DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de aplicación del silencio administrativo positivo, para el procedimiento CUT N° 91686-2023 sobre Prórroga del Plazo de Autorización de Uso de Agua Superficial, formulada por la empresa China Railway Tunnel Group Co., Ltd Sucursal del Perú, con RUC N° 20600977661, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor de la empresa China Railway Tunnel Group Co., Ltd Sucursal del Perú, con RUC N° 20600977661, mediante Resolución Directoral N° 349-2021-ANA-AAA-CH.CH de fecha 11.06.2021, sobre Autorización de.Uso de Agua Superficial, para la Ejecución de Actividades referidas al proyecto denominado “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN, MEJORAMIENTO Y CONSERVACIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO DEL CORREDOR VIAL N° 07 – TRAMO II: EMP.HV-118-HUAMBO; EMP.PE-1S C (CHAULISMA) – SAUCE (IC-106); EMP. PE-28D (DV. SINTO) – EMP.PE-28A (DV. HUAYACUNDO ARMA), UBICADO EN LA
PROVINCIA DE HUAYTARA Y CASTROVIRREYNA EN EL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA”, respecto al recurso hídrico proveniente de la quebrada Pacchapata, rio Waylla, quebrada Waylla 1, quebrada Waylla 2, ubicados en el distrito de Castrovirreyna, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica y las fuentes hídricas rio Jatumpampa, quebrada Paujaru, rio Puntaesquina y rio Ajo, ubicados en los distritos de San Antonio de Cusicancha y Huayacundo Arma, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.