 245-MA-INRENA/IRH-ATDR-ZAÑA de fecha 18.12.2006 otorgada a favor de la señora Luisa Elena Medina Matallana, debiendo asignarse 29653.00m3; asi como rectificar el nombre del predio debiendo consignarse como "Manco Capac II" y actualizar la información correspondiente a su documento de identidad, dejandola subsistente en lo demàs que contiene.
Otorgar en via de regularización permiso de uso de agua superficial con fines agrarios, provenientes del rio Zaña, para època de superavit hidrico a favor del señor WILFREDO GARCIA SANDOVAL, propietaria del predio denominado "Ucupe Coronel" signado con unidad Catastral Nº 82673, irrigable por el canal L5 Carrizal I, con toma de riego predial ubicada en la coordenada UTM 9217503 N; 648534 E, sistema PSAD`56, ubicado en el Bloque de Riego La Manga Nº 26, , con código PZAÑ-10-B26 en el ámbito de la Comisión de Regantes Ucupe de la Junta de Usuarios Zaña.
Otorgar permiso de uso de agua superficial con fines agrarios, provenientes del rio Zaña, para època de superavit hidrico a favor de la señora Frandila Rios de Acuña, propietaria del predio denominado "Cayalti y Anexos" signado con unidad Catastral Nº 12898, irrigable por el canal L1 Tubo 34, ubicado en el Bloque de Riego Cayalti - La Melchora Nº 20, con código PZAÑ-10-B20 en el ámbito de la Comisión de Regantes Cayalti de la Junta de Usuarios Zaña
Declarar la extinción por caducidad de la licencia de uso de agua otorgada mediante la Resolución Administrativa Nº 238-MA-INRENA/IRH-ATDR-ZAÑA del 05.12.2006 otorgada a favor del señor Juan Francisco Baca Chancafe,
Imponer a Volcan Compañía Minera S.A.A. – U.E.A. Cerro de Pasco, con RUC N° 20383045267, con domicilio fiscal en Av. Gregorio Escobedo Nº 710-Int. 301-residencial San Felipe, distrito de Jesús María, provincia de Lima, departamento de Lima, la multa de tres (03) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente en la fecha de cancelación, por infracción a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, debiendo depositar la multa en un plazo de 10 días en el Banco de la Nación a la cuenta corriente Nº 0000877174, cuya denominación de la cuenta es ANA-Multas; debiendo remitir copia del pago efectuado a la Administración Local de Agua Pasco. En caso de incumplimiento en el pago de la multa se procederá a la ejecución coactiva de acuerdo a la normatividad vigente.
Autorizar a la Municipalidad del Centro Poblado Santa Rosa de Chora, la ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico con fines poblacionales que plantea aprovechar las aguas provenientes de la quebrada denominado “Hurpaipuquio”, ubicada en el sector de Villa Corazón Cochac, jurisdicción del distrito de San Francisco de Asís de Yarusyacán, provincia de Pasco y departamento Pasco.
Otorgar autorización de uso de agua a favor de la Comunidad Campesina de Cochamarca, con fines de lavado de agregados, por un volumen de hasta Cuatrocientos setenta y tres mil cuarenta (473,040.00) metros cúbicos, provenientes del rio San Juan y otros arroyos circundantes a la unidad operativa, ubicada en el sector de “Cantera Cochamarca”, jurisdicción del distrito de Vicco, provincia de Pasco, departamento de Pasco; cuyo punto de captación se ubica referencialmente en las coordenadas UTM Psad 56: 8’796,940 Norte y 361,933 Este y el probable punto de devolución del agua se ubicará en las coordenadas UTM Psad 56: 8’796,858 Norte y 361,923 Este.
Reconocer a la Junta Directiva del Comité de Regantes ·"Azansa", el cual formara parte de la Comisión de Regantes Chupishiña, para ejercer sus funciones a partir del 23 de Junio del 2010 al 31 de Diciembre del 2012.
Otorgar, AUTORIZACION DE USO DE AGUA CON FINES INDUSTRIALES PARA LA LOCACIÓN CASHIARI 3 LOTE 88, a favor de la EMPRESA PLUSPETROL CORPORATION S.A., proveniente de la Quebrada La Kitapay, por un caudal total de hasta 0,104 lit/seg, equivalentes a una masa total de 567.00 m3 (Quinientos Sesenta y Siete metros cúbicos), jurisdicción de distrito de Echarate, provincia de la Convención, departamento de Cusco, ámbito jurisdiccional de la Adminstración Local de Agua La Convención.
Otorgar, AUTORIZACION DE USO DE AGUA CON FINES INDUSTRIALES CAMPAMENTO KM 13 Flowline Cashiari, a favor de la EMPRESA PLUSPETROL CORPORATION S.A., proveniente de la Quebrada La Pava, localizado en las coordenadas UTM (WGS-84) 8´684,953.00 metros Norte, 732,491.00 metros Este, por un caudal total de hasta 0,11 lit/seg, equivalentes a una masa total de 1,350 m3 (Mil trescientos cincuenta metros cúbicos), que se utilizaría durante Etapa de mantenimiento de campamento Km 13, jurisdicción de distrito de Echarate, provincia de la Convención, departamento de Cusco, ámbito jurisdiccional de la Adminstración Local de Agua La Convención.
Otorgar, AUTORIZACION DE USO DE AGUA CON FINES INDUSTRIALES PARA LA LOCACION CASHIARI 1 – LOTE 88, a favor de la EMPRESA PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A, proveniente de la Quebrada Tornillo, por un caudal de hasta 0.110 lit/seg, equivalente a una masa total de 567.00 m3 (Quinientos Sesenta y Siete metros cúbicos), que se utilizara durante la Etapa Operativa para la Locación Cashiari 1 – Lote 88, jurisdicción de distrito de Echarate, provincia de la Convención, departamento de Cusco, ámbito jurisdiccional de la Adminstración Local de Agua La Convención.
Reconocer a la Junta Directiva del Comité de Regantes Cafetaleros, el cual formara parte de la Comisión de Regantes Chupishiña, para ejercer sus funciones a partir del 18 de Junio del 2010 al 31 de Diciemhre del 2012.
Establecer la servidumbre o camino de vigilancia a lo largo del Canal de Derivación Misquiyacu I.
SANCIONAR administrativamente mediante AMONESTACIÓN ESCRITA al administrado JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ MEDINA de conformidad con lo establecido en el numeral 279.1, del artículo 279° Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
SANCIONAR administrativamente mediante AMONESTACIÓN ESCRITA ? al administrado FIDENCIO SÁNCHEZ SILVA, de conformidad con lo establecido en el numeral 279.1. del articulo 279° Decreto Supremo N" 001-2010-AG.
SANCIONAR administrativamente a la administrada CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C.-CMAC PIURA S.A.C., con una multa de dos (02) UIT, de conformidad con lo establecido en el numeral 279.1, del articulo 279° Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
SANCIONAR administrativamente mediante AMONESTACION ESCRITA al administrado BERNABÉ DÁVILA PINEDO, de conformidad con lo establecio en el numeral 279.1 del artículo 279° Decreto Supremo N° 001-2010-AG
SANCIONAR administrativamente mediante AMONESTACIÓN ESCRITA a la administrada PASCUALA DÁVILA CABREJOS, de conformidad con lo establecido en el numeral 279.1, del articulo 279° Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
DECLARAR la extinción el derecho de uso de agua otorgado a favor de la usuaria AURORA DÁVILA DE DÁVILA, mediante Resolución Administrativa N° 470-2005-GR-SM/DRASAM/ATDR-T, de fecha 01.08.2005, de conformidad con lo establecido en el literal a) numeral 102.3, del articulo 102° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG.