R.A. N° 391-2023-ANA-AAA.CO-ALA.CSCH
Declarar improcedente la queja formulada
por la presidente de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico San Juan, respecto a la
alteración de un tramo del canal Vivichez, por cuanto en verificación técnica de campo del 15-SET-
2023, se ha evidenciado que dicho tramo de canal conduce agua en forma normal, para los predios
de la parte inferior y el abastecimiento de agua es conforme a sus derechos otorgados.