R.D. N° 0277-2022-ANA-AAA.HCH
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 756745.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHACLACAYO - PACCHA"
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 130547.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del " COMITE DE USUARIOS DE AGUA ALFA PAMPA CAYA MASANA VALLE UPIACC PAMPA-DISTRITO PAMPA.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 13 800 m³/año, para uso Agrícola, a favor de JUAN CARLOS SANDONAS DOROTEO con DNI 46477261.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 9 478 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ESTELA TEODOLINDA SANCHEZ GARCIA con DNI 32403310.
Sancionar a la Municipalidad Distrital de Palca con una multa equivalente a dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción grave, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: “efectuar un (01) vertimiento de aguas residuales domesticas en la margen izquierda del rio Palca sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, ubicado en las coordenadas UTM (WGS 84); 8 600 652.18 N, 503 225.09E, con un caudal aproximado de 1.2 l/s, ubicado en la jurisdicción del distrito de Palca, provincia y departamento de Huancavelica.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 43872.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA AYLUMPUYOCC-QUICHQUISHUAYCCO-RUMISUNTO-HUARANCCAPATA"
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 2 602 m³/año, para uso Agrícola, a favor de AGUILAR DURAN, CARLOS ENRIQUE con DNI 27152114.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.
Otorgar, licencia de uso de agua subterráneo por un volumen hasta 21535.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN MIGUEL DE MAYOCC".
Declarar improcedente por extemporáneo, el recurso de reconsideración interpuesto por el Jefe de la Unidad Zonal del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, Unidad Zonal Huancavelica, contra la Resolución Directoral N° 333-2015-ANA-AAA X MANTARO de fecha 13.05.2015, la razón se encuentra establecida en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 8 318 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PORTILLA SANCHEZ, AMANDA MELISSA con DNI 45503555.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.
Autorizar a favor de la Unidad Ejecutora “Fondo Sierra Azul” del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la ejecución de las obras en las fuentes naturales de agua, consistentes en la construcción de diques de tierra en once (11) cochas: Pataccocha I, Pataccocha II, Pataccocha, Sallaccocha, Qasaccocha II, Ñutuccocha, Llavinaccocha, Huascacoccocha, Yuraqccocha, Chapiccocha y Saccacocha I, en el marco del proyecto denominado: CONSTRUCCIÓN DE CAPTACIÓN DE AGUA; EN EL (LA) RECARGA HÍDRICA PARA LA UNIDAD PRODUCTORA DEL SISTEMA DE RIEGO USA CORRAL, DISTRITO DE ACOBAMBILLA, PROVINCIA HUANCAVELICA, DEPARTAMENTO HUANCAVELICA”
Autorizar a favor de la Unidad Ejecutora “Fondo Sierra Azul” del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la ejecución de las obras en las fuentes naturales de agua, consistentes en la construcción de 13 cochas: Challaqocha 1, Challaqocha 2, Challaqocha 4, Quinua Jilpunaqocha 1, Usha Cruzqocha, Huascaqocha, Quiuqueqocha, Habasqocha, Cuncanhuchaqocha, Asnaqocha 1, Asnaqocha 2, Asnaqocha 3 y Atarqocha, en el marco del proyecto denominado: “CONSTRUCCIÓN DE CAPTACIÓN DE AGUA; EN EL (LA) RECARGA HÍDRICA PARA 02 UNIDADES PRODUCTORAS DE LOS SISTEMAS DERIEGO PAMPAS DE LAIVE - INGAHUASI Y RED DE CANALES PRINCIPALES CAPITAL CHUPACA, DISTRITO DE YANACANCHA, PROVINCIA DE CHUPACA, DEPARTAMENTO JUNÍN”
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrícolas a favor de Fidel Bruno Bula Pérez, de los manantiales: Quinta Ruri 1 por un volumen de hasta 1,627.36 m3, Quinta Ruri 2 por un volumen de hasta 8,179.79 m3 y Quinta Ruri 3 por un volumen de hasta 2,441.50 m3, siendo la demanda de agua total del proyecto que se acreditará de 12 248,65 m3 /año; por los fundamentos antes expuestos.
Rectificar el error material incurrido en el artículo primero y cuadro del artículo segundo de la Resolución Directoral Nº 0061-2022-ANA-AAA.MAN, de fecha 11.02.2022.
Sancionar al señor Félix Gregorio Vilcatoma Vilchez, con una multa equivalente a uno coma cero (1,0) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción LEVE, tipificada en el numeral 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “f” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistentes en: “Ocupar el cauce de la quebrada Coyllorpancca, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; ubicado en el sector denominado Duraznopata, distrito y provincia de Huanta, departamento Ayacucho.
Declarar Improcedente, la solicitud de Autorización de ejecución de obras en Fuentes Naturales de Agua formulada por la Dirección de Soluciones Integrales de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; por los fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador instruido por la Administración Local de Agua Chicama contra el señor Percy Rolando Galloso Palacios, por la infracción contenida en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar autorización de uso de agua superficial para la ejecución de estudios a favor del Consorcio Minero Palcawanka S.A.C, en el marco del proyecto “Palcawanka”; proveniente del río Tinllaclla (TA-1), Tinllaclla (TA-3) y quebrada Millhuayocc (TA-2), hasta por un volumen de 73,263.74 m3/año, ubicado en la jurisdicción de la Comunidad Campesina de Palca, distrito de Palca, provincia y departamento de Huancavelica.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitada por la Municipalidad Distrital de Tintay Punco, que certifica la existencia del recurso hídrico en el punto de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto denominado: “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE LAS LOCALIDADES DE OCCEPATA, ISCALON, PATAHUASI, LLAMASPATA, LLACTACCOLLUY, QUIRUAMPATA, LOS ANGELES, PURHUAY, DISTRITO DE TINTAY PUNCU- PROVINCIA TAYACAJA - REGIÓN HUANCAVELICA”
Aceptar, el desistimiento del procedimiento administrativo de formalización de uso de agua al amparo de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA solicitado por el Comité de Usuarios de Agua Superficial Huantall Wishin y en consecuencia declarar concluido el presente procedimiento administrativo, disponiéndose su archivo.
Aprobar la programación del “Plan de Descarga del Embalse Cuchoquesera del Sistema Hidráulico Mayor Cachi, Clase B”, que opera el Gobierno Regional de Ayacucho a través de la Oficina de OPEMAN (Operación y Mantenimiento), para ser utilizado durante el periodo 2022.
SANCIONAR administrativamente a Segundo Pedro Gamboa Sánchez Identificado con DNI N° 40760384, por incurrir en las infracciones contenidas en los numerales 1) y 2) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) y b) del artículo 277 de su Reglamento, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, calificándose dicha conducta como leve sancionándolo con amonestación escrita; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrícolas a favor de Valerio Jara Severo Fortunato, de los manantiales: Porvenir 1 por un volumen de hasta 3 852,95 m 3, Porvenir 2 por un volumen de hasta 4 844,79 m3 y Porvenir 3 por un volumen de hasta 706.34 m3; advirtiéndose que existe superávit hídrico de dichas fuentes de agua durante todos los meses del año, excepto durante los meses de setiembre y octubre, meses en los que se otorgará la oferta disponible de los manantiales; por los fundamentos antes expuestos.
Sancionar en forma solidaria al señor José Luis Segama Sedano y señor Martin Matamoros Huayra una multa equivalente a Uno coma dos (1,2) Unidades Impositivas Tributarias, (por reducción de multa en aplicación de condición atenuante de responsabilidad por infracciones), al haberse configurado la comisión de la infracción GRAVE, tipificada en el numeral 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “f” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistentes en: “Ocupar el cauce del rio Opamayo sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; ubicado en el sector denominado Accohuarma Pampa, anexo de Chuñumayo, distrito Huachocolpa, provincia y departamento de Huancavelica.
Modificar, la autorización de ejecución de obras otorgada a favor de INKA GOLD FARMS S.A.C según la Resolución Directoral N° 655-2021-ANAAAA.HCH en su Artículo Segundo, en el extremo que se modificara las características de la profundidad autorizada para su perforación del Pozo Tubular N° 10, manteniéndose vigente lo demás que la contiene.
Autorizar a favor de la Empresa Minera Perú Sol S.A.C, la ejecución de obra con fines de aprovechamiento hídrico en el marco del proyecto: “INSTALACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE AGUA DEL RÍO HUARI Y EL MANANTIAL CHOJLOMPAY PARA LA PLANTA DE BENEFICIO DE MINERALES SAN MARTIN”; conforme a las especificaciones técnicas contenidas en el expediente
APROBAR EL DESISTIMIENTO de la solicitud de Autorización para la Ejecución de Obras de sobre Fuente Natural de Agua o Infraestructura Hidráulica Multisectorial, seguido por la DIRECCIÓN DE SOLUCIONES INTEGRALES DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, Declarar CONCLUIDO el presente procedimiento administrativo.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5177.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DE SANTA CRUZ DE PULTUNCHARA".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 9478.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DEL CENTRO POBLADO RURAL DE QANCCAYLLO".
DECLARAR improcedente el trámite seguido por el señor César Augusto Lozano Ríos identificado con DNI N° 01111500, sobre la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente, en consecuencia, proceder al ARCHIVO del expediente.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines poblacionales, solicitada por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Anexo de Accomarca, que certifica la existencia del recurso hídrico en el punto de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto denominado: “AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE A FAVOR DE LA JASS DE LA LOCALIDAD DE ACCOMARCA, DISTRITO DE ACOS VINCHOS, PROVINCIA DE HUAMANGA - AYACUCHO”
AUTORIZAR a la empresa CHIMU AGROPECUARIA S.A., Identificada con RUC N° 20132373958 la ejecución de estudios de aguas subterráneas con perforación de un pozo exploratorio para fines de investigación de tipo tubular, de 80 m de profundidad y 2 pulg de diámetro, en el distrito de distrito de Paiján, provincia de Ascope, departamento de La Libertad.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 170462.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor del "COMITE DE USUARIOS DE AGUA PALMAYOCC".
DECLARAR IMPROCEDENTE el trámite seguido por la señora ERMINIA RUTH BLAS ROJAS identificada con DNI N° 42665854, sobre la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente, en consecuencia, proceder al ARCHIVO del expediente.
Sancionar en forma solidaria a la Municipalidad Provincial de Huancavelica, empresas CONTRATISTAS CONSULTORES E INVERSIONES GENERALES PAUCAR - PEÑA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA (CIGEP S.A.C.) y CORPORACION EMPRESA PAUCAR & AYUQUE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CORPORACION
CEMP&A S.A.C, con una multa pecuniaria equivalente a uno coma tres (1,3) Unidades Impositivas Tributarias (por reducción de multa en aplicación de condición atenuante de responsabilidad por infracciones), al haberse configurado la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal “b” del artículo 277° del Reglamento de Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: : “ejecutar obras hidráulicas en el manantial “Occochapata” sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; ubicado en el distrito de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica.
Aprobar con fines de la planificación hídrica, el caudal ecológico, que debe discurrir en el cauce natural comprendido entre la presa Upamayo hasta un tramo de 1.50 km aguas abajo, cuyo régimen hídrico deberá ser en forma continua, durante todo el año (especialmente en los meses de almacenamiento enero - mayo)
Otorgar licencia de uso de agua superficial para el tipo de uso “Productivo-Turístico" a favor de FLOR MARCELINA VERGARAY CARDENAS DE JÁCOME con DNI N° 08086359.
Aceptar el desistimiento del procedimiento formulado por el Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado – PRIDER del Gobierno Regional de Ayacucho, y declarar concluido el procedimiento sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios en el marco del proyecto “Construcción del Sistema Integral Presa Paucho, Distrito de Chiara - Huamanga - Ayacucho”.
Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea del acuífero Virú en el punto de interés, a favor de Segundo Pedro Gamboa Sánchez, para extraer un volumen máximo anual de 7 000,00 m 3 proyectando un caudal de explotación del pozo artesanal de 0,90 l/s, durante 5,912 horas/día, 28 días/mes, 12 meses del año.
Aceptar el desistimiento del procedimiento de autorización de ejecución de obras en fuente natural de agua, formulado por la Dirección de Soluciones Integrales Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, tramitado con CUT Nº 679402022 y en consecuencia declarar concluido el presente procedimiento administrativo, disponiéndose el archivo del mismo.
Autorizar a la EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C, la ejecución de obras en fuentes naturales de agua, mediante perforación de pozos exploratorios (con fines de investigación) en cantidad de diez (10), ubicado en los distritos de Simón Bolívar, Tinyahuarco, Yanacancha y Vicco
Declara Improcedente la solicitud de Acreditación de Disponibilidad hídrica superficial formulada por Damaso Víctor Blas Osorio por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitada por la Municipalidad Distrital de Acocro, que certifica la existencia de los recursos hídricos en los puntos de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LA COMUNIDAD DE UCHUYMARCA DEL DISTRITO DE ACOCRO, HUAMANGA - AYACUCHO”
Declarar improcedente la petición sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios solicitado por la señora Dayci Ramírez de la Peña, en el marco del Proyecto denominado: “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO UNCAHUATA - MATARA - SURCUBAMBA - TAYACAJA - HUANCAVELICA”, en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Poblacional" a favor de SEDALIB S.A, con RUC N° 20131911310.