R.D. N°. 4417-2016-ANA-AAA-JZ-V
Declarar Improcedente la solicitud presentada por la Empresa INMOBILIARIA ZAYSA S.A.C, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por la Empresa INMOBILIARIA ZAYSA S.A.C, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por la Empresa INMOBILIARIA ZAYSA S.A.C, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por la Empresa INMOBILIARIA ZAYSA S.A.C, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por la Empresa INMOBILIARIA ZAYSA S.A.C, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Ordoñez Cruz Macario, para el predio con código catastral N° 34680 con área bajo riego de 1.36 ha., con agua proveniente del río Chira
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la Sociedad Conyugal conformada por Arambulo De Cruz Benita y Luis Mario Cruz Atoche, para el predio con código catastral N° 34890 con área bajo riego de 0,87 ha, con agua proveniente del río Chira
Sancionar a Santos Wilmer Raymundo Giron, identificado con DNI Nº 09526632 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Valentín Chachapoyas Coronel, identificado con DNI Nº 2766061.6 por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Roberto Yovera Inga, identificado con DNI Nº 03657051 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Carmen Gutiérrez Valdez, identificado con DNI Nº 03497036 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Luis Alberto Sales Huanca, identificado con DNI Nº 03883965, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Ernesto Calle Palacios, identificado con DNI Nº 03675543, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Pedro Ignacio Sales Huanca, identificado con DNI N° 03606311, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Edilson Valladares Cruz, identificado con DNI Nº 03676150, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Olaya Veliz, identificado con DNI Nº 03638001, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Doroteo Curay Alama, identificado con DNI Nº 03623526, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Lis Gardenia Villegas Medina, identificado con DNI Nº 03684223, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Patrocinio Estrada de la Cruz, identificado con DNI Nº 03561842, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del
artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Santos Inga Castillo, identificado con DNI Nº 03670365, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Toribio Agurto Siancas, identificado con DNI Nº 03622152, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Raúl Pérez Alburqueque, identificado con DNI Nº 03610004, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Santos Facundo Farias Sandoval, identificado con DNI Nº 03662514 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Víctor Raúl Flores Camacho, identificado con DNI Nº 03619684 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Luis Alberto Yovera Inga, identificado con DNI Nº 03691244 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Heber Delgado Alburqueque, identificado con DNI Nº 03609533, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Ignacio Martínez Angulo, identificado con DNI Nº 09538449, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Abelino Rivas Macarlupu, identificado con DNI Nº 02723797, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por la Sra. Tejada Ventura, Marcelina y Piscoya Acosta Marcelino, para el predio con código catastral Nº 40731, proveniente del río Chancay Lambayeque.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sandoval Tejada, Abel, para el predio con códígo catastral Nº 107974, proveniente del río Chancay Lambayeque.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Falen Eneque, Manuel de la Natividad, para el predio sin código catastral, proveniente del río Chancay Lambayeque.
Otorgar licencias de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Suclupe Chapoñán, José Concepción, para los predios sin códigos catastrales, proveniente del río Chancay Lambayeque.
Otorgar la licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Jose Manuel Cubas Malea, para el predio "Cayalti y Anexos - Sorronto"; proveniente del río Zaña.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea, en vía de regularización, presentada por la empresa ESFIEL TOP INTERNATIONAL BUSINESS S.A., de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego Canal Paracoto-Huabal, según el plano que forma parte del expediente, el cual tiene un área bajo riego de 7,75 ha, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM Datum WGS84, zona 17M que se indican en el cuadro, el cual pertenece al Junta Administradora de Regantes Paracoto Huabal, políticamente en el distrito de Asunción, provincia de
Cajamarca y departamento Cajamarca.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Albaro Anacleto Manayalle Fernández, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, el Abandono del procedimiento administrativo sobre autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Declarar la improcedencia de acumulación del presente expediente administrativo, por los fundamentos previamente expuestos.
Declarar infundado el recurso de reconsideración presentado por Hernando Diego Francisco López de Romaña Dalmau, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer la acumulación de los expedientes administrativos signados con CUT 155038-2015, 155148 - 2015, al CUT: 155006-2015, por los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Rosa Amelía Villalobos de Bias, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Sr. Jose Felipe Yovera Paico, para el predio con código catastral Nº 37060; con un área total de 0. 741 ha, con agua proveniente del río Chira.
Modificar, la Resolución Administrativa Nº 63-GOB.REG.P.DRAP.AASL-ATDRSL, en el extremo que se otorga licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola a favor de Marcelino Carmen García, quedando redactado de la siguiente manera.
Sancionar a Ysidoro García Aguilar, identificado con DNI Nº 47823809, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Franklin Vásquez Cornejo, identificado con DNI Nº 03127369, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Henry Silupu Sernaqué, identificado con DNI Nº 02883044, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Sancionar a César Miguel Vega Zapata, identificado con DNI Nº 02878122, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Arturo Rengifo Weill, identificado con DNI Nº 02670857, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Asunción Becerra Vilela, identificado con DNI N° 02751801, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Florentino Umbo Cruz, identificado con DNI Nº 42207872, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Lilberto Yahuana Coello, identificado con DNI Nº 02878131, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.