RD Nº 0715-2024-ANA-AAA.CO
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1700,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de BENAVIDES MACHACA, CONCEPCION WADALUPE con DNI 30660309
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1700,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de BENAVIDES MACHACA, CONCEPCION WADALUPE con DNI 30660309
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1322,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de COLQUE DE MENDOZA, ZARAGOZA PLACIDA con DNI 29514226
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1977,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de OCSA DE SOTOMAYOR, NICOLASA DOMITILA con DNI 30641602
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2120,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CHAMPI FLORES, EFREN BARNABE con DNI 29635152, CHULLO SAPACAYO, ROSA con DNI 29641650
Aprobar la conformación del Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas de la Cuenca Moquegua Ilo; a fin de implementar sus funciones de acuerdo al artículo 30 de la Resolución Jefatural N° 155-2022-ANA
Establecer la responsabilidad del Gobierno Regional de Arequipa, e imponerle sanción de multa de 5 UITs (cinco Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el inciso 3 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos “ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y, en el literal b) “Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes, en las fuentes naturales de agua” del artículo 277 del Decreto Supremo 001-2010-AG “Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos”. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Camaná Majes, dentro del tercer día de efectuado el mismo
DECLARAR infundado el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por FRANKY & RICKY S.A. en contra de la Resolución Directoral N° 508-2024-ANA/AAA.CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente
Declarar improcedente el pedido de modificación de licencia de uso de agua solicitado por la señora Julia Marina Maquera Ramos, conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Aprobar la “Delimitación de la Faja Marginal de la quebrada Sin Nombre, ubicada en el sector de Colcan, distrito de Cotahuasi, provincia La Unión, Departamento de Arequipa”; conforme al Informe Técnico N° 0027-2024-ANA-AAA.CO/MATL, de acuerdo con los criterios para la delimitación de la faja marginal establecidos en el artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, lo indicado en el capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA y a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR la extinción de los derechos de uso de agua otorgados mediante la Resolución Directoral N° 325-2011-ANA-AAA.CO a favor de Marcos Luis Sánchez Rejas, por la causal de caducidad conforme al incisos 3 del artículo 71 de la Ley de Recursos Hídricos y al literal c del inciso 102.3 del artículo 103 de su Reglamento relativas a la conclusión del objeto para el que se otorgó el derecho
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial para fines agrarios, de la cuenca del rio Sama por un volumen de hasta 1 276.00 m3/año en la bocatoma del rio Sama denominado “la Tranca”, para el predio denominado “Parcela 744”, seguido por Juana Chaiña de Cardenas según se detalla en el Informe Técnico Nº 0011-2024-ANA-AAA.CO/RGM
Extinguir la Autorización de Uso de Agua de Agua otorgada mediante Resolución Directoral N°0373–2023-ANA-AAA.CO a favor de Compañía Minera Zahena S.A.C., por caducidad al configurarse por concluir el objeto para el que se otorgó el derecho; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3830,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAQUE TICONA, EMILIANO MARCIAL con DNI 30640044, SOTOMAYOR DE MAQUE, ANACLETA con DNI 30640045
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5905,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2199,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 6422.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1542.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5071,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3657,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAQUE TICONA, EMILIANO MARCIAL con DNI 30640044, SOTOMAYOR DE MAQUE, ANACLETA con DNI 30640045
ESTABLECER la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEJÍA por infracción establecida en el numeral 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento “Efectuar reúso de aguas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores
Establecer la responsabilidad de PEDRO NOLASCO HERRERA AÑARI e imponerle sanción de multa ascendente a 2,1 UITs (dos coma una Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificada en el inciso 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos; y, en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG "Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos", artículo 277 literal a) "... usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua". La misma que debe de ser cancelada, por la infractora en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Camaná Majes, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
ESTABLECER la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEJÍA por infracción establecida en el numeral 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento “Efectuar reúso de aguas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
Corregir el error material contenido en la parte de vistos, en el artículo 1° y en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 437-2021-ANA-AAA.CO, solicitado por el señor Urso Veliz Vilca; siendo que, donde dice: “Felicitas Salgueron Oviedo”, debe decir: “Felipa Pumayalli De Veliz”; debiendo mantenerse todos los demás aspectos las referidas resoluciones, en virtud a los fundamentos de la presente resolución
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO DE AGUAS SUBTERRANEAS CLASE A LA YARADA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0044-2024 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5457.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de DEL CARPIO MENDOZA, ALFONSO RAUL con DNI 30641697, SIANCAS CASAPERALTA, CELIA MERCEDES con DNI 30641698
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15715,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI GARCIA, DORIS FLORENTINA con DNI 30641715
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica de agua subterránea solicitada por el señor Luigui Angel Tejada Peñaloza; conforme a los considerandos glosados en la presente resolución
Declarar infundado el recurso de reconsideración presentado por Darío Marcelino Mamani Quispe, en representación de Gumercinda Herminia, Juan Cristóbal, Santusa Cleta Mamani Quispe y Jacinta Emiliana Quispe Vda. De Mamani en contra de la Resolución Directoral Nº 0363-2024-ANA-AAA.CO; conforme los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR la ejecución de obras de pozo de remplazo solicitada por el Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, conforme al Informe Técnico N° 0072-2024-ANA-AAA.CO/DRRG, de acuerdo al siguiente detalle:
Declarar improcedente el pedido de extinción de los derechos de uso de agua otorgados a favor de la Universidad Alas Peruanas, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 318.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de INCA TITO, HERNAN BENIGNO con DNI 30642221, CALLOCSA CONDO DE INCA, EVARISTA FLORENCIA con DNI 30640680
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1564.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de INCA TITO, HERNAN BENIGNO con DNI 30642122, CALLOCSA CONDO DE INCA, EVARISTA FLORENCIA con DNI 30640680
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 792.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de INCA TITO, HERNAN BENIGNO con DNI 30642221, CALLOCSA CONDO DE INCA, EVARISTA FLORENCIA con DNI 30640680, conforme al siguiente detalle
PRORROGAR, por única vez, el plazo de la Autorización de Uso de Agua, a favor de la empresa NEWMONT PERU S.R.L. con RUC N° 20110345519, otorgada mediante Resolución Directoral N° 0264-2023-ANA-AAA.CO de fecha 05 de abril de 2023; por los argumentos expuestos en la parte considerativa
Aprobar la delimitación de faja marginal de un tramo del cauce de quebrada del fundo Pucara, distrito de Callalli, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa”; conforme al Informe Técnico N° 0024-2024-ANA-AAA.CO/MATL; y, de acuerdo con los criterios para la delimitación de la faja marginal establecidos en el artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, lo indicado en el capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA y a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial para fines agrarios, para un área bajo riego de 0,5870 ha. con un volumen acreditar de 5 280.00 m³/año al predio denominado “San Antonio”, según se detalla en el Informe Técnico Nº 0081-2024-ANAAAA.CO/JMPV
Declarar Improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica superficial presentado por el señor Félix Santos Chili Mamani en calidad de representante de la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas de Curtiembres, Fabricantes de Kola y Derivados del Cuero Arequipa - APYMECO, de acuerdo con el Informe Técnico N°0054-2024-ANA-ST-CRHCQUILCA-CHILI, por los fundamentos glosados en la presente resolución
Prorrogar la Aprobación del estudio de aprovechamiento de recursos hídricos (acreditación de disponibilidad hídrica) para la obtención de la licencia de uso de agua subterránea con proyección de pozo tubular y fines pecuarios para el proyecto denominado “Proyecto pecuario de Crianza avícola en el fundo el Bosque, ubicado en la pampa Inalámbrica del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua”, a favor de Andrés Beltrán Quispe y Manuel Martínez Garcés, de acuerdo con el Informe Técnico Nº 0073-2024-ANAAAA.CO/DRRG y con los fundamentos glosados en la presente.
Declarar improcedente el pedido de Autorización de Ejecución de Obras Mínimas respecto al segundo componente sobre el segundo componente de la obra denominado “Badén de Mampostería”, conforme lo expuesto en la presente resolución.
Aprobar la delimitación del Bloque SAN JAVIER DE ALPABAMBA, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 63.705 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 680400.00000mE y 8334668.00000mN, DATUM WGS84, zona 18, políticamente en el distrito de San Javier De Alpabamba, provincia de Paucar Del Sara Sara, departamento Ayacucho.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO DE AGUAS SUBTERRANEAS CLASE A LA YARADA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0045-2024 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ
Autorizar la ejecución de Obras Mínimas, conforme a la Memoria Descriptiva “Limpieza y descolmatación y defensa ribereña para las bocatomas Balconcillo, Estanque, Isla, Chuibaya Alto, Chuibaya Bajo, Rayuni Alto, Rayuni Bajo, Yaral y Santillana, del sector Yaragua, distrito Quinistaquillas, provincia General Sánchez Cerro, región Moquegua”
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica de agua superficial para fines agrarios solicitada por la señora Janeth Noemí Cruz Chiri; conforme a los considerandos glosados en la presente resolución.
Aprobar la Delimitación de la faja marginal propuesta en el “Estudio de delimitación de la Faja Marginal de la Línea de Conducción Tramo Jaguay – Lomas de Ilo, ubicada en los distritos de Moquegua, El Algarrobal e Ilo de las provincias de Mariscal Nieto e Ilo del departamento de Moquegua; conforme al Informe Técnico N° 0041-2024-ANAAAA.CO/VDGJ; y, de acuerdo con los criterios para la delimitación de la faja marginal establecidos en el artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, lo indicado en el capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA y a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrícolas, solicitado por JORGE LUIS TAPIA ARIAS, para el predio de U.C. N° 101033, ubicado en el distrito de Chiguata, provincia de Arequipa, región de Arequipa, por un volumen de agua anual acreditado es de 375,00 m3/año; de acuerdo al Informe Técnico N° 0212-2023-ANAAAA. CO/JLEOV e Informe Técnico N° 0123-2024-ANA-AAA.CO/JLEOV
Establecer la responsabilidad de JOSÉ COLQUEHUANCA PERCA, e imponerle sanción de multa ascendente a 2,4 UITs (dos coma cuatro Unidades Impositivas Tributarias) Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en los numerales 3, 6 y 10 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en los literales b), e) y f) del artículo 277 de su Reglamento “Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes, en las fuentes naturales de agua”, “Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural” y f) Ocupar sin autorización las fajas marginales. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Chili, dentro del tercer día de efectuado el mismo
Rectificar el error material contenido en la Resolución Administrativa Nº 039-2005-GR/PR-DRAA-ATDR.T-AT formulado por Lilia Cristina Salinas Rondón de Prado respecto a lo glosado en la presente resolución y al siguiente detalle:
Dice:
Salinas Rondón, Lilia Cristina
Debe decir:
Salinas Rondón de Prado, Lilia Cristina
Otorgar la prórroga de plazo de la autorización de uso de agua a PROVIAS NACIONAL según Resolución Directoral N° 0546-2022-ANA-AAA-CO, para la ejecución del proyecto denominado “Servicio de Gestión y Conservación Vial por Niveles de Servicio del Corredor Vial DV. Humajalso–Desaguadero y Tacna – Tarata –Capazo - Mazocruz”, por un plazo de 2 años contabilizados a partir del mes de julio del 2024
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2676.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de APAZA ROBLES, SILVESTRE con DNI 24867725, HUAYTA MAMANI, CARMEN con DNI 24867726
Prorrogar la acreditación de disponibilidad hídrica otorgada mediante Resolución Directoral N°469-2022-ANA-AAA.CO, a favor de Roger Lizano Molina, por un periodo de dos años, computados a partir del 03.08.2024 al 03.08.2026; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.