RD 2680-2015-ANA-AAA JZ-V
Declarar infundado, el recurso de reconsideración presentado Juan Rodolfo Reyes Roldan, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar infundado, el recurso de reconsideración presentado Juan Rodolfo Reyes Roldan, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar el error material advertido en la resolución Directoral No. 1112-2015-ANA-AAA-JZ-V modificándose artículo 2do.
Rectificar el error material advertido en la resolución Directoral No. 1112-2015-ANA-AAA-JZ-V modificándose artículo 2do.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Marco Tulio Díaz Caceda contra la resolución administrativa N° 012-2013-ANA-AAA.V.JZ/ALAJ.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío caserío de Nueva Alianza, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío caserío la Cría de San Pablo, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío caserío El Palmo, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a favor de Luisa Virginia Rodriguez Moncada y Maria Alicia Pizarro Rodriguez y otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial para uso poblacional, para el proyecto denominado "Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable e instalación del servicio de saneamiento básico en la localidad de Lobayacu- distrito Uchiza, provincia Tocache- Región San Martín", a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del centro poblado de Loboyacu, de la fuente de agua de la quebrada Loboyacu.
MODIFICAR el artículo primero de la Resolución Directoral N° 157-2011-ANA-DARH, de fecha 11 de noviembre de 2011, debiendo quedar como sigue: ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial del río Huallaga con fines de uso productivo-energético, para el proyecto denominado "Central Hidroeléctrica Chaglla"; a favor de la Empresa de Generación Huallaga S.A.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial para Uso Poblacional del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Disposición Sanitaria de Excretas en las Parcialidades Vaquería y Buena Vista, Distrito Huacullani – Chucuito - Puno”, presentado por el Ing. José Moisés Mera Berrios, Jefe del Proyecto del Consorcio CONHYDRA//HYDRA, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 260-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT, que forma parte del expediente administrativo
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Subterránea para pozo artesanal con fines poblacionales del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del servicio de Agua Potable y Disposición Sanitaria de Excretas en el Sector Huisa Vilcanqui de la Comunidad Campesina San Juan de Aracachi, Distrito Kelluyo– Chucuito - Puno”, presentado por el Ing. José Moisés Mera Berrios, Jefe del Proyecto del Consorcio CONHYDRA//HYDRA en representación de CONHYDRA Perú - Gestores de Servicios Públicos, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 279-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT, que forma parte del expediente administrativo
Declarar el abandono del procedimiento, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de pequeños proyectos, presentado por el Ing. Carlos López Loja, con CUT. N° 61714-2015, en aplicación del artículo 191º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, debiéndose devolver los actuados cuando el interesado se apersone a reclamarlos, dejándose copias fedateadas en autos
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial para el proyecto “Instalación del Servicio de Agua Potable y Disposición Sanitaria de Excretas en los Sectores Siquicausilluma, Kamani y Central Vilachave II de la Comunidad Campesina Vilachave Distrito Huacullani– Chucuito - Puno”, presentado por el Ing. José Moisés Mera Berrios, Jefe del Proyecto del Consorcio CONHYDRA//HYDRA en representación de CONHYDRA Perú - Gestores de Servicios Públicos, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 257-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT, que forma parte del expediente administrativo
Autorizar a Mely Domitila Berru Juarez de Najar la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica superficial para el desarrollo del proyecto "Construcción del sistema de agua potable y eliminación de excretas en el Centro Poblado de Palominos y Cruce de Vega.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a favor de Quispe Juarez Amador y otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola.
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS Sector “Anta Alta” del Centro Poblado de Sullca” del Distrito y Provincia de Moho, Departamento de Puno, para aprovechar un volumen anual de hasta 4416 m3 de agua, equivalente a un caudal de hasta 0.14 l/s, proveniente de los manantiales “Pakani Parki” y “Joconi Parki”, y, de acuerdo al detalle del Informe Técnico Nº 247-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT que es parte integrante del expediente administrativo
Absolver a Filiberto Silva Saldarriaga, de los cargos atribuidos en la notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar la resolución directoral No. 1625-2015-ANA-AAA-JZ-V, en lo que respecta al sexto considerando debiendo quedar de la siguiente manera.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Agropecuaria Pelados S.R.L contra la resolución administrativa No. 004/2012.Ana-Ala.San Lorenzo la misma que se confirma en todos sus extremos.
Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales, en vía de regularización, a favor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Jarpa; que le faculta el uso de un volumen anual de agua de hasta 26 806 m3 equivalente a un caudal total de 0.85 l/s proveniente del manantial Puquio.
Acreditar la disponibilidad hidrica solicitada por la Municipalidad Distrital de El Carmen, con fines poblacionales que certifica la existencia de los recursos hídricos en el punto de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto "MEJORAMIENTO Y AMPLlACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y LETRINAS SANITARIAS EN LAS LOCALIDADES DE ARMA, PAUCARBAMBILLA, CHANCHARA y LARCAY, DISTRITO DE ELCARMEN CHURCAMPA-HUANCAVELlCA".
Aprobar el estudio de delimitación de la faja marginal del rio Shullcas - margen derecha en el tramo comprendido entre el hito H-01 hasta el hito H-04, en una longitud aproximada de 54,37 m.
OTORGAR, Autorización de Uso de Agua Superficial, con Fines de Ejecución de Obras del Proyecto denominado "Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano·, el mismo que será utilizado para el campamento RQ-CA-28 (consumo de personal, servicios higiénicos, lavandería, cocina, riego de caminos y áreas verdes).
AUTORIZAR, a la Empresa La Virgen S.A.C, la elaboración del Estudio destinado a la ejecución de obras en fuentes naturales de agua o infraestructura hidráulica multisectorial, para la elaboración del proyecto: "Construcción del Barraje para la Captación - Vertedero", ubicando en anexo Utcuyacu, distrito San Ramón, provincia Chanchamayo, Departamento Junín.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS de la localidad Sauce Alto, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío Camino Real, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío Santa Cruz, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío de san pedro, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de servicios de Saneamiento - JASS del Caserío Mary de San Pablo, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - Jass del caserío el Carmen de Curilcas, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del Caserío Nuevo Yamanguito Centro Poblado de Cumbicus Alto, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Autorizar en vía de regularización, a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del caserío de Santa Lucia, la ejecución de las obras de la infraestructura de captación de agua superficial.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a favor de Tezen Sosa José Santos y otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola a favor de Violeta Carmen Seminario para el predio denominado 21 Huascar Lote 1.
ACREDITAR la Disponibilidad Hídrica para el desarrollo del proyecto "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del CC.PP. San Cristóbal, Distrito de Pangoa - Satipo - Junín", proveniente del río Janeiro, solicitado por la Junta Administradora de Servicio de Saneamiento - JASS San Cristóbal Pangoa, ubicado en el Centro Poblado San Cristóbal, distrito Pangoa, provincia Satipo, región Junín.
OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Doméstico- Poblacional, para satisfacer el uso personal, doméstico y de pequeñas actividades de subsistencia a favor del señor Severo Reyes Chuquichayco identificado con DNI N° 20592241, proveniente del manantial "Fuente de Vida" a través de la infraestructura de captación autorizada, ubicado en el ámbito del Anexo San Isidro del Centro Poblado Los Ángeles de Ubiriki, distrito de Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin, con volúmenes mensuales y anuales.
Declarar Improcedente, Delimitación de Faja Marginal de la margen izquierda de la Laguna Yarinacocha y margen derecha de la Quebrada Pacacocha, ubicado en el Caserío Las Brisas del distrito Yarinacocha, provincia Coronel Portillo, departamento Ucayali.
DECLARAR IMPROCEDENTE, lo solicitado por el administrado Jesús Alcides Ríos Riera, .sobre el procedimiento administrativo de Delimitación de Faja Marginal de un tramo del río Palcamayo colindante con su predio, ubicado en la Carretera Central SIN en el paraje denominado Chullqui, ubicado en el distrito Tarma, provincia Tarma, región Junín, debido a que el expediente administrativo no cumple con el estudio de Delimitación de Faja Marginal de acuerdo a lo establecido en el Anexo 1 del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales, aprobado mediante Resolución Jefatura! Nº 300-2011-ANA y por los considerandos expuestos en la presente Resolución Directoral.
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Agua Potable, JASS, del Sector de Castilluma y Quequesa, del Centro Poblado de Mallcusuca, del Distrito y Provincia de Moho, para aprovechar un volumen anual de hasta 7263 m³ de agua, equivalente a un caudal de hasta 0.23 l/s, proveniente de los manantiales ”Kiscacollo” “Umajalsu Pampa I”, “Umajalsu Pampa 2” y “Chaqueri Pampa”, ubicados en el Distrito y Provincia de Moho, Departamento de Puno y, de acuerdo al detalle del Informe Técnico N° 222-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT que es parte integrante del expediente administrativo
Otorgar Licencia de Uso de Agua superficial con fines poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento – JASS, “Huayllacunka”, Centro Poblado de Sullca, Distrito y Provincia de Moho, Región Puno, para aprovechar un volumen anual de hasta 6308 m³/año, equivalente a un caudal de hasta 0.20 l/s, proveniente del Manantial “Jacha Puno puno” y, de acuerdo al detalle contenido en el Informe Técnico N° 246-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT que es parte integrante del expediente administrativo
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS “Anta Bajo”, para aprovechar un volumen total de hasta 2,202 m3/año, equivalente a un caudal máximo diario de Q=0.07 l/s, ubicado en el Distrito y Provincia de Moho, Región Puno, y, de acuerdo al detalle del Informe Técnico Nº 286-2015-ANA-AAA.SDARH.TIT que es parte integrante del expediente administrativo
SANCIONAR a la ASOCIACIÓN "FUENTE DE VIDA ALTO AHUASHIYACU", con Amonestación Escrita por las infracciones en materia de recursos hídricos calificadas como leve, por haber construido sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua otra captación de agua modificando su derecho de uso de agua otorgado, y además de haber sustraído provisionalmente el agua otorgada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DE LAS PAMPAS DE SANANGUILLO.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración presentado por Peru Fres Fruits & Vegetables S.A.C. por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución la misma que se confirma en todos sus extremos.
Autorizar en vía de regularización a Odebrecht Latinvest Operaciones y Mantenimiento S.A.C. la ejecución de la obra correspondiente al proyecto "Corredor Vial Amazonas Norte - Carretera Iirsa Norte tramo 5 (Piura - olmos")
Autorizar en vía de regularización al consorcio Nor Andino, la ejecución de estudios para la ejecución de obras en fuente natural de agua para el desarrollo del proyecto denominado "Instalación de los servicios de protección en ambas márgenes del rio Jequetepeque del sector Lache Grande al Sector Seman, distrito de Jequetepeque y Guadalupe provincia de Pacasmayo”
Autorizar en vía de regularización al Gobierno Regional de Tumbes, la ejecución de los estudios para la ejecución de obras en fuente natural de agua para el desarrollo del proyecto denominado "Instalación de los servicios de protección margen derecha del rio tumbes sector Captación Puerto el Cura Pampagrande del distrito, provincia y Región Tumbes.
Autorizar a Fideicomiso de Gestión y administración de activos y Pasivos Fiducia - Cayalti la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea sin perforación para el desarrollo del proyecto "Determinación de la Disponibilidad hídrica subterránea en los sectores Culpon y Chumbenique de la empresa Agroindustrial Cayalti S.A.A."
ACREDITAR la Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial de el Manantial Pasioniyog, comprendido en el Estudio de Aprovechamiento Hídrico de el Proyecto "AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE UTAO, DISTRITO DE CHURUBAMBA - HUÁNUCO - HUÁNUCO", elaborado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHURUBAMBA.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica de agua superficial para uso poblacional, para el proyecto denominado "Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Agua Potable, Instalación del Servicio de Alcantarillado y Disposición Sanitaria de Excretas de la Localidad de Pagshag, distrito de Churubamba -Huánuco- Huánuco", de la fuente de agua de los manantiales Puquiosuti y Alqapuquio.
ANCIONAR a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL DE AGUA POTABLE DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS ELIAN KARP, LA VICTORIA, MIRADOR BRISAS DE LA MOLINA, PACHACUTEC, DOS DE DICIEMBRE, SATÉLITE Y NUEVA AMISTAD- DECAPO, con Amonestación Escrita por las infracciones en materia de recursos hídricos calificadas como leve, por haber construido una obra de captación sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, y por haber usado el agua de otra captación distinta a su derecho de uso de agua otorgado.