RD Nº 1267-2024-ANA-AAA.CO
- Actualizar el derecho de uso de agua otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 017-93-RASRAPE-DRA-CDR.A/ATDRCH
- Actualizar el derecho de uso de agua otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 017-93-RASRAPE-DRA-CDR.A/ATDRCH
Extinguir la licencia de uso de agua superficial para fines agrarios otorgada a través de la Resolución Administrativa N° 006-2005 DRA.T/GR.TAC.-ATDRL/S a favor de Rosmery del Rosario Flores Mendoza y otros para el predio con unidad catastral N° 00956, por caducidad al haber concluido el objeto para el que se otorgó la licencia; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO DE AGUAS SUBTERRANEAS CLASE A LA YARADA, para uso Agrícola.
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 14006,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de AMERICO CUTIPA MORALES con DNI 00408884, MARGARITA ANCO CHARAJA con DNI 00408883
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 4902,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de IDELSO WILSON AYCA YUFRA con DNI 00413871, BENITA ANGELA AYCA YUFRA con DNI 00486739, JUSTO JULIO AYCA YUFRA con DNI 80216225, DANIEL SANTOS AYCA YUFRA con DNI 00797484, ALEJANDRINA YUFRA VICENTE DE AYCA con DNI 00432124
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 35015.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de AMERICO CUTIPA MORALES con DNI 00408884, MARGARITA ANCO CHARAJA con DNI 00408883
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 14775,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de AMERICO CUTIPA MORALES con DNI 00408884, MARGARITA ANCO CHARAJA con DNI 00408883
Otorgar la autorización de obras mínimas para la ejecución de la obra “Limpieza y Descolmatación de Cauce Sector Huatiapilla Baja, Distrito de Aplao, Provincia de Castilla, Departamento Arequipa”; a favor de la Comisión de Usuarios Ongoro Bajo
Otorgar la autorización de obras mínimas para la ejecución de la obra “Limpieza y descolmatación del río Majes, en los sectores de Chancharay y Huatiapa, Distrito de Huancarqui, Provincia de Castilla, Región Arequipa”; a favor de la Municipalidad Distrital de Huancarqui
Autorizar la ejecución de obras mínimas en el cauce natural del río Tumilaca, a la Municipalidad Distrital de Samegua, para la ejecución de la Ficha Técnica de Mantenimiento denominada “MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE CAPTACIÓN POR GALERÍAS FILTRANTES EN EL SECTOR DE YUNGUYO, DISTRITO DE SAMEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
Declarar improcedente la autorización de obras mínimas para la ejecución de trabajos de “Actividad de descolmatación y conformación de dique en el cauce del rio Callazas – Aricota, distrito de Quilahuani, provincia de Candarave, departamento de Tacna”, presentada por el Gobierno Regional del Tacna a través de su director de la Oficina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Otorgar la autorización de ejecución de obras mínimas de la actividad denominada “Limpieza y descolmatación del cauce de rio Caplina, sector Calana - Puente Viga Loza, distrito de Calana, Provincia de Tacna, departamento de Tacna”; a favor de la Municipalidad Distrital de Calana
Otorgar la autorización de ejecución de obras mínimas de la actividad denominada “Limpieza y descolmatación del cauce de rio Caplina, puente Carrozable – Cerro Blanco, distrito de Calana, Provincia de Tacna, departamento de Tacna”; a favor de la Municipalidad Distrital de Calana
Otorgar la autorización de ejecución de obras mínimas del Tramo I, de la actividad denominada “Mantenimiento, descolmatación y limpieza de zonas críticas del rio Locumba, sector puente Camiara – Bocatoma Ite, del distrito de Ite, provincia Jorge Basadre – departamento de Tacna – 2024”; a favor de la Municipalidad Distrital de Ite
Otorgar la autorización de la ejecución de obras mínimas del plan de trabajo denominada “Actividad de Limpieza y descolmatación del cauce de rio Salado, sector Aricota, distrito de Quilahuani, provincia de Candarave, departamento de Tacna”; a favor de la Oficina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER del Gobierno Regional de Tacna
Otorgar la autorización de la ejecución de obras mínimas del plan de trabajo denominada “Actividad de Limpieza y descolmatación del cauce del rio Callazas, sector San Pedro - Muntini, provincia de Candarave, departamento de Tacna”; a favor del Gobierno Regional de Tacna
Otorgar AUTORIZACIÓN DE USO DE AGUA superficial para el desarrollo del Proyecto de Exploración Minera “Huilacollo” ámbito jurisdiccional de los distritos de Camilaca, provincia de Candarave, departamento de Tacna, a favor de VALE EXPLORATION PERU SAC
Otorgar Autorización de Uso de Agua Subterránea con fines mineros a favor de la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A., identificada con RUC N° 20100075501, para la ejecución de actividades de exploración minera del Proyecto denominado “Chucapaca”
Aprobar la delimitación del Bloque Tuhuana, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 35,09 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 754361mE y 8247275mN, DATUM WGS84, zona 18, políticamente en el distrito de Iray, provincia de Condesuyos, departamento Arequipa
DECLARAR infundado el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por la Municipalidad Distrital de Ilabaya en contra de la Resolución Directoral N° 1044-2024-ANA-AAA.CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Establecer la responsabilidad de Moisés Aguilar Tico e imponerle sanción de multa ascendente a 5 UITs (cinco Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el numeral 5 “dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados” del artículo 120 en el de la Ley de Recursos Hídricos.
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 8053,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de IDELSO WILSON AYCA YUFRA con DNI 00413871, BENITA ANGELA AYCA YUFRA con DNI 00486739, JUSTO JULIO AYCA YUFRA con DNI 80216225, DANIEL SANTOS AYCA YUFRA con DNI 00797484,ALEJANDRINA YUFRA VICENTE DE AYCA con DNI 00432124
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 50874,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARIAS MAMANI, JUANA CRISTINA con DNI 04742055
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 21198,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARIAS MAMANI, JUANA CRISTINA con DNI 04742055
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 7004,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de IDELSO WILSON AYCA YUFRA con DNI 00413871, BENITA ANGELA AYCA YUFRA con DNI 00486739, JUSTO JULIO AYCA YUFRA con DNI 80216225, DANIEL SANTOS AYCA YUFRA con DNI 00797484, ALEJANDRINA YUFRA VICENTE DE AYCA con DNI 00432124
Otorgar Autorización de Ejecución de Obras en Bienes Asociados al Agua a favor del MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA, para el Proyecto denominado: “Mejoramiento del servicio de provisión de agua para riego de los sistemas de riego menor Machacmarca en la Comunidad Campesina Chululuni del distrito de Ilabaya, Provincia de Jorge Basadre, Departamento de Tacna
RECTIFICAR el artículo quinto de la Resolución Directoral N° 1208-2024-ANA/AAA.CO, conforme a lo siguiente:
Donde dice: “Administración Local de Agua Caplina Locumba”.
Debe decir: “Administración Local de Agua Chili”.
Otorgar autorización de reúso proyectado a favor de Municipalidad Distrital de Yanahuara, de las aguas residuales industriales tratadas procedentes de la PTAR de Planta Backus Arequipa de Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A.; por un volumen de hasta 33 088, 00 m3 /año equivalentes a un caudal de 1,049214 L/s, en régimen continuo, con fines de fines de riego de áreas verdes recreacionales (parques y bermas centrales), en un área total de 64 842,91 m2 o 6,48 Ha. a ser cubierta por medio de cisternas en las 46 localidades del distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa; además, considerar parte integrante a la presente resolución el Informe Técnico N° 0043-2024-ANA-AAA.CO/JLFZ.
NO HA LUGAR la oposición presenta por Elizabeth Juana Pérez Cohaila, en merito a los fundamentos expuesto en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de Modificación de licencia de uso de agua por área bajo riego, presentado por Silvia Magdalena Pérez Cohaila, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0162-2024-ANA-AAA.CO/JMPV, por los fundamentos glosados en la presente resolución.
Autorizar la Ejecución de Obras Mínimas en el cauce natural del Río Tumilaca, para la ejecución de la Ficha Técnica de Mantenimiento denominada “MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE CAPTACIÓN POR GALERÍAS FILTRANTES EN EL SECTOR DE YUNGUYO, DISTRITO DE SAMEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA”, a favor de la Municipalidad Distrital de Samegua
Autorizar la ejecución de obras mínimas únicamente de las actividades de limpieza y descolmatación del Rio Tambo aguas arriba del Puente El chorro (margen derecha) debido al cambio de trazo de la vía de paso vehicular para complementar las actividades al proyecto denominado “Mejoramiento de la carretera MO-100 desde el km 00+000 puente El Chorro al km 05+979, distrito de Quinistaquillas - Provincia General Sánchez Cerro – Moquegua - (tramo 01: Prog. 00+000 al km 5+450,) segunda etapa del componente pavimento, obras de arte y puente Moilon”
Extinguir la licencia de uso de agua superficial para fines agrarios otorgada a través de la Resolución Administrativa N° 006-2005-GRT/DRAT/ATDRT a favor de Flores Ramos Segundo para el predio registrado con UC N° 01245, con un volumen máximo de agua de 1 963,00 m3/año, por caducidad al concluir el objeto para el que se otorgó el derecho; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución.
RECTIFICAR el veinteavo considerando y el artículo tercero de la Resolución Directoral N° 1069-2024-ANA/AAA.CO.
Rectificar de Oficio el error material contenido en la Resolución Directoral Nº 1153-2024-ANA-AAA.CO
Declarar improcedente la solicitud de el Ministerio de Interior (MININTER), sobre autorización reúso de aguas, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa; además, considerar parte integrante a la presente resolución el Informe Técnico N° 0035-2024-ANA-AAA.CO/JLFZ.
Declarar infundadas las oposiciones formuladas por Oscar Hernán Valencia Tapia, Luz Marina Valencia Tapia, Edgar Ruly Quintanilla Mendoza, Santiago Begazo Huarca, Walter E Neyra Henry, Edmundo Valverde Neyra y Katherine Elizabeth Valverde Neyra , de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines poblacionales solicitado por SEDAPAR S. A., para el proyecto “Determinación de nuevas fuentes de abastecimiento de agua para la localidad de Pedregal de Zonal Centro, para mitigar la falta de recursos hídrico ante desastres naturales”, con un volumen acreditado de 2,71 Hm3; de acuerdo al Informe Técnico N° 0094-2024-ANA-AAA.CO/MATL, exclusivamente como reserva y contingencia para atender demandas de uso poblacional, prevenir déficit hídrico y mitigar desastres naturales que puedan afectar a la población
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de aprobación de estudio de Acreditación de Disponibilidad Hídrica de la Fuente Superficial del Manantial “El Platanal”, formulado por Percy Orlando Flores Manrique, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0116-2024-ANA-AAA.CO/BCP, por los fundamentos glosados en la presente resolución
Suspender temporalmente la tramitación del pedido de Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico con fines agrarios del proyecto agrario FUNDO HUALLAJATUTI-CAYLLOMA formulado por Victoria Aquelina Mamani Yanque, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 3501,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de IDELSO WILSON AYCA YUFRA con DNI 00413871, BENITA ANGELA AYCA YUFRA con DNI 00486739, JUSTO JULIO AYCA YUFRA con DNI 80216225, DANIEL SANTOS AYCA YUFRA con DNI 00797484, ALEJANDRINA YUFRA VICENTE DE AYCA con DNI 00432124
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 14006,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de IDELSO WILSON AYCA YUFRA con DNI 00413871, BENITA ANGELA AYCA YUFRA con DNI 00486739, JUSTO JULIO AYCA YUFRA con DNI 80216225, DANIEL SANTOS AYCA YUFRA con DNI 00797484, ALEJANDRINA YUFRA VICENTE DE AYCA con DNI 00432124
APROBAR el Estudio para la Determinación del Caudal Ecológico del Rio Chili, que forma parte de la presente resolución, en base en los resultados de la simulación de hábitat y el análisis del Área Potencial Útil (WUA) para la ZONA 01, ZONA 02, ZONA 03, manteniendo las condiciones hidrobiológicas, hidrológicas e hidráulicas homogéneas a lo largo de los distintos tramos del río Chili , respetando los caudales ecológicos determinados por cada tramo en términos de magnitud, oportunidad, frecuencia, duración, nivel y volumen. Precisar que el Caudal Ecológico determinado en la ZONA 03, forma parte del CAUDAL ECOLOGICO del RIO VITOR y RIO QUILCA hasta que se apruebe los estudios definitivos de caudales ecológicos correspondientes a dichos ríos, conforme al Informe Técnico N° 0106-2024-ANA-AAA.CO/BCP
Otorgar Autorización de Ejecución de Obras en Bienes Asociados al Agua a favor del ANGLO AMERICAN QUELLAVECO S.A., para la ejecución de “Trabajos de desvío temporal de cauce en quebrada Yaretane para mantenimiento de Tubería Linea de Agua Fresca (LAF) progresiva Km 60+890”, localizado en el ámbito del distrito Totara, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0131-2024-ANA-AAA.CO/DRRG
Declarar INFUNDADO el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por BENIGNO GREGORIO GARCIA VARGAS, FREDY GONZALES MASIAS y BLASIDA EMILIANA RODRIGUEZ RAMOS, en contra de la Resolución Directoral N° 1439-2019-ANA-AAA.CO, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
Aceptar el desistimiento del procedimiento sobre Acreditación de disponibilidad hídrica superficial para uso de la “Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas de Curtiembres, fábricas de cola y derivados del cuero – APYMECO”, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la caducidad del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE AREQUIPA S.A. (EGASA), disponiendo su archivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de Otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrarios solicitado por Marcial Calixto Ramos Flores, conforme los argumentos glosados en la presente resolución.
Establecer la responsabilidad a Jerónimo Salomón Minaya del Carpio e imponerle sanción de multa de 4.0 UITs (Cuatro Unidad Impositiva Tributaria), vigente a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el numeral uno (1) y tres (3) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos: 1.- “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”; 3.- Ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional; concordado con el literal “a” y “b” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG. Son infracciones en materia de recursos hídricos la siguiente: Artículo 277°, tipificación de infracción: a). Usar las aguas sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua; b). Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes en las fuentes naturales de agua. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente N° 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Camaná Majes, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
Declarar improcedente la oposición presentada por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama en contra del presente procedimiento administrativo; conforme a las consideraciones glosadas en la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica de agua superficial con fines agrícolas de la cuenca del río Sama por un volumen de hasta 39 963,0 m3/año para el predio “parcela 203” para un área bajo riego de 0,54 ha., solicitado por el señor Nicolás Taco Apaza, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0163-2024-ANA-AAA.CO/JMPV
Declarar improcedente el procedimiento administrativo de acreditación de disponibilidad hídrica de agua subterránea solicitado por el señor Pedro Abundio Puma Chambi; conforme a los considerandos glosados en la presente resolución.
Aceptar el desistimiento del presente procedimiento formulado por Municipalidad Distrital de Quinistaquillas, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.