RD N° 1042-2025-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 01750-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 01750-2016-ANA-AAA.CO
Establecer la responsabilidad de ARUNTANI S.A.C. por infracción establecida en el numeral 1) del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento “Efectuar vertimiento de aguas residuales sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0544-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 01743-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0461-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 01640-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 01754-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0459-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0543-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0720-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0545-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0403-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0814-2016-ANA-AAA.CO
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0448-2016-ANA-AAA.CO
Establecer la responsabilidad de ARUNTANI S.A.C. por infracción establecida en el numeral 1) del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento “Efectuar vertimiento de aguas residuales sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”
MODIFICAR, la razón social del titular del derecho otorgado de la Resolución Directoral N° 0629-2016-ANA-AAA.CO
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1420,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de BENAVIDES VIUDA DE CONDORI, YMELDA EMILIANA con DNI 29371763, conforme al siguiente detalle:
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO UCHUSUMA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0055-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CL/RCA.
DECLARAR IMPROCEDENTE el silencio administrativo positivo presentado por la empresa Transportes Zúñiga SRL, conforme lo expuesto en la parte resolutiva de la presente resolución.
DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de otorgamiento de licencia de uso de agua presentado por la empresa Transportes Zúñiga SRL, conforme lo expuesto en la parte resolutiva de la presente resolución.
Extinguir la licencia de uso de agua superficial otorgada al predio con UC N° 07012 ubicado en el bloque de riego La Valdivia con código POCP-46-B01, Junta de Usuarios Ocoña, Comisión de Regantes La Valdivia, a través de la Resolución Administrativa N° 005-2005-GRA/PR-DRAG-ATDRO-P.
Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines agrarios al predio con UC N° 07012 a favor de Rosario Santos Riquelme y Justo Valentin Arroyo Riquelme, con respecto al volumen de agua, conforme el Informe Técnico N° 00235-2025-ANA-AAA.CO/JMPV, según los siguientes cuadros:
Modificar la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a favor de Rodolfo Edmundo Tejada Zavalaga, para el predio denominado “Cabrería 1” con U.C. 01711, con respecto al volumen de agua, conforme el Informe Técnico N° 0299-2025-ANA-AAA.CO/JLEOV, según los siguientes cuadros:
Declarar improcedente el pedido de extinción de licencia de uso de agua superficial con fines agrarios solicitado por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico La Joya Antigua, conforme los argumentos glosados en la presente resolución.
DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de rectificación de error material de la Resolución Directoral N°1524-2018-ANA.AAA.CO, formulado por Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Macha; en mérito a los considerandos descritos en la presente resolución.
Prorrogar la acreditación de disponibilidad hídrica de agua superficial con fines agrarios, del manantial Virgen de Lourdes otorgada mediante Resolución Directoral Nº 0252-2023-ANA-AAA.CO a favor del señor Yony Apolinario Olazabal Téllez, de acuerdo a los fundamentos glosados en la presente.
Otorgar la autorización para la ejecución de obras mínimas del proyecto “Limpieza, descolmatación, conformación de dique y protección con roca al volteo en los ríos del distrito de Chiguata, provincia y departamento de Arequipa” y “Limpieza y descolmatación de quebradas del distrito de Chiguata, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa” en atención al Decreto Supremo Nº 007-2025-PCM, a favor de la Constructora Y Consultora Rex Regum E.I.R.L. cuyo detalle es el siguiente:
Otorgar la autorización para la ejecución de obras mínimas del proyecto “Limpieza, descolmatación y protección con roca al volteo en el río Chili, sector Chusicani, túneles parte baja, distrito de Tiabaya, provincia de Arequipa, departamento Arequipa” a favor de la Municipalidad Distrital de Tiabaya cuyo detalle es el siguiente:
Otorgar la autorización para la ejecución de obras mínimas del proyecto “Limpieza y Descolmatación Rio Vítor a la Altura Puente Vítor Km 955+879 (PE-1S)” a favor de la Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S. A. cuyo detalle es el siguiente:
Otorgar la autorización para la ejecución de obras mínimas del proyecto “Limpieza y Encausamiento con Derivación de Material propio del Cauce hacia Ambas Márgenes, en un tramo de la Quebrada Innominada S/N” a favor de la Asociación De Vivienda Taller Consorcio Zona 1 – Arequipa y Asociación de Vivienda Taller Consorcio Zona II – Arequipa” cuyo detalle es el siguiente:
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial, por renuncia del titular, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 465-2005-GRA/PRDRAG/ATDRCH, a favor de Saturnino Sardón Bedregal, del predio denominado “Calaverita” de unidad catastral 42135 de un área bajo riego de 0.3289 ha, con un volumen máximo de agua otorgado (m3) en el Bloque de 3618.00 m3/año, de aguas provenientes del río Andamayo y manantiales, perteneciente a la sub cuenca hidrográfica del río Andamayo y manantiales captados mediante la bocatoma Chiguata La Bedoya, de acuerdo a lo glosado en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de Otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, solicitado por Felipe José Begazo Almonte, conforme al contenido del Informe Técnico Nº 0255-2025-ANA-AAA.CO/JLEOV, y de acuerdo con el contenido de la presente resolución.
Declarar improcedente el segundo pedido de ampliación de plazo de acreditación de disponibilidad hídrica solicitada por El Remanso Colca S.R.L., de acuerdo a los fundamentos glosados en la presente.
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica subterránea solicitado por la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA SAN JOSÉ DE AREQUIPA, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Otorgar la autorización para la ejecución de obras mínimas del proyecto “Limpieza Superficial y Nivelación De Cauce De Rio Chili Sector Bajo Catarí” a favor de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Tiabaya cuyo detalle es el siguiente:
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica superficial solicitado por MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Modificar la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada con Resolución Administrativa N° 0183-2022-ANA-AAA.CO-ALA.M, a favor de Eudocia Fernández Vda. de Amézquita en lo referido a área bajo riego, volumen máximo de agua otorgado al predio con UC N° 028309, conforme a los siguientes cuadros:
Prorrogar la autorización de uso de agua superficial con fines de ejecución de estudios a favor de la empresa MINSUR S.A., en el marco del proyecto “Exploración Minera Quimsachata”, proveniente de las quebradas S/N 1 y S/N 2, cuyo detalle es el siguiente:
ACLARAR el contenido de la Resolución Directoral N° 0817-2025-ANA-AAA.CO, en relación con la tabla N° 01 del artículo primero, conforme al cuadro siguiente:
Otorgar la autorización para la ejecución de obras mínimas del proyecto “Prevención de riesgos por lluvias 2026 en puntos críticos de la faja marginal del río Chili – distrito de Uchumayo, Arequipa” a favor de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Uchumayo cuyo detalle es el siguiente:
Declarar improcedente el pedido de rectificación de error material de la Resolución Directoral N° 0101-2025-ANA-AAA.CO solicitado por la Municipalidad Distrital de Yunga; conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Autorizar la ejecución de obra en bienes naturales asociados al agua, para el proyecto denominado: “CONSTRUCCION DE DEFENSA RIBEREÑA CON ENROCADO Y ENCAUSAMIENTO EN LA QUEBRADA ESTANQUILLO MARGEN DERECHA TRAMO ASOCIACION SAN PEDRO DEL CONO NORTE, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA AREQUIPA, DEPARTAMENTO AREQUIPA”; a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO, conforme al Informe Técnico N° 0276-2025-ANA-AAA.CO/JLEOV y al siguiente detalle:
Aceptar el desistimiento del procedimiento administrativo de otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, iniciado por Nelva Rosmery Baldarrago Alfaro; en consecuencia, se dispone el archivo definitivo del presente expediente, cuando haya quedado consentida la presente.
Autorizar la ejecución de obra en bienes naturales asociados al agua, para el proyecto denominado “MEJORAMIENTO DEL MALECÓN RIBEREÑO DESDE EL PUENTE TORATA A LA CALLE CORONEL MANUEL C. DE LA TORRE, DISTRITO DE TORATA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA”; a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TORATA, conforme al Informe Técnico N° 0156-2025-ANA-AAA.CO/DRRG y al siguiente detalle:
DECLARAR la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales otorgada a través de la Resolución Administrativa N° 0075-1994 MAGDRAA-AAA/ATDR, a favor de PP. JJ. Villa Hermosa de San Isidro, revirtiendo a dominio del estado un volumen de 28 000 m3/año, por la causal de caducidad conforme al inciso 3 del artículo 71 de la Ley de Recursos Hídricos y al literal c del inciso 102.3 del artículo 103 de su Reglamento relativas a la conclusión del objeto para el que se otorgó el derecho.
DECLARAR la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales otorgada a través de la Resolución Administrativa N° 0026-1994 MAGDRAA-AAA/ATDR, a favor de Pueblo Joven San José – La Joya, revirtiendo a dominio del estado un caudal de hasta 1,5 l/s, por la causal de caducidad conforme al inciso 3 del artículo 71 de la Ley de Recursos Hídricos y al literal c del inciso 102.3 del artículo 103 de su Reglamento relativas a la conclusión del objeto para el que se otorgó el derecho.
DECLARAR la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada a través de la Resolución Administrativa N° 0043-2005 MAGDRAA-AAA/ATDRCH, a favor de Centro de Servicios A-1, revirtiendo a dominio del estado un volumen de 21 320 m3/año, manteniendo en lo demás vigente a la citada resolución, por la causal de caducidad conforme al inciso 3 del artículo 71 de la Ley de Recursos Hídricos y al literal c del inciso 102.3 del artículo 103 de su Reglamento relativas a la conclusión del objeto para el que se otorgó el derecho.
Otorgar autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con pozo artesanal de 5.0 metros de profundidad con código asignado PP-01 a favor de la empresa FAENA SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.A.C., ubicada en el Sector G.P. Sangollo, Valle de Locumba, distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0138-2025-ANA-AAA.CO/DRRG, según el siguiente detalle:
DAR por concluido el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de HENRY VENTURA LUNA PORTUGAL, por los cargos establecidos en el numeral 2 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal: “g) “Destinar las aguas a uso o predio distinto para el cual fueron otorgadas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” del artículo 277 del Decreto Supremo 01-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; al operar la sustracción de la materia conforme a las consideraciones expuestas en la parte considerativa
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica superficial solicitado por ROSA LLAMOCA AGUILAR, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Autorizar la ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico con perforación de pozo exploratorio tubular, ubicado en el distrito de Atico, provincia Caravelí, departamento de Arequipa, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A., conforme a los considerandos glosados en la presente resolución y las siguientes características técnicas:
Declarar improcedente la oposición en contra de la Resolución Directoral N° 0324-2025-ANA-AAA.CO formulada por Ronal Vidal Bustamante Pacheco, Juan Bustamante Ancco y la Junta de Usuarios de Agua del Anexo Belén y Agricultores Usuarios de la Cuenca Hídrica del Río Ermo-Belén, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Rectificar el error material contenido en la Resolución Directoral N° 0300-2025-ANA-AAA.CO, referido al nombre del predio; solicitado por Pedro Crisologo Herrera Choquehuayta, conforme lo expuesto en la parte considerativa y de acuerdo con el siguiente detalle:
Dice: predio PURHUTA
Debe decir: predio PURHUATA
DECLARAR infundado el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Teófilo Juan Cuadros Vizcarra y Pilar Ynés Loayza de Cuadros en contra de la Resolución Directoral N° 0550-2025-ANA-AAA.CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.