Establecer la responsabilidad solidaria de la Municipalidad Distrital de Yanahuara e imponerle sanción de multa ascendente a 2,3 UITs (dos coma tres Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el numeral 10 “arrojar residuos sólidos en cauces de agua naturales”, ambos del artículo 120 en el de la Ley de Recursos Hídricos; y en el literal e) “Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural” del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Chili, dentro del tercer día de efectuado el mismo.