R.A. Nº 006-2018-ANA-AAA.HCH-ALA.SLN
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de Permiso de Uso de Agua residual, impulsado por Frank Henry Rosso Rodríguez, por no contar con las obras autorizadas de captación y conducción necesarias para el uso eventual del recurso; y la Junta de Usuarios del Sector de Riego IRCHIM, que cumple el rol de operador del Sector Hidráulico manifiesta que no es viable técnicamente utilizar la infraestructura hidráulica, por cuanto la toma rústica actualmente genera problemas de represamiento de agua en el Dren Ancash, afectando a la infraestructura vial y a los terrenos de terceros aledaños a la captación y el L2 Mauricio Espinal no presta las garantías para incrementar su caudal; asimismo, el predio rústico S/UC de 7,0000 ha por ser parte del predio primigenio de UC N° 16734 (UC actual N° 06279), aprobado mediante la RA N° 171-2013-ANA-AAA.HCH-ALA.SLN de fecha 16.ABR.2013, con la fuente de agua del río Santa, mediante la Bocatoma La Huaca, CD IRCHIM (actualmente CD La Huaca - Nepeña), L1 Integrador 1 y L2 Mauricio Espinal.