R.D. N° 02729-2017-ANA-AAA.CHCH
DENEGAR la solicitud respecto del procedimiento de Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea del Pozo IHRS 11-05-06-268, presentada por el señor Julio Cesar Pichling Rojas.
DENEGAR la solicitud respecto del procedimiento de Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea del Pozo IHRS 11-05-06-268, presentada por el señor Julio Cesar Pichling Rojas.
Modificar de oficio el artículo 2º de la Resolución Administrativa Nº 165-2017 ANA- AAA.JZ-ALA.CHL.
AUTORIZAR, a la Junta Administradora de Servicio de Agua y Saneamiento (JASS) del Centro Poblado "Huagal- Ashopata- La Manzana", Distrito de José Sabogal, Provincia de San Marcos, Departamento de Cajamarca, la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico de Agua Superficial con Fines Poblacionales, proveniente del manantial Ashopata La Manzana 01, para el desarrollo del proyecto: "Construcción y Ampliación del Sistema de Agua Potable, centro poblado de Huagal, distrito de José Sabogal, provincia San Marcos- Cajamarca". El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 827 568 E - 9 191 133 N, a una altitud de 3 404 msnm. Políticamente ubicados en el centro poblado Huagal, distrito José Sabogal, provincia San Marcos, región Cajamarca.
OTORGAR a favor de la Junta de Administración de Saneamiento de Servicios "JASS" de Agua del Sector Chaucharajra del Caserío de Chontabamba del Distrito de San Juan - Sihuas - Ancash; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, proveniente del manantial Chaucharajra; por un volumen anual de hasta 5 676,48 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,18 1/s. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18Sur: 217 924 E - 9 044 088 N, a una altitud de 3 532 msnm. El centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18 Sur: 217 284 E - 9 044 199 N, a una altitud de 3 399 msnm. Políticamente ubicado en el sector Chaucharajra, caserío Chontabamba, distrito San Juan, provincia Sihuas, región Ancash.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines de uso Productivo-Agrícola, proveniente del "Río Ica", a favor de la sociedad conyugal conformada por el señor Fernando Alejandro Calderón Morón, identificado con DNI N°21409379 y la señora Marcela Zoila Lupe Altamirano Taber de Calderón, identificada con DNI N°21409378, respecto al predio denominado "Parcela N°83" de U.C N°38512.
Modificar el artículo 2º de la Resolución Administrativa Nº 037-2017 ANA-AAA.JZ/ALAJ.
OTORGAR, en vías de regularización, Licencia de Uso de Agua Superficial con fines agrarios, a favor del señor Víctor Manuel Bolivar Divizzia, identificado con DNI N°21565607, por un volumen de 3,677 m3/año, proveniente del río "Ica", para irrigar el predio denominado "Escalaya" signado con U.C actual N°17295.
OTORGAR a favor de Peregrina Medina Azañero, Licencia de Uso de Agua Superficial, con Fines Agrícolas, por un volumen anual de hasta 3 457,73 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,26 l/s; proveniente del manantial Sunshoso y la quebrada Hornillo. El punto centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 789 983 E - 9 195 431 N. Políticamente ubicados en el sector Shidin, caserío Chuco, distrito Jesús, provincia y región Cajamarca.
APROBAR EL DESISTIMIENTO del procedimiento administrativo signado con CUT N° 147777-2017, seguido el señor Isidro Ccuno Condori, sobre la Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea.
Modificar el artículo 2º de la Resolución Administrativa Nº 074-2017-ANA-AAA.JZ/ALAJ.
OTORGAR, a favor del "Comité de Regantes San Juan de Pampas", Licencia de Uso de Agua con Fines Agrícolas, en Bloque, en vía de Formalización, proveniente del manantial San Juan de Pampas, por un volumen anual de hasta 106 325,76 m3, equivalente a un caudal de hasta 10,46 I/s. El punto de captación se ubica entre las coordenadas WGS 84 Zona 18 Sur: 307 527 E - 8 961 760 N, a una altitud de 3 781 msnm. El punto centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18 sur: 307 221 E - 8 961 883 N. En beneficio de ciento veintinueve (129) predios, perteneciente a ciento veintinueve (129) usuarios, con un área de riego de 12,5000 ha. Políticamente ubicado en el caserío San Juan de Pampas, distrito Chavín de Pariarca, provincia Huamalíes, región Huánuco.
OTORGAR, en vías de Regularización, Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Productivo- Agrario (Uso Agrícola), a favor de los señores Rigoberto Eduardo Mere Huamán, identificado con DNI N°21499564, Basílica Antonia AIbites Morón, identificada con DNI N°21500763, Angélica García Viuda de Mere, identificada con DNI N°21499033 y Juan Carlos Mere Yupanqui, identificado con DNI N°21500844, por un volumen anual de 2,247 m3 proveniente del río "Ica", para irrigar el predio denominado "Carlos Mere Vásquez", signado con U.C N°45106.
OTORGAR, a favor del "Comité de Regantes Runtog Yurag Yacu", Licencia de Uso de Agua con Fines Agrícolas, en Bloque, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 112 127,90 m3, equivalente a un caudal de hasta 11,76 1/s, proveniente del manantial Yurag Yacu. El punto de captación se ubica entre las coordenadas WGS 84 Zona 18 Sur: 307 786 E - 8 955 880 N, altitud 3 903 msnm. El punto centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18 Sur: 305 650 E - 8 955 504 N. En beneficio de cincuenta (50) predios, perteneciente a cuarenta y seis (46) usuarios, con un área de riego de 16,30 ha. Políticamente ubicado en el caserío Queropata, distrito Chavín de Pariarca, provincia Huamalíes, región Huánuco.
Modificar el artículo 2º de la Resolución Administrativa N° 075-2017 ANA-AAA.JZ-ALAJ.
OTORGAR, a favor del “Comité de Regantes Cunash", Licencia de Uso de Agua con Fines Agrícolas, en Bloque, en vía de Formalización, proveniente del manantial Chicchi Huayin, por un volumen anual de hasta 205 498,08 m3, equivalente a un caudal de hasta 11,50 l/s. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18 Sur: 306 492 E - 8 957 635 N, a una altitud de 3625 msnm. El punto centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18 Sur: 305 999 E - 8 957 771 N, a una altitud de 3504 msnm. En beneficio de sesenta y nueve (69) predios, perteneciente a sesenta y nueve (68) usuarios, con un área de riego de 39,49 ha. Políticamente ubicado en la localidad Chavín de Pariarca, distrito Chavín de Pariarca, provincia Huamalies, región Fluánuco.
DECLARAR el abandono del procedimiento administrativo signado con CUT N°160092-2015, seguido por la señora Gloria Amparo Morón Huamán en representación del señor Luis Hermilio Morón Palomino, sobre Formalización de Licencia de Agua Subterránea del pozo IRHS 11.01.08-510.
Aprobar a favor de CONSORCIO BERNAL, el estudio de Aprovechamiento de Recursos Hídricos para la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea para el proyecto denominado: "Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento del Distrito de Bernal.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS del caserío El Tambo, del distrito de Huancabamba, provincia de Huancabamba, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 2 838,24 m3 equivalente a un caudal de hasta 0,09 1/s, proveniente de la quebrada Shita. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 667 608 E — 9 423 614 N, a una altitud de 2 691 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 668 022 E — 9 423 243 N, políticamente ubicado en el caserío El Tambo, distrito Huancabamba, provincia Huancabamba, región Piura.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS del caserío El Tambo, del distrito de Huancabamba, provincia de Huancabamba, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 2 838,24 m3 equivalente a un caudal de hasta 0,09 1/s, proveniente de la quebrada Shita. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 667 608 E — 9 423 614 N, a una altitud de 2 691 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 668 022 E — 9 423 243 N, políticamente ubicado en el caserío El Tambo, distrito Huancabamba, provincia Huancabamba, región Piura.
Modificar el artículo 2º de la Resolución Administrativa Nº 033-2005- GOB.REG.PIURA-DRA-P-APP-ATDRMBP.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS de la comunidad Nativa Shushug, del distrito de Imaza, provincia de Bagua, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 31 851,36 m3, equivalente a un caudal de 1,01 l/s, proveniente de la quebrada Shushug. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 797 112 E 9 421 948 N, a una altitud de 481 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 796 726 E — 9 424 410 N, políticamente ubicado en la comunidad Shushug, distrito lmaza, provincia Bagua, región Amazonas.
AUTORIZAR a la Compañía Minera Ares S.A.C., con RUC N° 20192779333, el Uso de Agua Superficial, para el proyecto de Exploración Minera Fresia, cuyo punto de captación es la Quebrada Chillhua y la Quebrada Uchurumi, tributantes del Rio Acarí.
Aprobar la modificación de la delimitación del Sector Hidráulico Menor Chancay Lambayeque - Clase A, aprobado mediante la Resolución Directora! Nº 3295-2015-ANA-AAA JZ-V, rectificada con la Resolución Directora! Nº 908-2016-ANA-AAA-JZ-V y modificada por la Resolución Directora! Nº 2251-2016- ANA-AAA JZ-V, específicamente respecto al sub Sector Hidráulico La Ramada - Chongoyape.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS de la comunidad de La Rinconada, del distrito de Lajas, provincia de Chota-Cajamarca, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 9 460,80 m3, equivalente a un caudal de 0, 30 1/s, proveniente de los manantiales: Don Herminio y Don Braulio. Los Puntos de captación se encuentran ubicados entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur detallados en el cuadro N° 01. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 750 880 -9 273 184 N, políticamente ubicado en el caserío Las Animas, distrito Lajas, provincia Chota, región Cajamarca.
RECTIFICAR de oficio, el error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 2165-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 26.09.2017, en el extremo de las unidades de medida en cuanto al volumen, el caudal y el total, los cuales deberán ser expresados en Hm3, (I/s) y Hm3/año respectivamente.
Prorrogar, la ejecución de las obras autorizadas mediante Resolución Directoral N° 170-2015-ANA-AAA-JZ-V y prorrogada mediante Resolución Directora! Nº 5049-2017-ANA-AAA JZ-V por un 1 plazo de dos (02) años, contados a partir del día 24 de enero del 2019 hasta el 24 de enero del 2021 en lasmismas condiciones técnicas;
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de García Palacios Celestino, y las sociedades conyugales conformadas por: Zeta Navarro Santiago y Cherrez Córdova Rosa; Calderón Arévalo Alises y Bermejo Córdova Luis; Calderón Arévalo Ruth y Córdova Bermejo José Eladio; Adanaqué
de Ramos Luz María y Ramos Sernaqué Carmen; Lázaro Rivas Jesús y Rómulo Crisanto Esteves.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS de la comunidad de Wachapea, del distrito de Imaza, provincia de Bagua, región Amazonas, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 22 075,20 m3, equivalente a un caudal de 0, 70 1/s, proveniente de la quebrada Yukum Entsa. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 802 086 E — 9 429 654 N, a una altitud de 320 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 801 723 E- 9 429 773 N, políticamente ubicado en la comunidad Wachapea, distrito Imaza, provincia Bagua, región Amazonas.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS de la comunidad de Wichim del distrito de Imaza, provincia de Bagua, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 9 776,16 m 3, equivalente a un caudal de 0,31 l/s, proveniente de la quebrada Pilla Entsa. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 794 573 E — 9 416 177 N, a una altitud de 483 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 793 724 E — 9 416 331 N, políticamente ubicado en la comunidad Wichim, distrito lmaza, provincia Bagua, región Amazonas.
OTORGAR en vía de regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso agrario a favor de la Comunidad Campesina de Santiago de Chocorvos, sector de Cuquia, distrito de Santiago de Chocorvos, provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica, para aprovechar un volumen anual del Bloque de Lambrasccocha Puccahualan, provenientes del Manantial Lambrasccocha – Pucahualan.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Enrique lmanol More Calle.
OTORGAR a favor del Consejo Directivo de Junta Administradora del Servicio de Saneamiento "Almendro" (JASS) del Caserío Almendro del Distrito de lmaza - Chiriaco, provincia de Bagua, Región Amazonas, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 5 676,48 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,18 l/s, proveniente de la quebrada Almendro. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 796 240 E — 9 413 854 N a una altitud de 775 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 791 029 E — 9 417 261 N, a una altitud de 506 msnm, políticamente ubicado en el caserío Almendro, distrito 'maza - Chiriaco, provincia Bagua, región Amazonas.
Autorizar, a Claudia Fiorella Castañeda Mendoza, la Ejecución de Obras Mínimas de Descolmatación del cauce del río Zaña.
OTORGAR en vía de regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS) del Anexo de Amaylla del distrito de San Juan, provincia de Castrovirreyna y departamento de Huancavelica, para aprovechar un volumen anual del Manantial "Seclla".
Declarar improcedente el recurso de apelación presentado por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A., c9ntra la Resolución Administrativa Nº 085-2017-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ, por haberse presentado de forma extemporánea.
AUTORIZAR, a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS del Caserío de Nuñumabamba - Parte Baja, del Distrito de Cajabamba, Provincia de Cajabamba, la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico de Agua Superficial con Fines Poblacionales, proveniente de los manantiales: El Cementerio y Los Higuerones, para el desarrollo del proyecto: "Abastecimiento de Agua para los Servicios de Agua Potable y Saneamiento Básico del sector Nuñumabamba Parte Baja mediante las Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS Nuñumabamba Parte Baja - Distrito Cajabamba-Cajamarca"; políticamente ubicados en las localidades Nuñumabamba y Huarhuarpampa, distrito y provincia Cajabamba, región Cajamarca.
OTORGAR en vía de regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS) del Anexo de Maleo, distrito de Pullo, provincia de Parinacochas y departamento de Ayacucho, para aprovechar un volumen anual del Manantial "Chucpeca Tornahuanca".
AUTORIZAR a la Empresa Agrícola Andrea S.A.C., la Ejecución de Obras para la Perforación de un (01) pozo tipo tubular, en remplazo del pozo IRHS-11-01-03-73, ubicado en el sector Tallamana, distrito de Los Aguijes, provincia y departamento de Ica.
Declarar improcedente el recurso de apelación presentado por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A., contra la Resolución Administrativa Nº 084-2017-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ, por haberse presentado de forma extemporánea.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del caserío Huacacuro, distrito de Chirinos; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, proveniente del manantial El Pato; por un volumen anual de hasta 27 751,68 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,88I/s. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 727 197 E - 9 413 260 N, a una altitud de 1 778 msnm. El centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 9 412 877 N - 729 683 E, a una altitud de 1 780 msnm. Políticamente ubicado en el caserío Huacacuro, distrito Chirinos, provincia San Ignacio, región Cajamarca.
Declarar improcedente el recurso de apelación presentado por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A., contra la Resolución Administrativa Nº 086-2017-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ, por haberse presentado de forma extemporánea.
DECLARAR infundado el recurso de reconsideración presentado por Luis Malca Jaúregui, representante legal de Minera Yanacocha S.R.L., contra la Resolución Directoral N° 2234-2016-ANA-AAA.M, de fecha 30 de diciembre de 2016; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
AUTORIZAR a la Empresa Manuelita FYH S.A.C., la Ejecución de Obras para la Perforación de un (01) pozo Mixto, en remplazo del pozo IRHS-11-01-03-39, ubicado en el sector Yaurilla, distrito de Los Aguijes, provincia y departamento de Ica.
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor Rafael Elciario Castro Barreda, contra la Resolución Directoral N°1973-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 13.09.2017, dejándola sin efecto legal alguno.
APROBAR la "Delimitación de la Faja Marginal del Río Utcubamba, sector Cerezo, distrito de San Jerónimo, provincia de Luya, región Amazonas", margen izquierda, en un ancho mínimo de 4,00 m, en una longitud de 129,52 m; colindante con el predio "La Choza", solicitado por Emerson Vilca Yalta.
Absolver, a Segundo Prospero Ortiz Jave, de las infracciones establecida en el numeral 5) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 concordado con el literal o) del artículo 277° de su Reglamento, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, disponiéndose su archivo.
ARCHIVAR el presente Procedimiento Administrativo Sancionador seguido contra la CAU Luis Gerónimo De Cabrera Ltda, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
OTORGAR a favor de la Junta Directiva de los Servicios de Saneamiento (JASS) del Sector La Lima, del distrito de Querocoto y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, proveniente del manantial El Peón; por un volumen anual de hasta 6 622,52 m 3, equivalente a un caudal de hasta 0,21 l/s. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 705 736 E -9 298 672 N, a una altitud de 2 421 msnm. El centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 706 037 E - 9 298 248 N, a una altitud de 2 317 msnm. Políticamente ubicado en el sector La Lima - Parte Alta, distrito Querocoto, provincia Chota, región Cajamarca.
Declarar improcedente el recurso de ap~a'Ción" presentado por la Entidatí' Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A., contra la Resolución Administrativa Nº 087-2017-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ, por haberse presentado de forma extemporánea.