R.D. N° 0541-2023-ANA-AAA.HCH
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Declarar improcedente la petición de formalización de derecho de uso de agua con fines agrarios solicitada por el “Comité de Usuarios de Agua Ccochapampa – Ccaranacc - San Miguel de Mayocc”, del manantial “Ccochapampa - Succllay” dentro de los alcances de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA; los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 3361-2215-ANA-AAA-JZ-V, de fecha 11 de noviembre del 2015, a favor de Rosario Santisteban Marcelo De Suclupe, Pedro Suclupe Santisteban, María Dora Suclupe Santisteban, María Jobina Suclupe Santisteban, María Sabina Suclupe Santisteban, Manuel Del Sacramento Suclupe Santisteban, Gabino Suclupe Santisteban, María Delia Suclupe De Wiman, Francisca Suclupe Santisteban, Martina Suclupe Santisteban, María Elvira Suclupe Santisteban y Salustiano Suclupe Santisteban, para el predio con U.C. 24612 de 5.39 ha.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Declarar improcedente la petición de formalización de derecho de uso de agua con fines agrarios solicitada por el “Comité de Usuarios de Agua Yacuchayucc - Ccaranacc - San Miguel de Mayocc”, de los manantiales: “Yacuchayucc 1 y 2” dentro de los alcances de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, superficial, Resolución Administrativa N° 0301-2005-AG-INRENA/ATDRCH-L, de fecha 20/05/2005, otorgada a favor de GROSSO FERNANDEZ, FELIPE EDUARDO, respecto a la unidad operativa Cod: 23237, TAMARINDO.
Artículo 2º.-
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador instruido por la Administración Local de Agua Huaraz contra el señor Juan Rodríguez Tamayo, por existir deficiencias en el desarrollo instructivo del procedimiento a cargo de la Administración Local de Agua Huaraz, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Prorrogar la vigencia del plazo establecido en la Resolución Directoral N° 0356-2022-ANA-AAA.MAN de fecha 06 de julio de 2022, hasta por doce (12) meses, en cuyo periodo además se debe respetar el caudal ecológico aprobado mediante la Resolución Directoral N° 256-2022-ANA-AAA.MAN de 20.05.2022.
Declarar improcedente la solicitud de modificación de licencia de uso de agua otorgada mediante Resolución Administrativa N° 0120- 2017-ANA-ALA-MOCHEVIRU-CHAO, rectificada con Resolución Administrativa N° 0204-2022-ANA-AAA-IVHUARMEY-CHICAMA/ALA.MVCHAO, formulada por Virú S.A. identificada con RUC N° 20373860736, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia disponer el archivo del presente procedimiento.
Modificar la asignación volumétrica de agua, incrementando el volumen contenido en el artículo segundo de la Resolución Directoral N° 0344-2019-ANA- AAA X MANTARO y el nombre de la Unidad de riego N° 3 Marayvilca, Toma T-2.
Declarar improcedente la petición sobre acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, solicitado por el Consorcio Vial Ninacaca - Huachon en el marco del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA NINACACA – HUACHON, PROVINCIA DE PASCO – REGION PASCO”, el argumento se encuentra expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud de modificación de licencia de uso de agua otorgada mediante Resolución Directoral N° 0754-2014-ANA-AAA IV H CH y actualizada con Resolución Administrativa N° 0181-2017-ANA-AAA-IV-HUARMEYCHICAMA/ALA.MVCHAO, formulada por Virú S.A. identificada con RUC N° 20373860736, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia disponer el archivo del presente procedimiento.
OTORGAR Autorización de Uso de Agua Superficial a favor de CHINA CIVIL ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU con RUC N° 20604269009 por un plazo de diez (10) meses, proveniente del Rio Santa; para la ejecución de obras del proyecto: “Mejoramiento de la Carreta Shupluy – Primorpampa – Bellavista – Anta – San Isidro – Poncos – Kochayoc – Chaclahuain – Oratorio – Pampamarca – Putaca - ubicada en el Distrito de Shupluy, Provincia de Yungay, Departamento de Ancash”.
Modificar la asignación volumétrica de agua, incrementando el volumen contenido en el artículo segundo de la Resolución Directoral N° 0466-2018-ANA- AAA X MANTARO y el nombre de la Toma N°1 Condorpaccha (0+052).
Declarar improcedente la solicitud de modificación de licencia de uso de agua agua otorgada mediante Resolución Administrativa N° 0121-2017-ANA-AAA-IVHUARMEY-CHICAMA/ALA.MOCHE VIRU CHAO, formulada por Virú S.A. identificada con RUC N° 20373860736, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la Pte. resolución; en consecuencia disponer el archivo del presente procedimiento.
Modificar la asignación volumétrica de agua, incrementando el volumen contenido en el artículo segundo de la Resolución Directoral N° 0048-2019-ANA- AAA X MANTARO y el nombre de la Unidad de Riego N° 9 Pantipampa, Toma T-1.
Autorizar a favor de la Unidad Ejecutora “Fondo Sierra Azul” del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la ejecución de las obras en las fuentes naturales de agua: i) Chontas Qocha; ii) Islaqocha; iii) Carmenqocha; iv) Qoiso Qocha; v) Mataraqocha y vi) Ñahuimpuquio, consistente en la construcción de seis (06) diques, en el marco del proyecto denominado: “Reparación de Qochas (exclusivo para N.E.); en (la) infraestructura natural del territorio hídrico productivo Chontas Qocha del distrito de Marcas, provincia Acobamba, departamento Huancavelica”.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial del rio Cascas, a favor de la Junta Administradora de Agua Potable de Shirapampa Shancayan, del distrito de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, mediante la cual se acredita la existencia de un volumen de agua hasta un volumen de 279 408 m3 satisfaciendo así la demanda proyectada para fines poblacionales de su proyecto “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario del barrio Huacrajirca, Sancayan, distrito de Independencia-provincia de Huaraz-departamento de Ancash”.
Autorizar a favor de la Unidad Ejecutora “Fondo Sierra Azul” del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la ejecución de las obras en las fuentes naturales de agua: i) Sonqoqocha; ii) Yanaqocha; iii) Potoqocha y iv) Chaupiqocha, consistente en la construcción de cuatro (04) diques, en el marco del proyecto denominado: “Reparación de Qochas (Exclusivo para N.E); en el (la) infraestructura natural del territorio hídrico productivo Sonqoqocha del distrito de Pomacocha, provincia Acobamba, departamento Huancavelica”.
OTORGAR Autorización de Uso de Agua Superficial a favor de SAN ROQUE FM S.A.C. con RUC N° 20508387068 por un plazo de cuatro (04) meses, proveniente del Rio Mancos; para la ejecución del Estudio de “Cálculo de las Reservas del Titular Minero SAN ROQUE FM S.A.C. en la Concesión Minera Fernando Antonio F., ubicado en el distrito de Mancos, provincia de Yungay, Departamento de Ancash”.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, superficial, Resolución Directoral N° 3008-2017 ANA-AAA JZ V, de fecha 06/12/2017, otorgada a favor de CORNETERO TELLO, EDUARDO, respecto a la unidad operativa SAN JUAN. .
Sancionar a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS – Huancapite, por única y última vez con una sanción administrativa de amonestación escrita, al haberse configurado la comisión de la infracción LEVE, tipificada en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordantes con el literal “a” del artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en “usar las aguas del manantial Tancayllo Huaycco 1 y 2, sin el correspondiente derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua”; los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
RETROTRAER el Procedimiento Administrativo Sancionador instruido por la Administración Local de Agua Huaraz contra el señor Mariano Arteaga Losza, hasta el momento de la Notificación N° 0008-2022-ANA-AAA.HCH-ALA.HZ., de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar al señor Eusebio Espinoza Sánchez, con una multa equivalente a cero coma cinco (0,5) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción LEVE, tipificada en el numeral 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "f” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: “Ocupar el cauce del río Cachi con montículos de material de acarreo (piedras) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, ubicado en la Comunidad de Cangari, distrito de Iguaín, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica Superficial del rio Yanayacu a favor de la empresa Greenex S.A.C., Identificada con RUC N° 20535899283, con un volumen hasta 179 755m3 para su proyecto productivo minero denominado “Planta de beneficios Greenex S.A.C.,” cuyo punto de captación se ubica en las coordenadas UTM WGS 84 zona 18L, 236 326E y 8 918 650N a una altitud de 3 590m.s.n.m; ubicado geográficamente en el sector de Buenos Aires del distrito de Ticapampa, provincia de Recuay, departamento de Ancash.
Acreditar la disponibilidad hídrica Subterránea solicitada por Elda Margarita Huertas Vidal mediante la cual se acredita la existencia de un volumen de agua disponible en el acuífero Casma para extraer a través de un pozo artesanal un volumen máximo anual de hasta 32 890 m3 , proyectando un caudal de explotación en 12 l/s, durante 4,23 horas/día, durante 15 días/mes y 12 meses por año; satisfaciendo así la demanda proyectada para uso agrario de un área total de 2,86 ha., para su proyecto “Disponibilidad hídrica subterránea, de uso agrario, captado con pozo artesanal para el predio Monte Grande y Sechín, distrito de Buena Vista Alta, provincia de Casma, región Ancash.”; dicho pozo artesanal estar ubicado en las coordenadas UTM Datum WGS 84 Zona 17 L: 803 184 E – 8 952 155 N.
Autorizar, a favor de la Asociación de Servicios de Agua Potable y Saneamiento-ASAPS Puquio Yacu; sector de Cullashpampa baja, del distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico destinados a la obtención de derechos de uso de agua superficial para el proyecto denominado “Ampliación del sistema de agua potable del caserío de Cullashpampa, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash”, las cuales consisten en:
➢ Caja de captación de dimensiones 030x0,30x0,40 m para un caudal de 0,60 l/s.
➢ Línea de conducción de 2” de diámetro enterrada de 2” de diámetro enterrada de longitud de 123 m para empalmar con tubería existente.
Rectificar, la Resolución Administrativa Nº 329-2013-ANA-ALA MOCHE-VIRU-CHAO en el extremo que el volumen máximo de agua otorgado para el predio Lote 7D-II con 566,03 has., de la empresa Agualima S.A.C. es de 5 660 300 m³/año y no como erróneamente se consignó 5 660,03 m³/año, quedando vigente lo demás que contiene la resolución primigenia y los volúmenes mensualizados de acuerdo a la corrección material realizada.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
SANCIONAR administrativamente, a la JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR DE RIEGO IRCHIM y Consejo Directivo de la Junta de Usuarios del Sector de Riego IRCHIM (periodo 2017-agosto 2021): SANTOS RODOLFO GARAY CANCAN- Vicepresidente, PEDRO AGAPITO CANTU LUNA- Tesorero, CESAR RAFAEL AGUIRRE CRIBILLERO Secretario, LEONCIO GUMERCINDO MEJIA NOLASCO-Consejero, AURIO RODRIGUEZ PELAEZ-Consejero, MODESTO VELASQUEZ VASQUEZ-Consejero, EDWIN NIVALDO YERLEQUE SOLANO-Consejero, con una multa de CUATRO (04) UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (UIT) vigentes a la fecha de pago; de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR a favor del COMITÉ DE GESTIÓN DE AGUA POTABLE DEL CASERÍO TRANCAPAMA, la EJECUCIÓN DE OBRAS DE APROVECHAMIENTO DESTINADAS A LA OBTENCIÓN DE DERECHOS DE USO DE AGUA, para el proyecto: “Mejoramiento y ampliación de la red de distribución de agua potable del caserío Trancapampa en el distrito de Ataquero, provincia de Carhuaz, departamento de Ancash”, las cuales consisten en:
✓ Construcción de 01 captación de tipo manantial de ladera lateral con 2 aletas de concreto de características: altura total de 1,00 m, largo de 1,64 m, ancho de 2,80 m, espesor de 0,10 m.
✓ Caja de recolección y de repartición.
✓ Colocación de las válvulas de control
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CARTAVIO S.A.A. con RUC N° 20131867744.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
APROBAR EL PLAN DE APROVECHAMIENTO DE DISPONIBILIDADES HÍDRICAS DEL SISTEMA HIDRÁULICO COMÚN DEL RÍO SANTA, AÑO HIDROLÓGICO AGOSTO 2023 – JULIO 2024: PADH RIO SANTA 2023-2024, contenido en 44 folios y cuya ejecución será eficaz a partir del 01 de agosto del 2023 y su culminación el 31 de julio del 2024, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para el tipo de uso "Agrícola" a favor de CASA GRANDE S.A.A, con RUC N° 20131823020.
Rectificar, la Resolución Directoral N° 0467-2023-ANA-AAA.H.CH en el extremo del 3°,4° y 5° Considerando y el Artículo primero, donde se debe considerar como administrado a CKA FRUIT EXPORT S.A.C., y no ha CKA FRUIT ESPORT S.A.C., como erróneamente se le considero manteniéndose vigente lo demás que la contiene.
Acreditar la disponibilidad hídrica Subterránea solicitada por Olga Ysabel Neyra Aguilar identificada con DNI N° 19096396, hasta por un volumen de 118 260 m3 /año, provenientes del punto de interés en el acuífero Virú, a través de un pozo tubular, para cubrir la demanda de agua para el predio denominado “El Huanábano” con UC N° 03304, con un área total de 6,9600 ha y bajo riego de 6,9350 ha, ubicado en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad; proyectando captar un caudal de explotación del pozo tubular de 15 l/s, durante 7,6 horas/día, 24 días/mes, 12 meses del año; dicho pozo artesanal estar ubicado en las coordenadas UTM Datum WGS 84 Zona 17 L: 751 645 E – 9 075 366 N.
Acreditar la disponibilidad hídrica subterránea a favor de Yesenia Licety Castellanos García, identificado con D.N.I. N° 19256132 mediante la cual se acredita la existencia de un volumen de agua disponible en el acuífero Chicama, para extraer a través de 01 pozo artesanal, de acuerdo al Cuadro N° 02, hasta un volumen máximo anual de 3 240 m3 , proyectando un caudal de explotación en 10 l/s, durante 2,5 horas/día, durante 3 días/mes y 12 meses por año; satisfaciendo así la demanda proyectada para uso agrario de 0,20 ha para su proyecto “Estudio Hidrogeológico para acreditación de disponibilidad hídrica de agua subterránea en el sector La Arenita, distrito de Paiján, provincia de Ascope, departamento de La Libertad”; por los fundamentos antes expuestos.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines poblacionales para el desarrollo del proyecto “Memoria descriptiva para la acreditación de la disponibilidad hídrica superficial del manante Miskiunu-Choquepata Cusco”y; a favor de la APV San Antonio-Choquepata
APROBAR, la Acreditación de Disponibilidad Hídrica con Fines Productivos para uso Agrario, del proyecto “Instalación del sistema de riego tecnificado unifamiliar en el fundo Diez de Oro, sector Illapani , del distrito de Echarate, provincia La Convención Cusco”, a favor del señor Geronimo Diaz Puma, identificado con DNI Nº 24965631.
DECLARAR, la extinción de la Licencia de Uso de Agua, por renuncia del titular otorgado Resolución Administrativa N° 0574-2005-ATDR-LC/DRA-C, de fecha 17 de octubre del 2005, en consecuencia, REVERTIR al dominio del Estado el volumen de agua otorgado mediante la referida resolución