IMPONER a la E.P.S. SEDAJULIACA S.A, debidamente representada por su Gerente General, el señor Jack Hilbert Ticona Coaquira, con RUC. N° 20115123999, y con domicilio en el Jirón Mariano Pandia N° 383 (Esq, Mariano Pandia con Hipólito Unanue), del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Región de Puno, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a DOS PUNTO CERO (2.0) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 2) de la Ley N° 29338, El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57° de la Ley, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal k) Incumplir con instalar dichos dispositivos. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo.