R.D. N°4716-2016-ANA-AAA-JZ-V
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Lizana Sunción José del Carmen, para el predio denominado Santa Catalina, proveniente del río Chiniama
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sánchez Maza Jesús Manuel, para el predio denominado Santa María, proveniente del río Chiniama
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sánchez Huamán Luciano Félix para el predio denominado Señor de los Milagros-San José-Esperancita, proveniente del río Chiniama
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sánchez Ramos Fediberto, para el predio denominado Amparo, proveniente del río Chiniama
Otorgar licencias de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por López Sánchez Cristóbal y Carrasco Serquén Mercedes, para los predios denominados San Cristóbal, proveniente del río Chiniama
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Calderón Manayay Juan Marcial.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso poblacional a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Ñaupe.
Declarar improcedente la solicitud de formalización de licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, presentada por Quiroz Espinal Secil, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, el Abandono del procedimiento administrativo sobre regularización de licencia de uso de agua subterránea con fines agrícolas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola a favor de Dioses Peralta Gaby Paola.
Autorizar al Consorcio Saneamiento Norte, la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea sin perforación de pozo, ubicada en la localidad de Somate Bajo.
Autorizar al Consorcio Saneamiento Norte, la ejecución de estudios de disponibilidad hidrica subterránea sin perforación de pozo.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Sr. Raul Palacios Rondoy.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Jackeline Mariela Paredes Medina.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Elmer Dali Maldonado Pacheco y Jenny Raquel Muñoz Porras.
Sancionar a Martínez Otero José Ignacio, identificado con DNI Nº 02627754 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar a favor de la Municipalidad Distrital de Montero, el estudio de disponibilidad hídrica para el proyecto denominado "Mejoramiento del Servicio de Agua e Instalación del Servicio de Letrinas en los Sectores de Aradas de Chonta, Lanche y Naranjo de Chonta, Comunidad Campesina de Chonta, distrito de Montero, Provincia de Ayabaca - Piura
Declarar en abandono del procedimiento administrativo sobre autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para la obtención de licencia de agua subterránea para uso poblacional, por razones expuestas en la parte considerativas de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Declarar en abandono del procedimiento administrativo sobre autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para la obtención de licencia de agua subterránea para uso poblacional, por razones expuestas en la parte considerativas de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Declarar en abandono del procedimiento administrativo sobre autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para la obtención de licencia de agua subterránea para uso poblacional, por razones expuestas en la parte considerativas de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Declarar en abandono del procedimiento administrativo sobre autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para la obtención de licencia de agua subterránea para uso poblacional.
Aprobar, a favor de Grados Rodríguez Arlita Renee, el estudio de aprovechamiento hídrico subterráneo para la localización y diseño de un (01) pozo a tajo abierto con código IRHS Nº 397.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, a favor de FUNDO AGRICOLA "LA JOYITA" E.l.R.L., con RUC Nº 20315134723, proveniente del pozo Tubular, de registro IHRS-369
0torgar, licencia de uso de agua subterránea para uso poblacional a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS del Caserío Trapiche de Bronce, del Distrito de Túcume, Provincia y Departamento de Lambayeque.
Aprobar a favor de la Municipalidad Distrital de La Unión, con RUC 20146722653, el estudio de disponibilidad hídrica denominado "Estudio Hidrogeológico para Localización y Diseño de un (01) Pozo Tubular con Fines de Uso Poblacional.
Otorgar Licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícoia, a favor de la sociedad conyugal conformada por Sánchez De Valdera, Juana Rosa y Baidera Cajusol Víctor.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Santamaría Zapata, Luís Osear.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Zeña Chapoñan, Juan Bautista.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la Sociedad conyugal conformada por Sandoval Tejada, Santos y Cajusol lnoñan, María Manuela.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sandoval Suclupe, Eleonor .
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sandoval Suclupe, María Rosalía.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Santamaría Chozo, Santos Segundo y Chapoñan de Santamaria María Mercedes.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Sandoval de Chapoñan, Julia.
Declarar improcedente la solicitud de Regularización de Licencia de Uso de Agua superficial, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Guanilo Coronado, Simona y Moreno Vílchez, Baltazar.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Chapoñán Vidaurre, Gilberto.
Sancionar a Flores Valencia María de los Milagros, identificada con DNI Nº 03673333 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a López Juárez Jorge Alexander, identificado con DNI Nº 42841198 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Farfán Esteves Fredi, identificado con DNI Nº 03879000 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Montero de Seminario Georginia Alicia, identificado con DNI Nº 03640049 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Espinoza Cueva Edith Jackeline, identificada con DNI Nº 03686372por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Felicia Juárez Carreño, identificado con DNI Nº 03570031 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Girón Juárez Humberto, identificado con DNI Nº 0361211 O por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Flores Valencia María Lucía, identificada con DNI Nº 02629003 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Gutiérrez Correa Alex Humberto, identificado con DNI Nº 42297878 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad
Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Maldonado Pacheco Elmer Dali, identificado con DNI Nº 07412198 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad
Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Felicia Juárez Carreño, identificado con DNI Nº 03570031 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Ramírez Morán Amelia, identificado con DNI Nº 42980996 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del
Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a María Tempora Flores de Seminario, identificada con DNI N° 03605214 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la
Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.