RD Nº 0739-2024-ANA-AAA.CO
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3877,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALOMINO PARICAHUA, HELBERT JESUS con DNI 40838939
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3877,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALOMINO PARICAHUA, HELBERT JESUS con DNI 40838939
Acreditar la disponibilidad hídrica de agua superficial con fines agrícolas de la cuenca del río Sama por un volumen de hasta 3 828,00 m3/año para el predio “parcela 809” para un área bajo riego de 0,33 ha., solicitado por el señor Julio Alberto Meza Rospigliosi, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0096-2024-ANA-AAA.CO/JMPV
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 730,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALOMINO PARICAHUA, HELBERT JESUS con DNI 40838939
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo a los considerandos y al Informe de Formalización N° 0100-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CH/JACL.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0099-2023 ANAAAA. CO-ALA.CH/JACL.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0098-2023 ANAAAA.CO-ALA.CH/JACL.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0001-2024 ANAAAA.CO-ALA.CH/JACL
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0094-2023 ANAAAA.CO-ALA.CH/JACL
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0093-2023 ANA-AAA. CO-ALA.CH/JACL
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0092-2023 ANA-AAA.CO-ALA.CH/JACL
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO PIACA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0091-023 ANAAAA.CO-ALA.CH/JACL
Declarar improcedente la solicitud de Consultora y Constructora G&K E.I.R.L., sobre autorización reúso de aguas, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa; además, considerar parte integrante a la presente resolución el Informe Técnico N° 0019-2024-ANA-AAA.CO/JLFZ.
Establecer la responsabilidad del Gobierno Regional de Arequipa, e imponerle sanción de multa de 3 UITs (tres Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el inciso 3 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos “ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y, en el literal b) “Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes, en las fuentes naturales de agua” del artículo 277 del Decreto Supremo 001-2010-AG “Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos”. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Camaná Majes, dentro del tercer día de efectuado el mismo
Aprobar la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico a favor de la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A., conforme al Informe Técnico N° 0041-2024-ANA-AAA.CO/BCP; y, los fundamentos glosados en la presente
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Sonia Nelly Rivera Cardoza y Nielden Quispe Luza en contra de la Resolución Directoral N° 424-2020-ANA-AAA.CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica superficial solicitado por la señora Jeanette Villanueva De Centeno; conforme a los considerandos glosados en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1107,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALOMINO PARICAHUA, HELBERT JESUS con DNI 40838939
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1706.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALOMINO PARICAHUA, HELBERT JESUS con DNI 40838939
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 4638,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de COLQUE DE MENDOZA, ZARAGOZA PLACIDA con DNI 29514226
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2555,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de COLQUE DE MENDOZA, ZARAGOZA PLACIDA con DNI 29514226
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 750,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de OCSA DE SOTOMAYOR, NICOLASA DOMITILA con DNI 30641602
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2457.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de OCSA DE SOTOMAYOR, NICOLASA DOMITILA con DNI 30641602
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 361,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de BENAVIDES MACHACA, CONCEPCION WADALUPE con DNI 30660309
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1663,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de BENAVIDES MACHACA, CONCEPCION WADALUPE con DNI 30660309
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1700,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de BENAVIDES MACHACA, CONCEPCION WADALUPE con DNI 30660309
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1322,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de COLQUE DE MENDOZA, ZARAGOZA PLACIDA con DNI 29514226
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1977,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de OCSA DE SOTOMAYOR, NICOLASA DOMITILA con DNI 30641602
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2120,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CHAMPI FLORES, EFREN BARNABE con DNI 29635152, CHULLO SAPACAYO, ROSA con DNI 29641650
Aprobar la conformación del Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas de la Cuenca Moquegua Ilo; a fin de implementar sus funciones de acuerdo al artículo 30 de la Resolución Jefatural N° 155-2022-ANA
Establecer la responsabilidad del Gobierno Regional de Arequipa, e imponerle sanción de multa de 5 UITs (cinco Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el inciso 3 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos “ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y, en el literal b) “Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes, en las fuentes naturales de agua” del artículo 277 del Decreto Supremo 001-2010-AG “Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos”. Dicha multa debe de ser cancelada, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Camaná Majes, dentro del tercer día de efectuado el mismo
DECLARAR infundado el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por FRANKY & RICKY S.A. en contra de la Resolución Directoral N° 508-2024-ANA/AAA.CO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente
Declarar improcedente el pedido de modificación de licencia de uso de agua solicitado por la señora Julia Marina Maquera Ramos, conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Aprobar la “Delimitación de la Faja Marginal de la quebrada Sin Nombre, ubicada en el sector de Colcan, distrito de Cotahuasi, provincia La Unión, Departamento de Arequipa”; conforme al Informe Técnico N° 0027-2024-ANA-AAA.CO/MATL, de acuerdo con los criterios para la delimitación de la faja marginal establecidos en el artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, lo indicado en el capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA y a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR la extinción de los derechos de uso de agua otorgados mediante la Resolución Directoral N° 325-2011-ANA-AAA.CO a favor de Marcos Luis Sánchez Rejas, por la causal de caducidad conforme al incisos 3 del artículo 71 de la Ley de Recursos Hídricos y al literal c del inciso 102.3 del artículo 103 de su Reglamento relativas a la conclusión del objeto para el que se otorgó el derecho
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial para fines agrarios, de la cuenca del rio Sama por un volumen de hasta 1 276.00 m3/año en la bocatoma del rio Sama denominado “la Tranca”, para el predio denominado “Parcela 744”, seguido por Juana Chaiña de Cardenas según se detalla en el Informe Técnico Nº 0011-2024-ANA-AAA.CO/RGM
Extinguir la Autorización de Uso de Agua de Agua otorgada mediante Resolución Directoral N°0373–2023-ANA-AAA.CO a favor de Compañía Minera Zahena S.A.C., por caducidad al configurarse por concluir el objeto para el que se otorgó el derecho; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3830,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAQUE TICONA, EMILIANO MARCIAL con DNI 30640044, SOTOMAYOR DE MAQUE, ANACLETA con DNI 30640045
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5905,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2199,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 6422.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1542.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5071,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de FERNANDEZ, MARTIN UBERTO con DNI 30669697, OCSA OCSA, FELICITAS MAXIMILIANA con DNI 30670189
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3657,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAQUE TICONA, EMILIANO MARCIAL con DNI 30640044, SOTOMAYOR DE MAQUE, ANACLETA con DNI 30640045
ESTABLECER la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEJÍA por infracción establecida en el numeral 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento “Efectuar reúso de aguas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores
Establecer la responsabilidad de PEDRO NOLASCO HERRERA AÑARI e imponerle sanción de multa ascendente a 2,1 UITs (dos coma una Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificada en el inciso 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos; y, en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG "Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos", artículo 277 literal a) "... usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua". La misma que debe de ser cancelada, por la infractora en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Camaná Majes, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
ESTABLECER la responsabilidad de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEJÍA por infracción establecida en el numeral 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento “Efectuar reúso de aguas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
Corregir el error material contenido en la parte de vistos, en el artículo 1° y en el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 437-2021-ANA-AAA.CO, solicitado por el señor Urso Veliz Vilca; siendo que, donde dice: “Felicitas Salgueron Oviedo”, debe decir: “Felipa Pumayalli De Veliz”; debiendo mantenerse todos los demás aspectos las referidas resoluciones, en virtud a los fundamentos de la presente resolución
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO DE AGUAS SUBTERRANEAS CLASE A LA YARADA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0044-2024 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5457.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de DEL CARPIO MENDOZA, ALFONSO RAUL con DNI 30641697, SIANCAS CASAPERALTA, CELIA MERCEDES con DNI 30641698
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15715,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI GARCIA, DORIS FLORENTINA con DNI 30641715