RD Nº 0025-2020-ANA-AAA I CO
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrarios, a favor de Alvaro Elias Bernedo Delgado
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrarios, a favor de Alvaro Elias Bernedo Delgado
Otorgar la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines otros usos a favor de Milena Muñoz Muñoz
Corregir el error material contenido en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 1145-2019-ANA-AAA I CO. Declarar Improcedente el pedido de corrección por error material de la Resolución Directoral N° 1145-2019-ANA-AAA I CO; en referencia al área bajo riego y volumen máximo asignado; por los fundamentos glosados en la presente resolución
Declarar Fundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Compañía de Minas Buenaventura SAA, contra de la Resolución Directoral N° 942-2019-ANA-AAA I CO, en consecuencia, nula la impugnada, en base a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente el pedido de corrección por error material de la Resolución Directoral N° 1935-2016-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la presente resolución
Extinguir la Licencia de Uso de Agua Superficial otorgada a favor del señor Jesús Adrián Valdivia Yáñez, mediante la Resolución Administrativa N° 15-2005-ATDR.M/DRA.MOQ; por los fundamentos glosados en la presente resolución
Extinguir la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrarios otorgado a Jesús Adrián Valdivia Yáñez según la Resolución Administrativa N° 015-2005-ATDR.M/DRA.MOQ, conforme a lo glosado en la presente resolución
No Ha Lugar la oposición interpuesta por la Comunidad Campesina Tumilaca, Pocata, Coscore y Tala. Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Margarita María Flores Cuaila, conforme a los considerandos glosados en la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Done Mamani Condori, en contra de la Resolución Directoral N° 1400-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
No Ha Lugar la oposición interpuesta por la Junta de Usuarios de Agua de la Yarada. Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Mariano Tintaya Pari, conforme a los considerandos glosados en la presente resolución
No Ha Lugar la oposición interpuesta por la Junta de Usuarios de Agua de la Yarada. Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Florentino Maquera Chura, conforme a los considerandos glosados en la presente resolución
Declarar Improcedente el pedido de Extinción de Licencia de Uso de Agua Superficial, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 006-2005-GRT/DRAT/ATDRT, a favor de Segundo Ramos Flores, de acuerdo a lo glosado en la parte considerativa de la presente resolución
Suspender el procedimiento de Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Individual, formulado por la Junta de usuarios del Sector Hidraulico de Agua Subterráneas Clase A La Yarada, de acuerdo con lo expuesto en la presente resolución
Modificar la prórroga de Autorización de Uso de Agua para la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico otorgada mediante Resolución Directoral N° 1057-2018-ANA-AAA I CO, únicamente en lo referido al periodo 2020, formulado por Anglo American Quellaveco SA, de acuerdo a lo glosado en la presente resolución
Establecer Responsabilidad en la empresa Concretos Moldeados SAC, e imponer una multa de 0.6 UIT, por utilizar el agua con mayores volúmenes que los otorgados en su derecho
No Ha Lugar la oposición interpuesta por el Proyecto Especial Regional Pasto Grande. Declarar Improcedente el pedido de Regularización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Sucesión Parras Ascona Teófilo y otro, conforme a los considerandos glosados en la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Alejandra Marcela Ramirez Osco y otros, en contra de la Resolución Directoral N° 1097-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Miguel Angel De Aguila Pacaya, en contra de la Resolución Directoral N° 878-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Juan Marciano Chino Mamani, en contra de la Resolución Directoral N° 850-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Yola Huanca Huanca, en contra de la Resolución Directoral N° 1052-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por David Raúl Pari Mallea, en contra de la Resolución Directoral N° 989-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la presente resolución
Declarar Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por Juan Gualberto Flores Ticona, en contra de la Resolución Directoral N° 1709-2018-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Remigio Severo Vildoso Liendo en contra de la Resolución Directoral N° 849-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Rogelio Cabrera Llanqui en contra de la Resolución Directoral N| 687-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Justa Alave Chambilla en contra de la Resolución Directoral N° 1156-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución
Otorga la autorización a favor de la Empresa Concesionaria Peruana de Vías - COVINCA S.A. con fines de ejecución de obras mínimas en el marco Autorización de Ejecución de Obras Mínimas en el cauce del río Siguas, distrito de San Juan de Siguas, provincia y región Arequipa. Otorga autorización de un plazo no mayor de 12 días conforme al cronograma propuesto.
Otorga la autorización a favor de Modernización de la Gestión de Recursos Hídricos para la instalación de instrumentos de medición y ejecución de obras mínimas en el marco Proyecto Gestión Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas - PGIRH ubicados en los distritos de Callalli, Cabanaconde, Lluta, Huanca y Choco, provincias de Caylloma y Castilla - región Arequipa. Otorga un plazo no mayor de 365 días calendarios, conforme al cronograma propuesto.
Autorizar a favor de la empresa Naturgy Perú S.A. la ejecución de obras mínimas contemplada en el documento Limpieza y Mantenimiento de la linea de gas en el Río Socabaya en ambas márgenes, distrito de Socabaya, provincia de Arequipa y departamento de Arequipa. Otorgar un plazo de ejecución de siete días calendarios a partir de notificada la presente resolución.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Sachaca la ejecución de obras mínimas contemplada en el documento Descolmatación y encausamiento de Río Chili y Torrentera El Chullo en los sectores críticos del distrito de Sachaca, provincia de Arequipa, región de Arequipa. Otorgar un plazo de ejecución de veintitres días calendarios, a partir de notificada la presente resolución.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar la ejecución de obras mínimas contemplada en el documento Plan de Control de Avenidas en el Distrito de Mariano Melgar - Arequipa, en ambas márgenes de la torrentera. Otorgar un plazo de ejecución de treinta días calendarios a partir de notificación de la presente resolución.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Yura la ejecución de obras mínimas contemplada en el documento Mantenimiento de áreas verdes y accesos en la Quebrada Estanquillo sector 2 del distrito de Yura - Arequipa, en ambas márgenes de la Quebrada Estanquillo. Otorgar un plazo de ejecución de noventa días calendarios a partir de notificada la presente resolución.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Paucarpata, la ejecución de obras mínimas contempladas en el documento Limpieza, encauzamiento de torrenteras, drenajes pluviales y vías del distrito de Paucarpata en ambas márgenes. Otorgar un plazo de ejecución de noventa días calendarios a partir de notificada la resolución.
Aprobar la ampliación de ocho meses la vigencia de la Resolución Directoral Nro. 274-2019-ANA-AAA I CO sobre Autorización de Uso de Agua para el proyecto Construcción de Puente por reemplazo en la zona Centro Sur del país. La Administración Local de Agua Tambo - Alto Tambo realizará la supervisión del ejercicio del derecho otorgado así como el cobro de la retribución económica correspondiente.
Autorizar a la Concesionaria Peruana de Vías - COVINCA S.A. la ejecución de obras mínimas de drenaje, en el encausamiento y descolmatación del río Moquegua en la margen izquierda y derecha. Otorgar un plazo de hasta diez días calendarios conforme al cronograma propuesto.
Otorgar a Anglo American Quellaveco S.A. la ampliación de plazo para ejecución de obras mínimas autorizadas con Resolución Directoral Nro. 470-2019-ANA-AAA I CO, con un plazo de 05 meses adicionales. Disponer que la Administración Local de Agua Moquegua realice la supervisión de las obras autorizadas en la presente resolución.
Aprobar el Estudio de Delimitación de Faja Marginal en el cauce del río Locumba tramo puente Camiara - Oconchay, 36 km del distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna, presentado por la Municipalidad Provincial Jorge Basadre. Disponer que en la faja marginal aprobada quedan prohibidas las actividades de asentamientos humanos, actividades agrícolas permanentes o intensivas, construcción de infraestructura temporales o permanentes u obras que afecte bajo apercibimiento de iniciar procedimiento administrativo sancionador. Autorizar la colocación de hitos físicos de forma de tronco de pirámide y puede ser de material noble u otro material que no se degrade, cuya colocación garantice su visibilidad y permanencia.
Autorizar a favor de la UE 002 Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos la instalación de la Estación Hidrológica Automática (EHA) ICHUÑA (ICH) que comprende de un sistema de aforo, patio hidrológico, instrumento de medición y cables de transmisión de datos. El plazo de ejecución de intervención de la obra será de veinticuatro meses.
Autorizar a Southern Perú Copper Corporation la ejecución de obras mínimas en el río Moquegua, según la ficha técnica Protección mediante enrocado de la torre Nro. 4 L.T. SE Moquegua - Ilo 3 ubicada a 150 m aguas abajo de la margen izquierda del Puente Montalvo, distrito de Moquegua, provincia Mariscal Nieto - departamento Moquegua.
Aceptar el desistimiento presentado por el administrado Edgar Teodocio Falcón Córdova de solicitud de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
Autorizar a la UE 002 - Modernización de Gestión de los Recursos Hídricos la ejecución de tres obras mínimas y la instalación de tres instrumentos de medición en los ríos Humalso, Torata y Asana distritos de Carumas y Torata, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua.
Declarar no ha lugar las oposiciones formuladas. Declarar improcedente por extemporáneas las solicitudes formuladas por Agustín Linares Chalco, Nazario Surco Tapia, Fredy Efrain Chambi LLanos, Pedro Condori Quispe, Toribio Calizaya Limache, Uriel Ticona Cusacani y Justa Fernandez de Chambilla en base a los argumentos expuestos en los considerandos precedentes. Declarar improcedente las solicitudes de regularización de licencia de uso de agua presentadas por Laureano Mamani Perez, Angelica Milagros Mamani Medina, Mario Gallegos Mamani en reemplazo de Eugenio Solis Dominguez, Percy Jaime Flores Pacco, Feliciana Pari Guerra, María Susana Lupaca Lupaca, Bertha Soledad Rivera Huanacuni, Hugo Villanueva Colquehuanca, Rick Edwin Ururi Roque, Susana Filomena Catunta Ayca, Rosalía Amones Rivera, Elena Eusebia Catunta Ayca, Zoila Huanca Calizaya, Eudacia Arce Tonte, Santos Leonardo Cabrera Canaviri, Graciela Justina Mamani Nina, Justa Alave Chambilla, Rubén Villanueva Yujra, Eduarda Lima Perez por Julio Ccallomani Ramos, José Choquepata Turpo, Mery Fortunata Huallpa Limache, Rosalía Flores Pacco y Florentina Salamanca Manuelo, de acuerdo a lo indicado en los considerandos desarrollados precedentemente.
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Primitiva Marca Ramírez en contra de la Resolución Directoral Nro. 861-2019-ANA-AAA I CO por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Mercedes Paredes Mamani en contra de la Resolución Directoral Nro. 882-2019-ANA-AAA I CO.
Acreditar la disponibilidad hídrica solicitada por la Asociación Civil San Juan Bautista. La presente acreditación tiene una vigencia de dos años a partir de notificada. No ha lugar el pedido de Autorización de Ejecución de Obra. Recomendar a la Administración Local de Agua Caplina Locumba evalúe el inicio de un procedimiento administrativo sancionador.
Declarar infundada la oposición de la Comisión de Usuarios Lari. Acreditar la disponibilidad hídrica solicitada por Tony Lerner Duran Taco para uso acuícola o piscícola en una granja de crianza de truchas. La presente acreditación tiene una vigencia de dos años.
Autorizar a favor de la empresa Compañía Minera Buenaventura SAA la ejecución de obras mínimas en el marco del proyecto denominado "Reforzamiento de la Base de la Estación de Bombeo del Río Chilcaymarca"
Declarar Improcedente el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el programa Sub Sectorial de Irrigaciones - PSI en contra de la Resolución Directoral Nº 1211-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente
Declarar Improcedente el pedido de Autorización de Ejecución de Estudios de aprovechamiento hídrico de aguas subterráneas con perforación del proyecto denominado "Irrigación Casa Huerta Esperanza Quilca"
Declarar Infundado el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por AGRO TIMIRAN SA, en contra de la Resolución Directoral Nº 1065-2019-ANA-AAA I CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente la solicitud de revocación de Acreditación de Disponibilidad Hídrica otorgada a través de la Resolución Directoral Nº 398-2015-ANA-AAA.CO, formulada por Julio Alberto Santillana Amado, de acuerdo al contenido desarrollado en la presente resolución