R.D. N° 0168-2022-ANA-AAA.HCH
OTORGAR licencia de uso de agua Subterráneo para el tipo de uso "Agrario" con fines agrícolas a favor de JORGE ACUÑA GARCIA.
OTORGAR licencia de uso de agua Subterráneo para el tipo de uso "Agrario" con fines agrícolas a favor de JORGE ACUÑA GARCIA.
Declarar improcedente la petición de formalización de derecho de uso de agua con fines agrarios solicitada por el Comité de Usuarios de Agua Charra Mosca Huaycco - Saway - Palermo en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 302109.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA PATJATA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle
Aprobar la delimitación del Bloque PATJATA, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 58.490 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 439306.00000mE y 8114627.00000mN, DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Capazo, provincia de El Collao, departamento Puno
Declarar improcedente la solicitud de modificación de licencia de uso de agua por incremento de volumen con fines poblacionales otorgada mediante Resolución Directoral N° 326- 2017-ANA-AAA.IV.HCH, formulada por SEDALIB S.A. ; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la petición de formalización de uso de agua con fines agrarios solicitada por la señora Gloria Romero Marmanillo Vda. de Cárdenas en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR IMPROCEDENTE la Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial (Autorización de
Ejecución de obra mínimas), para el proyecto “Descolmatación, encauzamiento y enrocado para la protección del puente Iyape – Zorrapata, distrito de Huayopata, La Convención, Cusco”, solicitado por el señor Sergio Ignacio Calla, refiere en calidad de Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Huayopata, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, disponer la CONCLUSIÓN y ARCHIVAMIENTO del procedimiento administrativo signado con el CUT N° 177048-2021.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15001.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITE DE USUARIOS DE AGUA FAMILIA TAIPE - SECTOR LLANZA -LURICOCHA".
OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial para uso productivo con fines agrarios, en el marco del Decreto Supremo N° 010-2020-MINAGRI, a favor de la señora MARIALENA HERRERA PACHECO, con DNI N° 40620140; para aprovechar un volumen anual total de 9187.78 m3, provenientes de las fuentes de agua denominadas; manantial San José de Conaviri 01 y manantial San José De Conaviri 02, para riego total de hasta 0.50 hectáreas de pastos naturales, en el predio denominado “Buena Ventura San José”, situado en la jurisdicción del Distrito de Mañazo, Provincia de Puno, Departamento y Región de Puno, conforme al siguiente detalle
Acreditar la disponibilidad hídrica para el tipo de uso "Agrario", del Manantial San José de Conaviri 01, por un volumen anual de 6969.89 m3 y el Manantial San José de Conaviri 02, por un volumen anual 2217.89 m3, por un volumen total anual de 9187.78 m3, destinado para el riego de pastos naturales en el predio rustico denominado “Buena Ventura San José”, ubicado en la jurisdicción del Distrito de Mañazo, Provincia de Puno, Departamento y Región de Puno, conforme al siguiente detalle
OTORGAR, Autorización de Uso de Agua, a favor del CONSORCIO VIAL CHIMBOTE, para aprovecha un volumen de agua de hasta 285 456,00 m3, para ejecutar la obra denominada “CONSTRUCCIÓN DEL SALDO DEL PROYECTO DE LA VÍA DE EVITAMIENTO CHIMBOTE”, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash,
Declarar, IMPROCEDENTE, la solicitud sobre Acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, peticionada por la señora Sonia Yana Huahuachampi, con DNI. N° 45658865, presidente de la Asociación de Productores Agropecuarios Anexo Cangalli, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 228836.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITE DE USUARIOS DE AGUA SURAPAMPA- HIJADERA CUCHO-HUANDO"
DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Albert Aníbal Arena Yábar, en calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, contra la Resolución Directoral Nro. 0108-2022-ANA-AAA.UV0, de fecha 29 de marzo de 2022; por lo tanto, CONFIRMAR la recurrida en todos sus extremos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 178-2014-ANA-ALA-RAMIS, de fecha 04.04.2014, que otorgó licencia de uso de agua superficial en bloque, para uso productivo con fines agrarios, a favor de la Comisión de Regantes Urinsaya.
Aprobar, la delimitación del BLOQUE DE RIEGO SILICUCHO – URINSAYA, el cual tiene un área de 66.40 has, políticamente ubicado en el distrito de Crucero, Provincia de Carabaya, departamento de Puno, según el siguiente detalle
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Silicucho - Cotachaca, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la quebrada “Silicucho” y los manantiales “Occoruruni, Mayuhuaqsa 1, Mayuhuaqsa 2, Wichinca Qachupuhui, Rosariuni, Cáceres, Cáceres 2, Soratira 1, Soratira 2, Soratira 4 y Cascada”, por un volumen total de hasta 1,122,393 m3/año, equivalente a un caudal promedio de Q=47.26 l/s, para un área de riego de 66.4 has y el uso pecuario, fuentes de agua ubicado en la jurisdicción del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, departamento y región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 065-2022-ANA-AAA.TIT/OMOC, según detalle
DECLARAR IMPROCEDENTE, el trámite administrativo signado con CUT N° 7119-2022, seguido por el señor Alfonso Puma Ccalla en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Inka Pujio de la Comunidad de Cuchuma, sobre aprobación de acreditación de disponibilidad hídrica, en merito a los fundamentos señalados en la presente resolución; y en consecuencia disponer la CONCLUSIÓN y ARCHIVAMIENTO, del procedimiento administrativo.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 33046.73 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHILLCAPAMPA".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 202107.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITE DE USUARIOS DE AGUA IZCUPUQUIO - IZCUPUQUIO -CHANCARAY"
APROBAR, la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Uso Agrario, del proyecto “Creación del servicio del sistema de riego presurizado en los sectores de Cochapampa, Accopampa, Balseadero, Kimaluyoc, Amarilluyoc y Milagruyoc de la zona Echarati, distrito de Echarate – provincia de la Convención –región Cusco”, a favor de la Municipalidad Distrital de Echarati.
Acreditar, la disponibilidad hídrica superficial para otros usos, para el proyecto “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de la Universidad Peruana Unión – Filial Juliaca – San Román – Puno Etapa I”, peticionado por la UNIVERSIDAD PERUANA UNION - JULIACA, con RUC N° 20138122256, que pretende captar las aguas superficiales de las fuentes de agua denominado Manantial Finca IV, Manantial Finca III, Manantial Finca V, Manantial Puntaca Bajo, y Manantial Puntaca Bajo II, por un volumen anual de 2 847 m3 de agua, y según las características contenidas en el Informe Técnico N° 0062-2022-ANA-AAA.TIT/ECC, que forma parte integrante del expediente administrativo
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitada por la Municipalidad Distrital de Ahuaycha, que certifica la existencia del recurso hídrico en el punto de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto denominado: “CREACION DEL MICRORESERVORIO PARA COSECHA DE AGUA E INSTALACION DE SISTEMA DE RIEGO PRESURIZADO EN EL CENTRO POBLADO DE NUEVA ESPERANZA DEL DISTRITO DE AHUAYCHA - PROVINCIA DE TAYACAJA - DEPARTAMENTO HUANCAVELICA”
Otorgar, permiso para usar aguas de retorno, drenaje o filtraciones a favor de la empresa JOCTA CONSTRUCTORES E.I.R.L., para desarrollar un proyecto agrícola de 5.00 ha, recurso hídrico que será captado a través del dren Los Pajaritos, con un volumen total de hasta 71,181.96 m3 /año.
DECLARAR IMPROCEDENTE, el trámite administrativo signado con CUT N° 8813-2022, seguido por el señor Leandro Ayma Lucana, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS Kacllaracay, sobre otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA; y en consecuencia disponer la CONCLUSIÓN y ARCHIVAMIENTO, del procedimiento administrativo.
Declarar, INFUNDADO, el Recurso de Reconsideración, interpuesto por el señor Frank Ciro Yucra Chupa, contra la Resolución Directoral Nº 0107-2022-ANA-AAA.TIT, de fecha 15.03.2022, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitada por la Municipalidad Distrital de Huachocolpa, que certifica la existencia del recurso hídrico en el punto de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO DEL VALLE LAMBRAS, DISTRITO DE HUACHOCOLPA, PROVINCIA DE TAYACAJA,
HUANCAVELICA”.
OTORGAR, Autorización de Uso de Agua superficial, para Ejecución de Obras, a favor del Consorcio Carretera Cusco con RUC 20607848484, para el proyecto “Mejoramiento de la Carretera Santa María – Santa Teresa – Puente Hidroeléctrica Machu Picchu”.
IMPONER al señor Benedicto Ramos Canahuire, identificado con DNI. N° 01236917, con domicilio en el Centro Poblado de Ichu, Distrito y Provincia de Puno, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al artículo 279.1° del Decreto Supremo N° 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 6) de la Ley N° 29338, Desviar el cauce de agua de la quebrada Phala Apacheta Pampa (Ichu), sin la autorización correspondiente y en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal f) Desviar sin autorización el cauce del agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo
Declarar improcedente la petición sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios solicitado por la empresa K-ALLPA ORGANICA SAC en el marco del Proyecto: “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CENTRO POBLADO DE SALLALLI - DISTRITO DE QUINUA - AYACUCHO”, en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR, la Acreditación de Disponibilidad Hídrica con Fines Energéticos, para el Proyecto "Estudio Hidrológico para la Acreditación de la Disponibilidad Hídrica Superficial Campamento Temporal # 1 (SAGARI BX) - LOTE 57", a favor de la empresa REPSOL EXPLORACIÓN PERÚ, SUCURSAL DEL PERÚ, con RUC N° 20258262728
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 55285.00 m³/año, para uso Agrario, a favor de "COMUNIDAD CAMPESINA DE INCHUPALLA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle
Aprobar la delimitación del Bloque Comunidad de Inchupalla, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 4.200 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 374813.00000mE y 8230710.00000mN, DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Pichacani, provincia de Puno, departamento Puno.
Otorgar AUTORIZACIÓN DE USO DE AGUA superficial para la ejecución de obras a favor del Consorcio “CONSORCIO VIAL NINACACA - HUACHON”; en el marco del proyecto denominado “Mejoramiento de la carretera Ninacaca - Huachon, provincia de Pasco - Región Pasco"; proveniente de la laguna “Lulicocha” y el riachuelo “Paccha”.
OTORGAR, Autorización para la Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, para el proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Protección contra Aluviones e Inundaciones en las Cuencas de los ríos aguas Calientes, Alcamayo y tramo de un 1 km del Río Vilcanota, Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco”, solicitado por Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente del Gobierno Regional del Cusco, con RUC N° 20159316981
IMPONER, a los señores Rolando Iquise Sucapuca, con DNI N° 02022020, Tecla Iquise Sucapuca, con DNI N°02371284; e Irma Iquise Sucapuca, con DNI 02027993, con domicilio en la Parcialidad de Tuito Sector Condoriquiña del distrito de Vilquechico, provincia de Huancané, departamento de Puno; una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, por modificar obras sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y literal o) del Artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos: “Modificar, sin autorización de la autoridad Nacional del agua
Rectificar, de oficio el error material, contenido en la Resolución Directoral N° 0118-2022-ANA-AAA.TIT, de fecha 15.03.2022, con CUT. N° 210312-2021, respecto a la fecha de su expedición, quedando como sigue
RECTIFICAR EN PARTE la Resolución Directoral N° 0050-2022-ANAAAA.UV, en lo referente a lo establecido en la parte de los vistos, siendo lo correcto señor LEON SURCO CHOQUEVILCA, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Ccocha Ccosco Parte.
Disponer el archivo y conclusión del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la Comunidad Campesina de Tomas y señor Edwin Carlos Huamaní Alanya, por la presunta comisión de la infracción tipificada en el numeral 12) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, en concordancia con el literal “o” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de los Recursos Hídricos, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial para uso productivo con fines agrarios, en el marco del Decreto Supremo N° 010-2020-MINAGRI, a favor de la señora JUANA AVILES VILLALTA, con DNI N° 29443466; para aprovechar un volumen anual total de 2606.67 m3, provenientes de las fuentes de agua denominadas; manantial Occo Hualpatiana 01 y manantial Occo Hualpatiana 02 , para riego total de hasta 0.145 hectáreas de pastos naturales, en el predio denominado “Estancia Hualpatiana”, situado en la jurisdicción del Distrito de Mañazo, Provincia de Puno, Departamento y Región de Puno, conforme al siguiente detalle:
Acreditar la disponibilidad hídrica para el tipo de uso "Agrario", del Manantial Occo Hualpatiana 01, por un volumen anual de 2291.34 m3 y el Manantial Occo Hualpatiana 02, por un volumen anual de 315.33 m3, haciendo un volumen total anual de 2,606.67 m3, destinado para el riego de pastos naturales en el predio rustico denominado “Estancia Hualpatiana”, ubicado en la jurisdicción del Distrito de Mañazo, Provincia de Puno, Departamento y Región de Puno, conforme al siguiente detalle
Sancionar al señor Moisés Palomino Landa, con una multa pecuniaria equivalente a dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Grave, tipificada en el numeral 5) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “o” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistente en: 1) “Obstruir y dañar el cauce del rio Chillico”; jurisdicción de las Comunidades Campesinas de San Antonio de Trigopampa e Isccana; ubicados en los distritos de Ayacucho y San José de Ticllas, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.
ACEPTAR, el Desistimiento del expediente administrativo, signado con CUT N° 201253-2021, sobre otorgamiento Autorización de Uso Temporal de la Faja Marginal para la instalación de Plantas Industriales, presentado por el señor Jaime Lino Moya en calidad de apoderado de la empresa CCECC Sucursal del Perú, en atención al escrito de desistimiento presentado en fecha 06 de abril del presente año 2022.
OTORGAR, Licencia de uso de agua Superficial para uso productivo con fines agrarios, en el marco del Decreto Supremo N° 010-2020-MINAGRI, a favor del señor JAIME BELTRAN IDME, con DNI N° 45465823, con domicilio en la Comunidad de Colque-Pucara, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de los Manantiales Uno Tojana 1 y Uno Tojana 2, por un volumen total de hasta 50,461.05 m3 /año, para un área bajo riego total de 3.8 has, en el predio denominado Accoyani Pata, fuente de agua ubicados en el Distrito de Pucara, Provincia de Lampa, Departamento y Región de Puno, conforme al siguiente detalle
Acreditar la disponibilidad hídrica para el tipo de uso "Agrario", del Manantial Uno Tojana 1, por un volumen anual de 26579.23 m3 y el Manantial Uno Tojana 2, por un volumen anual de 23881.82 m3, destinados para el riego de pastos naturales en el predio denominado Accoyani Pata, fuente de agua ubicada en el Distrito de Pucara, Provincia de Lampa, Departamento y Región de Puno, conforme al siguiente detalle
Declarar improcedente la petición sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios solicitado por el señor Alfredo Martínez Candiotti, en el marco del proyecto denominado: “CREACION DE DISPONIBILIDAD HIDRICA SUPERFICIAL DEL MANANTIAL YANA UCHCCO PARA EL PEQUEÑO PROYECTO TAURICAY-HUAYLLAY EN LA PROVINCIA DE ANGARAES -HUANCAVELICA”; en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR, la extinción de la Licencia de Uso de Agua, por renuncia del titular otorgado mediante Resolución Administrativa N° 481-2006-ATDR-LC/DRA-C, de fecha 25 de octubre del 2006; en consecuencia, REVERTIR al dominio del Estado el volumen de agua otorgado mediante la referida resolución.
Otorgar, Autorización de uso de agua superficial, a favor de la Empresa KAIZEN DISCOVERY PERU S.A.C., para el Proyecto de Exploración minera Pinaya, ubicado en el Distrito de Santa Lucia, Provincia de Lampa y Región de Puno, por un volumen total de 12,929.73 m3, y de acuerdo a la evaluación contenida en el Informe Técnico N° 0011-2022-ANA-AAA.TIT-ALA.JULIACA/LACV, que forma parte integrante del expediente administrativo, según el siguiente detalle
Declarar improcedente la petición sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios solicitado por la Municipalidad Provincial e Tayacaja, en el marco del proyecto denominado: “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LA LOCALIDAD BARRIO NUEVA ALIANZA Y RUNAHUAÑUSCA DEL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE PALTARUMI DEL DISTRITO DE DANIEL HERNANDEZ - PROVINCIA DE TAYACAJA - DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA”; en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ACEPTAR, el Desistimiento del expediente administrativo, signado con CUT N° 13851-2022, sobre otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, presentado por el señor Lucio Antonio Vargas Chinchero, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural Huayllaparcco de la Comunidad de Urinsaya Ccollana, en atención al escrito de desistimiento presentado en fecha 31 de marzo del presente año 2022.
Declarar improcedente la petición sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios solicitado por el señor Javier German Centeno, en el marco del proyecto denominado: “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO PARA EL CULTIVO DE PALTO EN EL SECTOR APANACC PAMPA DEL DISTRITO DE ANCO - CHURCAMPA - HUANCAVELICA”; en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar, de oficio el error material, contenido en la Resolución Directoral N° 0108-2022-ANA-AAA.TIT, de fecha 16.03.2022, con CUT. N° 190863-2021, respecto a la fecha de su expedición, quedando como sigue:
ACEPTAR, el Desistimiento del expediente administrativo, signado con CUT N° 13851-2022, sobre otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Resolución
Jefatural N° 058-2018-ANA, presentado por el señor Isacc Fausto Ccansaya Zapata, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural Totorani de la Comunidad de Urinsaya Ccollana, en atención al escrito de desistimiento presentado en fecha 31 de marzo del presente año 2022.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial para el
proyecto “Mejoramiento de la Carretera Huarocondo Pachar del Distrito de Huarocondo y Ollantaytambo Provincia de Anta y Urubamba, Región Cusco”, solicitado por el señor José Luis Farfán Quintana, en calidad de Director del PLAN COPESCO, con RUC N° 20159311598, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, disponer la CONCLUSIÓN y ARCHIVAMIENTO del procedimiento administrativo signado con el CUT N° 162159-2021.
Declarar Improcedente la petición formulada por la Municipalidad Distrital de Caja respecto de la prórroga del plazo contenido en el artículo tercero de la Resolución Directoral N° 067-2020-ANA-AAA X MANTARO, notificada válidamente en fecha 31 de enero de 2020; el argumento se encuentra expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar, de oficio el error material, contenido en la Resolución Directoral N° 0106-2022-ANA-AAA.TIT, de fecha 14.03.2022, con CUT. N° 171433-2021
DECLARAR en ABANDONO el procedimiento administrativo con CUT N° 188717-2021, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica, para el proyecto “Mejoramiento del sistema para riego en los sectores de Huallpamayta Alta y Baja, Aputinya, Chilcapata, Antibamba, Colpaccaca y Trancapata, Distrito de Maranura –La Convención – Cusco”, solicitado por la señora Ruth Lloclle Huanca, en calidad de Jefe de la Unidad Formuladora de la Municipalidad Distrital de Maranura; en consecuencia, declarar concluido el procedimiento administrativo sin emitir opinión de fondo, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.