R.D. N°. 4568-2016-ANA-AAA-JZ-V
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Sr. Teodoro Humberto Castillo Chapilliquen.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Sr. Teodoro Humberto Castillo Chapilliquen.
Sancionar a Rosa Elvira Ancajima Yovera, identificado con DNI Nº 41932938, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Florencio Imán Inga, identificado con DNI Nº 03598816, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a María Témpora Flores de Seminario, identificado con DNI Nº 03605214, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Carlos Jesús Seminario Flores, identificado con DNI Nº 47104898, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Nicolás Zurita Alverca, identificado con DNI Nº 03676819, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Hilton Carhuachinchay Sánchez, identificado con DNI Nº 03571566, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Nicolás Ordinola Lalupú, identificado con DNI N° 03616415, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Walter Alexander Ginocchio Eche, identificado con DNI Nº 03684554,por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Felix Higinio Majuan Huaman y Rosa Amelia Carrasco Pacherrez.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Sr. David Alexander Chavez Chapilliquen.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Sr. Raul Palacios Rondoy.
Sancionar a Alberto Alburqueque Castillo, identificado con DNI Nº 03862777, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Rebeca Reyes Aguirre, identificado con DNI Nº 03640291, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N º 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Segundo Valeriano Yamunaque Carmen.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola a favor de la sociedad conyugal conformada por García Palacios Odar y Ruiz Suyon María Viviana.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Yimy Rony Crisanto Salazar y Miriam del Pilar Hidalgo Valdiviezo.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de sociedad conyugal conformada por Julio Pulache Quispe y María Pulache Pulache de Pulache.
Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 138-2006- GOB.REG.P.DRAP.ATDRSL, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.
Aprobar a favor de la Municipalidad Distrital de Cayalti, con RUC 20396019826, el estudio de disponibilidad hídrica denominado estudio hidrogeológico para localización y diseño de un (01) pozo tubular con fines de uso poblacional .
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Clorinda Elvira Mosselli Vílchez y Jorge Armando Colina Vílchez.
Sancionar a Pedro Morán Lizano, identificado con DNI Nº 10497506, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Pedro Sánchez Fuentes, identificado con DNI Nº 03585670, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Santos Guillermo Mendoza Risco, identificado con DNI Nº 03673207, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Miguel Octavio Cevallos Zapata, identificado con DNI Nº 03635580,por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Miguel Octavio Cevallos Zapata, identificado con DNI Nº 03635580, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Miguel Octavio Cevallos Zapata, identificado con DNI Nº 03635580, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Miguel Octavio Cevallos Zapata, identificado con DNI Nº 03635580, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Neptalina Castillo Socola, identificado con DNI Nº 80372278, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Lejabo Sócola, identificado con DNI Nº 03614954, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.·
Sancionar a Teodoro Rivas Flores, identificado con DNI Nº 03477753, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Rodolfo Durand Mogollón, identificado con DNI Nº 03475775, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Manuel Jesús Jumbo Baca, identificado con DNI Nº 03640546, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Alfredo Valladarez Aguirre, identificado con DNI Nº 03615797, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Jovin López Peña, identificado con DNI Nº 03616234, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Antenor Farías Atoche, identificado con DNI N° 03616425, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Sancionar a Ynocencio Anastacio Castillo, identificado con DNI Nº 41539345, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Ovidio Chinchay Guerra, identificado con DNI Nº 03615005, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Yoel Orlando Gonzales Mendoza, identificado con DNI Nº 46381983, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Hipólito Semillán Gómez, identificado con DNI Nº 02872468, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Fredy Farfán Esteves, identificado con DNI Nº 03879000, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Nelson Rivera Córdova, identificado con DNI Nº 08585222, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a María Eva Neyra Neyra, identificado con DNI Nº 44761707, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Manuel Jesús Carreño Espinoza, identificado con DNI Nº 03560494, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Gian Carlos Inga Inga, identificado con DNI Nº 48452837, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoriad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Claudio Salomón Cruz Benites, identificado con DNI Nº 03581433, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Alfredo Calderón Saavedra, identificado con DNI Nº 03580917, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Santos Emilio Panta Ruesta, identificado con DNI Nº 03593847, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Francisco Gallo Castillo, identificado con DNI Nº 03566078, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Parcemón Núñez Farfán, identificado con DNI N° 03633058, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.