SANCIONAR, a la Municipalidad Distrital de Lucre, con una multa equivalente a dos puntos cero uno (2.01 UIT) Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir lo dispuesto en el establecido en el numeral 9) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, concordante con el literal d) del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos – aprobado por Decreto Supremo N° 001- 2010-AG, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Cusco , dentro del tercer día de efectuado el mismo.