IMPONER, a la CENTRAL DE COOPERATIVAS MINERAS DE SAN ANTONIO DE POTO – CECOMSAP, con RUC N° 20190784429, con domicilio en el Jirón Mariano Melgar N° 911, del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Región de Puno, debidamente representada por su Gerente General, el señor Rolando Demetrio Pinto Roldan, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a CINCUENTA (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120° inciso 1) utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso; en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 277º literal a) usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua. La misma que debe ser cancelada por la infractora en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ramis, dentro del tercer día de efectuado el mismo.