R.D. N° 0391-2022- ANA-AAA-CHCH
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 232.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Bonifaz Hernández de Quintana, Ela Maritza con DNI 21439370
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 232.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Bonifaz Hernández de Quintana, Ela Maritza con DNI 21439370
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1579.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de VALDIVIA PAREDES, GUILLERMO CIRILO con DNI 29249559, conforme al siguiente detalle:
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la señora CARMEN HUAMAN NILA VICTORIA, referente al Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial para fines de Uso Doméstico - Poblacional, de la quebrada Seca; por no haber presentado la documentación requerida por la norma.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 754.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de VALDIVIA PAREDES, GUILLERMO CIRILO con DNI 29249559,
conforme al siguiente detalle:
APROBAR la delimitación de faja marginal de ambas márgenes de la quebrada Baños por la metodología de Huella Máxima, en una longitud de 1 592 metros por su margen derecha y 1 648 metros por su margen izquierda, ubicado en el Sector Baños, distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martín, presentado por la señora Bertha Vela Sánchez.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 585.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Lovera Ramos, Nelly Petronila con DNI 21496726
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1107.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de VALDIVIA PAREDES, GUILLERMO CIRILO con DNI 29249559, conforme al siguiente detalle:
AUTORIZAR al Sr. Jesús Carranza Calderón, la Ejecución de Obras Mínimas en Fuente Natural de Agua, para desarrollar el proyecto denominado “DESCOLMATACIÓN, ENCAUZAMIENTO y CONFORMACION DE UNA PIRCA EN LA MARGEN DERECHA DE LA QUEBRADA URCUCHAQUI, LOCALIDAD DE NACIENTE DEL RIO NEGRO, DISTRITO DE ELIAS SOPLIN VARGAS, PROVINCIA DE RIOJA”.
RECTIFICAR, el nombre de la Asociación que conforma la Mesa temática “Calidad de Agua Superficial en el Ámbito de la Administración Local de Agua Alto Huallaga” habiéndose consignado en la parte considerativa de la Resolución Directoral N° 0647-2019- ANA/AAA — HUALLAGA, como: Asociación Ecológica León de Huánuco.
RECTIFICAR de OFICIO el error material contenido sexto considerando y en el artículo 4° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 0386- 2022-ANA-AAA.CHCH, de fecha 31.05.2022.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3309.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de VALDIVIA PAREDES, GUILLERMO CIRILO con DNI 29249559, conforme al siguiente detalle:
AUTORIZAR a la Municipalidad provincial de Leoncio Prado, la ejecución de obra mínima en fuentes naturales de agua, para desarrollar el proyecto denominado: “Descolmatación de material de arrastre en la margen derecha del rio Huallaga en los sectores de Playa Tingo, Afilador, Los Cocos y Las Orquídeas, ubicados en el distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, Departamento Huánuco”.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE USUARIOS YACANGO, para uso Agrario, de acuerdo Informe de Formalización N° 0001-2022 -ANA-AAA.CO-ALA.M/LLAC.
ACEPTAR el DESISTIMIENTO del procedimiento de Autorización para Ejecución del Programa de Mantenimiento y Conservación de Faja Marginal de la quebrada Pacoyacu, para desarrollar el proyecto: “Mantenimiento y Conservación de la faja marginal derecha de la quebrada Pacoyacu, sector Cordillera del Cóndor — El Paraíso, centros poblados Cordillera del Cóndor y San Miguel, distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja” ubicado en el distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, departamento de San Martín, solicitado por la ASOCIACION PARA CONSERVACION Y TURISMO NACIENTE RIO PACUYACU y, en consecuencia, DECLARAR concluido el presente procedimiento administrativo, por las razones expuestas en la presente resolución.
DECLARAR de oficio el ABANDONO del procedimiento administrativo de Acreditación de Disponibilidad Hídrica, iniciado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BALSAPUERTO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 202° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, por no haber subsanado hasta la fecha las observaciones advertidas por el área técnica.
OTORGAR Autorización de Uso de Agua superficial a Provias Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el proyecto denominado: “Servicio de gestión y conservación por niveles de servicio del corredor vial Ilo - Tacna - Tripartito y Ovalo Tripartito - Collpa”, otorgándole un volumen total de hasta 409 m3/año
ACEPTAR el DESISTIMIENTO del procedimiento de Autorización de Ejecución de Obras Mínimas para desarrollar el proyecto “Limpieza, descolmatación en la quebrada Huarampay, perteneciente a la localidad de Conchumayo, distrito de Santa María del Valle, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco”, solicitado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL VALLE y, en consecuencia, DECLARAR concluido el presente procedimiento administrativo, por las razones expuestas en la presente resolución.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa PALMAS DEL SHANUSI S.A., por cuanto el administrado subsano con anterioridad a la notificación de inicio del procedimiento sancionador, estando inmerso a lo dispuesto en el literal f) del numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Aprobar el estudio de “Delimitación de la Faja Marginal con Modelamiento Hidráulico del rio Colca, en una longitud de 0,150 km., ubicado en el distrito de Chivay, provincia Caylloma, departamento y Región Arequipa” conforme al Informe Técnico 0048-2022-ANA-AAA.CO/MATL; y, de acuerdo a los criterios para la delimitación de la faja marginal establecidos en el artículo 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, lo indicado en el capítulo II de la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA y a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
ACEPTAR el DESISTIMIENTO de autorización para el mantenimiento y conservación de la faja marginal del rio “Cumbaza” del proyecto: “Mantenimiento y Conservación de la Faja Marginal, Margen Derecha del Río Cumbaza, Carretera San Antonio de Cumbaza Km 1, Distrito de Morales”, solicitado por la Sra. MEGUI RUIZ AMASIFUEN y, en consecuencia, DECLARAR concluido el presente procedimiento administrativo, por las razones expuestas en la presente resolución.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA DE HUANUCO, referente a la autorización para la ejecución de obras en fuentes naturales de agua a desarrollar dentro de la faja marginal del río Higueras con la finalidad de “Habilitar y ejecutar un pozo séptico de tratamiento de aguas servidas que generará el uso de los servicios higiénicos de la ZAM Kotosh”; por no haber cumplido con presentar la Certificación Ambiental del Proyecto, conforme se lo requiere mediante Oficio N° 0253-2022-ANA-AAA.H.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el CONSORCIO CONSULTOR YURIMAGUAS, a través de su representante Común Sra. Marilin Diana Ferry Dávila, referente a la Acreditación de disponibilidad hídrica Subterránea, para el proyecto “Creación de los Servicios de Promoción y Diversificación de Actividades Productivas con el Centro Ferial Artesanal y Turístico de la Ciudad de Yurimaguas, del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas y Departamento de Loreto”, al no haber cumplido con levantar la observación referida al tipo de pozo del cual se plantea la acreditación de disponibilidad hídrica y las consideraciones expuestas en la presente resolución.
EXTINGUIR, por causal de caducidad, la Licencia de Uso de Agua Subterránea, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 136-2013-ANA/ALA-HO, a favor de Medardo Torres Vásquez y Catalina Díaz de Torres, dejándola sin efecto legal, en merito a los considerandos expuestos en la presente resolución.
AUTORIZAR, a favor de Pedro Jesús Gutiérrez Valerio, la ejecución del programa de mantenimiento y reforestación de la faja marginal del río “Mayo” para el proyecto: “Mantenimiento y Reforestación de la Faja Marginal derecha del rio Mayo, sector Punta de Tahuishco en el Distrito de Moyobamba”.
DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por Oscar Antonio Limay Ríos, sobre renovación de la aprobación del programa de mantenimiento y conservación de la faja marginal de la margen derecha del río “Tonchima”, otorgada con Resolución Directoral N° 014-2019-ANA-AAA/HUALLAGA.
Denegar el pedido de formalización del uso del agua, presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA, por lo expuesto en los considerandos.
DECLARAR de oficio la CADUCIDAD del presente procedimiento, y a la vez ARCHIVAR el procedimiento sancionador iniciado contra la empresa AMAZON RESORTS S.A.C, mediante Notificación N’ 003-2021-ANA-AAA.H-ALA.TA, recepcionado el 21 de enero de 2021, en aplicación del numeral 3., del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, concordado con el artículo 15° de la Resolución Jefatural N° 235-2018-ANA.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la GERENCIA TERRITORIAL BAJO MAYO — TARAPOTO, referente a la Autorización de Uso de Agua Superficial, para desarrollar el proyecto “Mejoramiento de la Infraestructura vial del tramo EMP. SM-687 (CACATACHI)- EMP. SM-104 (CHAMBIRA) en las provincias de San Martin y Lamas del departamento de San Martín”.
Denegar el pedido de formalización del uso del agua, presentado por el señor EGEL EVARISTO ORTIZ GUARDIA, por lo expuesto en los considerandos.
AUTORIZAR a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO, la ejecución de obra mínima en fuentes naturales de agua, para desarrollar el proyecto denominado: “Colocación de rocas al volteo en el punto crítico, margen derecha de la defensa ribereña del río Huallaga, sector Playa Tingo, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, Región Huánuco”.
AUTORIZAR al señor OSCAR DEL ÁGUILA PISCO, la ejecución de obras mínimas, para el proyecto “Instalación de 31.47 metros de pircado de piedra en forma de Gavión en la margen derecha de la quebrada Alimonia, en el sector de Santa Rosa de Shapajilla, distrito de Luyando, provincia de Leoncio Prado, Región Huánuco”.
AUTORIZAR al GOBIERNO REGIONAL DE PASCO, la ejecución de obra en fuentes naturales de agua o en infraestructura hidráulica multisectorial, para desarrollar el proyecto denominado: “Mejoramiento de la Carretera Departamental EMP,PA — 102 Antapaca — Antagasha — Gollarisquizga — Chacayan — Vilcabamba — Tapuc EMP,PA 102 (Yanahuanca) de la Provincia Daniel Carrión del Departamento de Pasco”.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Doméstico - Poblacional, del Manantial El Aguajal, por un volumen de hasta 1 923,70 m3, a favor de la ASOCIACIÓN DE AGUA RENAYACU.
DECLARAR FUNDADO el Recurso de Reconsideración presentado por el CONSORCIO LUZ ORIENTE, contra la Resolución Directoral N° 0278-2022-ANA/AAA.H en merito a los argumentos descritos en la presente resolución.
AUTORIZAR, a favor de la empresa MORATELLA E.I.R.L, la Ejecución del proyecto “Autorización para la ejecución del programa de re forestación y mantenimiento de faja marginal de la Laguna Sauce en el sector Pintozapillo, distrito de Sauce, provincia y región de San Martín”.
DECLARAR IMPROCEDENTE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Reconsideración presentado por el señor WILLIAM LÓPEZ VENTURA, contra la Resolución Directoral N° 0444-2021-ANA-AAA.H, por las razones expuestas en la presente resolución.
DECLARAR de oficio el ABANDONO del procedimiento administrativo de Acreditación de Disponibilidad Hídrica, iniciado por la señora MÓNICA RODRÍGUEZ TELLO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 202° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, por no haber subsanado hasta la fecha las observaciones advertidas por el área técnica.
ACEPTAR el DESISTIMIENTO del procedimiento sobre Autorización de Uso de Agua, para el proyecto denominado “Servicio de Gestión, Mejoramiento y Conservación por Niveles de la Carretera EMP.PE-5N (Corral Quemado) - Cumba - DV. Yamón - Lonya Grande - Campo Redondo - Ocalli - Providencia - Cohechan - Lonya Chico - EMP.AM-108 (DV. Luya) Chachapoyas - Rodríguez de Mendoza - Abra Lajas / El Dorado - Selva Alegre - Soritor - EMP. PE-5N (La Calzada)”, solicitado por CONSORCIO ABRA LAJAS.
ESTABLECER RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA a la Municipalidad Distrital de Elías Soplín Vargas, por la comisión de la conducta infractora calificada como grave, tipificadas en los numerales 1), 3) y 6) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos — Ley N° 29338, concordante con los literales a), b) y f) del Artículo 277° de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI. IMPONER SANCIÓN ADMINISTRATIVA DE MULTA por un monto de dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias — UIT.
DECLARAR la conclusión del procedimiento administrativo sancionador instruido contra Olga Castillo Vda. de Campos, y consecuentemente el archivo del mismo; en merito a los considerandos descritos en la presente resolución.
DECLARAR LA CADUCIDAD del procedimiento administrativo sancionador instruido contra Efren Valles Escalante, por haber incurrido en la infracción tipificada en el numeral I y 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordado con el literal “a” y “b” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 001-2010-AG, disponiéndose su ARCHIVO, en merito a los considerandos descritos en la presente resolución.
EXTINGUIR, por causal de renuncia de titular, las Licencias de Uso de Agua Superficial, otorgadas mediante Resolución Directoral N° 268-2019-ANA/AAA-HUALLAGA y Resolución Directoral N° 514-2019-ANA/AAA-HUALLAGA, a favor de la empresa Construcción y Administración S.A., dejándolas sin efecto legal, en merito a los considerandos expuestos en la presente resolución.
EXTINGUIR, por causal de renuncia de titular, la Licencia de Uso de Agua Superficial, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 014-2012-ANA-ALA ALTO MAYO, a favor de Hitler Manuel Alva Burga, dejándola sin efecto legal, en merito a los considerandos expuestos en Ia presente resolución.
AUTORIZAR al CONSORCIO PUENTES, conformado por las empresas CONSTRUCTORES Y CONSULTORES ISMAT E.I.R.L y la empresa PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES JSR ASOCIADOS S.A.C., la ejecución de obra en las fuentes naturales de agua, de la IOARR denominado “Construcción de puente; en diez carreteras vecinal, de los distritos Vilcabamba, Santa Ana de Tusi, Yanahuanca, Tapuc y del distrito de San Pedro de Pillao, provincia Daniel Alcides Carrión, departamento Pasco”.
Declarar INFUNDADO el Recurso de Reconsideración presentado por el señor MAX HUEBNER FAURA PADILLA, contra la Resolución Directoral N° 0245-2022-ANA-AAA.H, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR, administrativamente a la Escuela de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional de San Martín, por la comisión de la infracción prevista en los numerales 9) y 1) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, y literal d) y a) del artículo 277° del reglamento de la misma Ley, aprobado por Decreto Supremo N°001-2010- AG. PRECISAR, que el carácter de dicha conducta se califica como grave, por lo que el cálculo de la sanción corresponde a TRES COMA CERO (3,0) Unidad Impositiva Tributaria.
DECLARAR IMPROCEDENTE por extemporáneo, el Recurso de Reconsideración presentado por ROMEL LOPEZ PEREZ, contra la Resolución Directoral N° 0206-2022-ANA/AAA-H, en merito a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Autorizar, a favor de Danper Trujillo S.A.C Identificado con RUC N°20170040938, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterránea consistente en la perforación de un pozo tubular en reemplazo del pozo P 1 de IRHS 174.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial por un volumen hasta 10 275 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ROSA FELICITA NAVARRO AGRAMONTE con DNI 18208357, ALEJANDRO FRANCISCO SÁNCHEZ RUBIO con DNI 18208281.
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la señora Sofía Maíz Moreno, referente a la acreditación de disponibilidad hídrica superficial de los manantiales “Sofía” y “Valeria, para fines de uso productivo agrario - agrícola, para desarrollar el proyecto de inversión privado denominado “Captación e Instalación de Sistema de Riego por Aspersión en el predio Verbenapampa, distrito de Churubamba - Huánuco”.