RD Nº 0303-2024-ANA-AAA.CO
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 116.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de OCAÑA LAGO DE FUSTER, TERESA ERIKA con DNI 00433567, FUSTER ROSSI, ARMANDO ALBERTO con DNI 00433568
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 116.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de OCAÑA LAGO DE FUSTER, TERESA ERIKA con DNI 00433567, FUSTER ROSSI, ARMANDO ALBERTO con DNI 00433568
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 871,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CASSINELLI PRETEL VDA DE PARODI, HAYDEE VILMA con DNI 00417687
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 4363,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CASARETTO FLORES, JUAN PEDRO con DNI 00432314, LOMBARDI DE CASARETTO, LAURA MARIA con DNI 00403227,
Otorgar Autorización de uso de agua, para la ejecución del proyecto denominado “Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en las Asociaciones de Vivienda Villa magistral, 07 de junio, Cobresol y Porvenir en el Centro Poblado Chen Chen del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto – Moquegua”, presentado por la empresa INCOGAR GRUPO CONSTRUCTOR S.A.C
Declara improcedente la autorización de obras mínimas para la ejecución de trabajos de limpieza descolmatación y encauzamiento con conformación de dique, en el rio Cinto, sector Anexo de Cauña -Matogroso, del distrito de Locumba -Provincia de Jorge Basadre - departamento de Tacna”, presentada por la Municipalidad Provincial Jorge Basadre, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0075-2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
DECLARAR infundado el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Víctor Hermenegildo Suyo Ramos en contra de la Resolución Directoral N°0895-2023-ANA-AAA.CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
Declarar la suspensión del presente procedimiento administrativo de autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, solicitado por el señor Ricardo Clodohaldo Ramos Bernal, por un plazo de treinta (30) días hábiles, contabilizado desde el 09 de febrero del 2024, conforme a los fundamentos glosados.
Aceptar el desistimiento del procedimiento administrativo de modificación de licencia de uso de agua presentado por el señor Dino Alejandro Butrón Candia, de acuerdo con lo fundamentado en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0073-2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0091-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0101-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0100-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0103-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0105-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 083-2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0084-2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
DAR por concluido el presente procedimiento de Autorización de funcionamiento del Pozo de Agua Subterránea con código IRHS-99 ubicado al lado derecho de la carretera afirmada del Ex Complejo Fronterizo Santa Rosa (puesto de vigilancia Fronterizo de Santa Rosa), con fines de defensa nacional en el marco de la emergencia declarada mediante el DS 055-2023-PCM prorrogado mediante el DS. N° 127-2023-PCM, solicitado por XIV Macro Región Policial Tacna del Ministerio del Interior, al operar la sustracción de la materia, conforme a las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Autorizar la Ejecución de Obras en Fuente Natural a favor de la UNIDAD EJECUTORA 036 – 001634 “FONDO SIERRA AZUL”, para el Proyecto denominado: ““Construcción de captación de agua en la recarga hídrica para las unidades productoras sistema de riego Sequello en el distrito de Marcabamba, sistema de riego Jercco Pucro en el distrito de Lampa y sistema de riego Toccyascca en el distrito de San Javier de Alpabamba, distrito de Coracora, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho”; de acuerdo con el Informe Técnico N° 0025-2024-ANA-AAA.CO/DRRG y a lo glosado en la presente resolución y al siguiente detalle:
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0092-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N°0001-2024 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO POLOBAYA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0005-2024 ANAAAA.CO-ALA.CH/JACL.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO POLOBAYA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0006-2024 ANAAAA.CO-ALA.CH/JACL.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0082-2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Autorizar la ejecución de obras mínimas, correspondiente a la Ficha de actividad de emergencia: “Limpieza y descolmatación de quebradas en los sectores de Sojamure, Caiman y Sahuanay, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (periodo 2023+2024) y posible fenómeno El Niño, en el distrito de La Capilla, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”, a favor del Gobierno Regional de Moquegua, con RUC Nº 20519752604, según el detalle:
Declarar improcedente la autorización de ejecución de obras mínimas de la Ficha de Técnica: “Ampliación de Enrocado en el Sector de Carrizal Antiguo, distrito de Cocachaca, provincia de Islay, departamento de Arequipa”, solicitado por la Municipalidad Distrital de Cocachacra, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Administrativa.
Extinguir la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada con la Resolución Administrativa N° 066-2005-GRA/PR-DRAG/ATDRCH de fecha 16.02.2005 a favor de Osnayo Guillen Vda. De Valdivia Francisca Evangelina para el predio de UC N° 31225, conforme el Informe Técnico N° 0002-2024-ANA-AAA.CO/JLEOV.
Extinguir la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada con la Resolución Administrativa N° 10-2005-ATDR.M/DRA.MOQ a favor de Díaz Hinojosa, Victoria Antonieta, conforme lo expuesto en el Informe Técnico N°0001 -2024- ANA.CO/JLEOV.
Otorgar a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A. con RUC: 20517252558; la Autorización de Uso de Agua del Rio Chili, para la ejecución del proyecto denominado “Mantenimiento periódico del Sector 03 D Arequipa – Yura (Km 16+000 – 43+000) del Tramo 5 Matarani – Arequipa – Juliaca – Azangaro/Ilo – Moquegua – Puno – Juliaca del Proyecto Corredor Vial interoceánico Sur Perú – Brasil”; por un volumen total de 11,520.00 m3 ; conforme al siguiente detalle:
Extinguir la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada con la Resolución Administrativa N°013-2005-ATDR.M/DRA.MOQ a favor de Favia Churata Condori, en el predio con UC N° 01934, conforme lo expuesto en el Informe Técnico Nº 0028- 2024-ANA-AAA.CO/JMPV.
Declarar improcedente la autorización de ejecución de obras en fuente natural y bienes asociados, en la quebrada Zaparo, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, solicitada por La Villa Country Asociación Perú, conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Declarar procedente el pedido de rectificación de Resolución Directoral N° 0682-2023-ANA-AAA.CO, de acuerdo con lo glosado en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrarios solicitado por Teodora Ochochoque Tipo, conforme los argumentos glosados en la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica subterránea solicitado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHARACATO, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar improcedente el pedido de otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrarios solicitado por Lardy Rene Pinto Mantilla, conforme lo contenido en el Informe Técnico N°0023-2024-ANA.CO/JMPV.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1322,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CORNEJO CORNEJO, JOSE ENRIQUE con DNI 10462970, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1801,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de VILCA INFANTES, GREGORIA ELENA con DNI 29468499, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1226.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de HERRERA MAMANI, SANTOS ISIDRO con DNI 29468167, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1198,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CORNEJO CORNEJO, JOSE ENRIQUE con DNI 10462970, conforme al siguiente detalle:
Rectificar de oficio el error material contenido en la Resolución Directoral N°0200-2023-ANA-AAA.CO respecto a lo glosado en la presente resolución y al siguiente detalle:
Dice:
Informe Técnico N° 0031-2024-ANA-AAA.CO/JLEOV
Informe Legal N° 0088-2024-ANA-AAA.CO/MAOT
Debe decir:
Informe Técnico N° 0032-2024-ANA-AAA.CO/JLEOV
Informe Legal N° 0085-2024-ANA-AAA.CO/MAOT
Declarar la Caducidad del procedimiento administrativo sancionador instruido contra NICETO LUCIO MAMANI MAMANI y MELECIO ALTAGRACIA CHOQUE QUISPE, disponiendo su ARCHIVO, en merito a los considerandos descritos en la presente resolución.
Autorizar la ejecución de estudios de agua subterránea mediante instalación de piezómetros, con fines de investigación, en la unidad minera “Pucamarca”, situada en el distrito de Palca, provincia y departamento de Tacna, a favor de la Compañía minera MINSUR S.A., conforme el Informe Técnico N° 027-2024-ANA-AAA.CO/DRRG, quedando según el detalle siguiente:
Aprobar la “Delimitación de la Faja Marginal de la quebrada “sin nombre”, ubicada en el sector Pampa Escalerilla, ubicada en el distrito de Cerro Colorado, departamento de Arequipa”,; conforme al Informe Técnico N° 0010-2024-ANA-AAA.CO/MATL; y, de acuerdo con los criterios para la delimitación de la faja marginal establecidos en el artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, lo indicado en el capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA y a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
RECTIFICAR en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución Directoral N° 0165-2024-ANA-AAA.CO, conforme a lo siguiente:
Donde dice: Resolución Administrativa N° 341-2017- GRA/GRAG/ATDR.CH
Debe decir: Resolución Administrativa N° 341-2007- GRA/GRAG/ATDR.CH
Establecer la responsabilidad de Saúl Basilio Yampi Cáceres, e imponerle sanción de multa ascendente a 25 UIT (Veinticinco Unidades Impositivas Tributarias)) Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en los numerales 1, 5 y 6 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en los literales a), b), f) y o) del artículo 277 de su Reglamento “usar el agua sin derecho otorgado por la Autoridad Nacional del Agua”, “Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes en las fuentes naturales”, “ocupar sin autorización los cauces de las aguas” y o) Dañar las obras de infraestructura hidráulica (defensas ribereñas).
Declarar improcedente el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Carlos Alfonso Ortiz de Zevallos Legunda, en contra de la Resolución Directoral N° 01073-2021-ANA-AAA.CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
Aprobar el estudio “Delimitación de faja marginal del cauce sin nombre de la unidad hidrográfica nivel 5 - 13257 (modificado) en el sector de la Pampa Condormico”, al haber cumplido los criterios establecidos en el artículo 114 del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y lo indicado en el Capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.
Declarar improcedente la petición de Acumulación del procedimiento de Autorización de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuente Natural, presentada por de la COMPAÑÍA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A., conforme lo expuesto en la presente resolución.
Modificar la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios contenida en la Resolución Administrativa N° 0694-2004 GRA/PRDRAG/ATDRCH, otorgada a favor de José Alfonso Obando Gutiérrez, conforme el Informe Técnico N° 0005-2024-ANAAAA.CO/JMPV, según los siguientes cuadros:
Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a favor de Higidico Huisa Mamani y Justa Mamani Vizcarra de Huisa, para el predio denominado “La Quebrada” con U.C. N° 00536, conforme lo contenido en el Informe Técnico N° 0004-2024- ANA-AAA.CO/JMPV, según los siguientes cuadros: