RD Nº 0337-2023-ANA-AAA I CO
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de Mirhya Hortencia Ticona Pinto, única y exclusivamente por los cargos establecidos en el numeral 2 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos “el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57 de la Ley de Recursos Hídricos”.