RD Nº 1476-2019-ANA-AAA I CO
Renovar la autorización de reúso de la renovación es por un plazo de dos años. Anglo American Quellaveco S.A. deberá de realizar el monitoreo del agua residual doméstica tratada.
Renovar la autorización de reúso de la renovación es por un plazo de dos años. Anglo American Quellaveco S.A. deberá de realizar el monitoreo del agua residual doméstica tratada.
Establecer la responsabilidad de Juan Carlos Lozada Enciso e imponerle sanción de multa ascendente a 0,25 unidades impositivas tributarias por infracción a la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que el infractor reponga las cosas a su estado original debiendo abstenerse de la utilización del agua en caso el procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua que viene tramitando sea denegado.
Modificar la licencia de uso de agua superficial otorgada mediante Resolución Administrativa Nro. 005-2005-GRT/DRTA/ADTRT a favor de Ricardo Cutipa Cutipa en relación a los predios de Código Catastral Nro. 00227 y 00228 a fin de incluir a su esposa Elisa Apaza Mamani como co titular de la licencia otorgada.
Establecer la responsabilidad de INVAST PERU SAC e imponerle sanción de multa ascendente a 2 unidades impositivas tributarias por infracción a la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que la infractora deberá abstenerse de la utilización del agua, en caso el procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua que viene tramitando sea denegado.
Establecer la responsabilidad de Asociación de Vivienda Casa Quinta San José e imponerle sanción de multa ascendente a 2.1 unidades impositivas tributarias por la comisión de las infracciones establecidas en el numeral 6 de la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que la procesada reponga las cosas al estado anterior a la infracción.
Declarar la extinción del derecho de uso de agua por causal de caducidad otorgada a favor de la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. mediante Resolución Directoral Nro. 967-2014-ANA/AAA I C-O por los fundamentos glosados en la presente resolución.
Declarar la extinción del derecho de uso de agua por causal de caducidad, otorgada a favor de la Compañía Minera Ares SAC mediante Resolución Administrativa Nro. 525-2000-AG-DRAA-ATDR.CM por los fundamentos glosados en la presente resolución.
Declarar la extinción del derecho de uso de agua por la causal de caducidad otorgada a favor de la Compañía Minera Arcata S.A. mediante Resolución Administrativa Nro. 058-2000-AG-DRAAATDR.CM por los fundamentos glosados en la presente resolución.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa ENERSUR S.A. contra la Resolución Administrativa Nro. 027-2015-ANA-AAA.CO-ALA.MOQ por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar improcedente el pedido de ampliación de plazo presentado por el Proyecto Especial Sierra Centro Sur del Ministerio de Agricultura respecto al contenido de la Resolución Directoral Nro. 240-2017-ANA-AAAA.CO.
Declarar improcedente el pedido de Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial en vías de regularización formulado por Celinda Benita Portilla Zevillano.
Declarar improcedente el pedido de otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial formulado por Juan de la Cruz Vargas Soto.
Autorizar al señor Sergio Froylan Cobarrubia Zuñiga la ejecución de obras mínimas Limpieza y Descolmatación del cauce de la torrentera Andamayo, anexo de Andamayo, distrito de Aplao, provincia de Castilla, región Arequipa.
Autorizar a la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. la ejecución de obras mínimas Reforzamiento de talud con gaviones del puente Rampa Mario.
Autorizar a la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. la ejecución de obras mínimas Descolmatación y Conformación de los Taludes del cace del río Chicaymarca a la altura del POuente Baden - Unidad Minera Orcopampa distrito de Chicaymarca - Castilla.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter la ejecución de obras mínimas contemplada en el documento Plan de Control de Avenidas 2019-2020 en ambas márgenes de la torrenteras y margen derecha del río Chili.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Characato, la ejecución de obras mínimas contemplada en el documento Obras Mínimas en la Quebrada La Huaylla distrito de Characato - Arequipa.
Declarar improcedente el procedimiento administrativo de autorización de uso de agua superficial con fines de ejecución de estudios iniciado por Guillermo Ernesto Mannheim Nuñez en representación de la Empresa Alto Quemado Mining. Company SAC.
Declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador en contra de Fortunato Cruz Labra.
Disponer el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de Rosa Irma Fortunata Meza Paredes.
Establecer la responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Tiabaya e imponerle sanción de multa ascendente a 4 unidades impositivas tributaria por infracción a la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que la infractora deberá abstenerse de la utilización del agua.
Establecer la responsabilidad de Estanislao Flavio Mamani Alferez e imponerle sanción de multa de 2.5 UITS por la comisión de la infracción establecida en el literal e) Destinar las aguas a uso o predio distinto para el cual fueron otorgadas. Disponer como medida complementaria que el infractor deberá reponer las cosas al estado anterior.
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines agrarios de los predios denominados Cerca del Río y Rivera del Río a favor de Sita Roque Quispe.
Otorgar Autorización de Uso de Agua Superficial a favor de Concesionaria Víal del Sur S.A. - COVISUR S.A. con fines de ejecutar obras en el proyecto correspondiente al sector 10 Moquegua (K,0+000) - Torata (KM 28+174) y sector 11 Torata (KM 28+174 - Humajalso), tramot Nro. 5 del proyecto Corredor Víal Interoceánica Sur Perú - Brasil.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial, por renuncia del titular otorgada mediante Resolución Administrativa Nro. 007-2005-GRT/DRAT/ATDRT a favor de Darío Valentín Ramos Cutipa.
Establecer la responsabilidad de Javier Paricahua Equiapaza, Luis Salomón Jara Urday y Florencio Agustín Reynoso Escobedo e imponerles sanción de multa de 2,1 unidades impositivas tributarias por la comisión de infracción al numeral 10 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que los procesados repongan las cosas a su estado original.
Establecer la responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Tiabaya e imponerle sanción de multa ascendente a 4 unidades impositivas tributarias por infracción a la Ley de Recursos Hídricos.
Establecer responsabilidad de la Asociación Taller de Vivienda Príncipe Azul e imponerle sanción de multa ascendente a 2 Unidades Impositivas Tributarias por infracción a la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que el infractor reponga las cosas a su estado original.
Disponer la prórroga de ampliación de plazo de Autorización de Uso de Agua Superficial con fines de mitigación ambiental a favor de Consorcio PNP San José por un plazo de cinco meses.
Modificar Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrarios del predio de U.C. Nro. 43115, otorgada por la Resolución Administrativa Nro. 559-2004-GRA/PR-DRAG-ATDR.CSCH en cuanto al nombre de la usuaria de Gregoria López Carreño, quedando como nombre de la usuarios como Gregoria López de Castro.
Modificar la Autorización de Uso de Agua otorgada mediante Resolución Directoral Nro. 1972-2018-ANA-AAA.CO a favor de Concesionaria Peruana de Vías Covinca S.A. solo respecto al punto de captación de uso de agua.
Otorga Licencia de Uso de Agua Superficial para uso agrario, a favor de Olaechea Carnero, Helber Julio.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas Clase A La Yarada.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas Clase A La Yarada.
Declara improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la Municipalidad del Centro Poblado Pueblo Nuevo San Cristobal.
Otorga Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Anexo de Sabaya.
Otorga Licencia de Uso de Agua Superficial por Volumen hasta 118533.19 m3/año para uso poblacional, a favor de la Municipalidad Distrital de Charcana.
No ha lugar las oposiciones interpuestas por la Junta de Usuarios de Agua de la Yarada. Declarar Improcedentes los pedidos de formalización y regularización de licencia de uso de agua.
Declarar Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por Walther Lesmes Valdivia Alvarez en contra de la Resolución Directoral Nro. 1068-2019-ANA/AAA.CO por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Autorizar a la señora Estephanie Lizet Cacya Bustinza la realización de estudios destinados a la ejecución del proyecto Instalación del Servicio de Protección contra Inundaciones a la Agrupación Vecinal de Vivienda Taller Pequeño Avelino margen izquierda de la quebrada Añashuayco del distrito de Cerro Colorado. Otorgar un plazo de ejecución de 120 días calendarios.
Establecer la responsabilidad de Rubén René Beltrán Cáceres e imponerle sanción de multa ascendente a una Unidad Impositiva Tributaria, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que la infractora deberá abstenerse de la utilización del agua.
Establecer la responsabilidad de Justa Delia Zavalaga Linares e imponerle sanción de multa ascendente a tres Unidades Impositivas Tributarias, por la comisión de la infracción establecida en el numeral 12) dañar obras de infraestructura pública del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos. Disponer como medida complementaria que la infractora deberá reponer las cosas al estado anterior reparando y reaperturando el dren el Chorro en un plazo de 20 días.
Declara Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por German Mamani Chino en contra de la Resolución Directoral Nro. 2027-2018-ANA/AAA.CO por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por Alejandro Serafín Limache Mamani en contra de la Resolución Directoral Nro. 720-2019-ANA-AAA.CO por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Antonio Huarachi Mamani en contra de la Resolución Directoral Nro. 840-2019-ANA/AAA.CO por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Integrar el articulo segundo de la Resolución Directoral Nro. 1183-2019-ANA-AAA.CO, disponiendo que el plazo para el cumplimiento de la medida complementaria dispuesta es de dos meses, bajo apercibimiento de iniciarse un nuevo procedimiento administrativo sancionador e iniciarse igualmente un procedimiento de ejecución coactiva.
Corregir el error material contenido en el Artículo 2 de la Resolución Directoral Nro. 226-2015-ANA/AAA I C-O, donde dice Tone Mamani, Maria Julia y debe decir Tone De Mamani, Maria Julia.
Disponer la modificación de la Autorización para la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico y de Servidumbre Forzosa solicitado por Angloamerican Quellaveco SA otorgada mediante Resolución Directoral Nº 766-2012-ANA-AAA I CO y modificada a través de la Resolución Directoral Nº 1057-2018-ANA-AAA I CO
Declarar Infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Alipio Marroquin Mamani en contra de la Resolución Directoral Nº 722-2019-ANA-AAA CO, en base a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Alipio Marroquín Mamani en contra de la Resolución Directoral Nro. 722-2019-ANA/AAA.CO.