R.D. N°0141-2017-ANA-AAA-JZ-V
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Frutas del Valle Piurano E.l.R.L., con RUC Nº 2053006302.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Frutas del Valle Piurano E.l.R.L., con RUC Nº 2053006302.
R.D. N° 0141-2017-ANA/AAA I C-O
Otorgar, licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales, a favor de la JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DE CENTRO POBLADO DE JUSCAYMARCA, del distrito de Los Morochucos, de la provincia de Cangalla, del departamento de Ayacucho; para aprovechar un volumen de agua anual de hasta 19,378.00 m3/año, proveniente del manantial Pirucho, que se ubica políticamente en el distrito de Los Morochucos, de la provincia de Cangallo, del departamento de Ayacucho
DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR ESTANISLAO VILCA ORENCIO, PRESIDENTE DEL COMITE DE USUARIOS DEL SECTOR EL AHORCADO-SAYAN-HUAURA, CONTRA LA R.A. N° 002-2016-ANA-AAA-CF/ALA HUAURA DE FECHA 12 DE ENERO DEL 2016, DEJANDO SUBSISTENTE LO RESUELTO POR LA ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA HUAURA CON LA REFERIDA RESOLUCION.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud tramitada con CUT N° 51235-2015, sobre Regularización de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas; presentado por Celestino Saturnino Cotrina Bravo, en su condición de Presidente del Comité de Usuarios de Agua Sala; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
DISPONER el archivamiento del Procedimiento Administrativo Sancionador, iniciado mediante Notificación Múltiple N° 063-2016-ANA-AAA-CH.CH-ALA G, en contra del señor Eduardo Ismael Quintana Aguado, identificado con DNI N° 21508166; del señor Jorge Barroso Bruno identificado con DNI N° 25559711; y del señor Milton Gallalli Espinoza, identificado con DNI N° 41653013
OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, a favor del Comité de Usuarios de Agua de Los Manantiales "La Totora, El Pedregal y El Cangan" - Bloque de Riego Manantiales La Totora, El Pedregal y El Cangan, por un volumen de agua anual de hasta 102 223,06 m3, equivalente a un caudal de hasta 5,50 l/s, cuyas fuentes de agua son los manantiales La Totora, El Pedregal y El Cangan. El centroide del bloque de riego se encuentra dentro de la jurisdicción de la ALA Chinchipe-Chamaya, se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17Sur: 664 305 E — 9 410 779 N, en beneficio treinta y seis (36) usuarios y en un mismo número de predios, con un área bajo riego de 10,50 ha. Políticamente ubicado en el Cascapampa, distrito Sondorillo, provincia Huancabamba, región Piura.
R.D. N° 0140-2017-ANA/AAA I C-O
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines poblacionales para el desarrollo del proyecto "Ampliación y mejoramiento de los servicios de agua potable en la comunidad campesina de Atumpata, distrito de Abancay, provincia de Abancay, región Apurímac", proveniente de la fuente hídrica denominada manantial Challwa Puquio, a favor de la JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DE LA COMUNIDAD DE ATUMPATA BAJA, del distrito de Abancay, de la provincia de Abancay, del departamento de Apurimac,
EXTINGUIR LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADA A FAVOR DE FEDERICO PACHECO CARDENAS.OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS A FAVOR DE MIGUEL QUISPE FLORES Y CLEOFE CECILIO MAMANI MAMANI.
Aprobar a favor del Comité de Gestión del Proyecto Servicio de Agua Potable y saneamiento con Biodigestores, en el caserío La Apalina - C.P. Yanacancha Grande - Encañada.
DISPONER EL ARCHIVAMIENTO del Procedimiento Administrativo Sancionador, iniciado mediante Notificación N° 327-2016-ANA-AAA-CH.CH-ALA-G, en contra del señor José Ismael Fernández Céspedes, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución
Otorgar, por un plazo de seis (06) meses, con eficacia anticipada al 15 de diciembre de 2016, autorización de uso de agua, a favor de CONSORCIO SAHER CAJAMARCA, con RUC Nº 20600510453.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS) de la Comunidad de Nueva Florida, del distrito de Pacobamba, provincia de Andahuaylas, región Apurímac, para aprovechar un volumen de agua anual de hasta 6,938.00 m3/año, proveniente del Manantial San Miguel, que se ubica políticamente en el distrito, provincia y región anteriormente señalados,
EXTINGUIR LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADA A FAVOR DE FABIANO SOTELO GOMEZ.OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS A FAVOR DE AGUSTIN GREGORIO SOTELO ROMAN Y DORIS LUZ SOTELO CANALES DE CANDELA.
DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor Femando Fausto Fox Sam, identificado con DNI N° 09641260, contra la Resolución Directoral N° 2305-2016-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 14-12-2016
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento -JASS de la localidad de "Nuevo Oriente, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía formalización, por un volumen anual de hasta 4 099,68 m 3, equivalente a un caudal de hasta 0,13 I/s, proveniente del manantial "Hierba Santa", ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 785 285 E — 9 272 253 N a una altitud de 2 204 m.s.n.m. El centroide de la localidad donde se hace uso del agua se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 783 910 E — 9 272 761 N a una altitud de 2 022 m.s.n.m. Políticamente ubicado en el sector Nuevo Oriente, centro poblado Chontabamba, distrito Paccha, provincia Chota, región Cajamarca.
R.D. N° 0139-2017-ANA/AAA I C-O
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la Municipalidad Provincial de Palpa, contra la Resolución Directoral N° 2274-2016-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 06-12-2016, que resolvió sancionar a la citada municipalidad por la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua
Otorgar, por un plazo de seis (06) meses, con eficacia anticipada al 15 de noviembre de 2016, autorización de uso de agua, a favor de CONSORCIO SAHER CAJAMARCA, con RUC Nº 20600510453.
DESESTIMAR LA SOLICITUD DE SUSPENSION DE DERECHO DE USO DE AGUA PRESENTADA POR DON CESAR ARIAS ALMEYDA.
ACREDITAR a favor de Manuel Goicochea Ocas, la Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial con Fines Poblacionales, por un volumen anual de hasta 44 150,40 m3, equivalente a un caudal de hasta 1,40 I/s, proveniente del manantial Yerba Santa, para el desarrollo del proyecto: "Creación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento en el Caserío Mangle, C.P Polloc, distrito de La Encañada, provincia y región Cajamarca", ubicado en el distrito La Encañada, Provincia y región Cajamarca. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS-84 zona 17 Sur: 800 476 E - 9 215 985 N a una altitud de 3 310 msnm.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial con fines poblacionales a la Junta Administrativa (JASS) de la Comunidad de Chicñahui, del distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, región Apurímac, para aprovechar un volumen de agua anual de hasta 21,933.29 m3/año, proveniente del Manantial Quellotoro, que se ubica políticamente en el distrito, provincia y región anteriormente señalados,
R.D. N° 0138-2017-ANA/AAA I C-O
EXTINGUIR LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADA A DOÑA JUANA PERALTA RAMON DE PETRELL.OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS A FAVOR DE DON JOSE SANTOS HERRERA MEZA Y DOÑA DALILA EULALIA DIAZ LUJAN DE HERRERA.
Modificar el Artículo 1 º de la Resolución Administrativa Nº 021-201 O-ANA-ALA CHIRA.
Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines agrarios para el desarrollo del proyecto "Construcción del Sistema de Irrigación Huayllaccahua, Sora Sora Hueccopampa, San Pedro de Chicha y Larcay del Distrito de San Pedro de Larcay, Provincia de Sucre -Ayacucho", proveniente de la fuente hídrica denominada río Huayllaccahua, a favor del PROGRAMA REGIONAL DE IRRIGACIÓN Y DESARROLLO RURAL INTEGRADO DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO,
Rectificar, el error material contenido en el artículo 1 de la Resolución Administrativa N° 111-2017-ANA-AAA I CO/ALA.CSCH, en el siguiente sentido:
R.D. N° 0137-2017-ANA/AAA I C-O
UTORIZAR a Gases del Pacífico S.A.C., la ejecución de obra en fuente natural consistente en: cruce de tubería matriz de polietileno de Alta Densidad sobre río Mashcón, entre los distritos de Cajamarca y Baños del Inca, provincia y región Cajamarca.
DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por el señor Luis Alberto Falconi García, identificado con DNI N° 06236054, en representación de la señora Eva Lourdes Calderón Bustamante, identificada con DNI N° 10143565, contra la Resolución Directoral N° 2401-2016-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 19-12-2016
R.D. N° 0136-2017-ANA/AAA I C-O
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los ervicios de Saneamiento - JASS de la localidad de "Chontabamba", Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de formalización, por un volumen anual de hasta 8 199,36 m 3, equivalente La Tranca. El centroide de la localidad donde se hace uso del agua se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM VVGS 84 zona 17 Sur: 783 561 E — 9 274 419 N a una altitud de 1 899 m.s.n.m. Políticamente ubicado en caserío Chontabamba, distrito Paccha, provincia Chota, región Cajamarca.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, a favor del Comité de Usuarios de Pampatama Baja, del distrito de Tintay, de la provincia de Aymaraes, región Apurímac, para aprovechar un volumen de agua anual total de hasta 2 859,054 m3/año, proveniente del río Pinco, ubicado en el distrito, provincia y región anteriormente señalados, para irrigar un área bajo riego de 160.00 Has
DECLARAR INFUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración planteado por el señor Héctor Justo Huarca Buitrón, identificado con DNI N° 22077985, contra la Resolución Directoral N° 2205-2016-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 22.11.2016, de acuerdo a los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente resolución
Extinguir la acreditación de disponibilidad hídrica otorgada a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma en el marco del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI, a través de la Resolución Administrativa N° 047-2017-ANA-AAA I C-O y Resolución Administrativa N° 105-2017-ANA-AAA I C-O.
EXTINGUIR LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADA A DON ELIPIO DE LA CRUZ CARO.OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS A FAVOR DE DON DAVID VALDEZ CARDENAS.
Sancionar a Juan Crisostomo Ayala, identificado con DNI N° 03482022, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a doña Flor de María Vidal Acorda de Moschella, con DNI N°08804831, con una multa equivalente (1.0974) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento
R.D. N° 0135-2017-ANA/AAA I C-O
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, a favor del Comité de Usuarios Comité de Usuarios Canal Las Nayras - Bloque de Riego Las Nayras, por un volumen de agua anual de hasta 64 434,01 m3, equivalente a un caudal de hasta 2,54 1/s proveniente del manantial El Lirio. El centroide del uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17Sur: 661 548 E - 9 431 458 N, en beneficio de dieciocho (18) usuarios e igual número de predios, con un área bajo riego de 9,40 ha. Políticamente ubicado en el caserío Huancacarpa Bajo, distrito y provincia Huancabamba, región Piura.
Otorgar, por un plazo de seis (06) meses, con eficacia anticipada al 15 de noviembre de 2016, autorización de uso de agua, a favor de CONSORCIO SAHER CAJAMARCA, con RUC Nº 20600510453.
EXTINGUIR LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADO A DON INOCENTE VICENTE ROSAS.MODIFICAR LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS OTORGADA A FAVOR DE DOÑA ALEJANDRINA ORTEGA DE GOMEZ.
Rectificar, el error material contenido en el artículo 1 º y 4 º de la Resolución Directora! Nº 0397-2015-ANA/AAA.XI-PA, de fecha 24 de setiembre del 2015, en el que erróneamente se consignó como coordenadas de los hitos de la faja marginal del rio Antabamba las siguientes : UTM (WGS 84) 697 594,516 m.E - 8 439 295 m. N y 697 953,439 m.E - 8 439 273 m.N;
Acreditar a favor de la Asociación de Pescadores Artesanales Chilaccocha, la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines Piscícolas, para el desarrollo del proyecto "Producción Extensivo de Trucha en la Laguna Chilacocha", proveniente de la Laguna Chilaccocha, ubicada políticamente en el distrito y provincia de Antabamba, del departamento de Apurímac,
R.D. N° 0134-2017-ANA/AAA I C-O
Sancionar al señor Jorge Pompeyo Bellido Vílchez, representante de la Empresa Pukará Ladrillos S.R.L.; con una multa equivalente a Uno coma Cinco (1,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse configurado la comisión de la infracción Leve.
AUTORIZAR a favor de Ronald Milton Pereda Rojas, el uso de agua superficial proveniente del río Cajamarquino, para el lavado de material de acarreo en la zona denominada Catagón, por un volumen anual de hasta 1 027 728 m3 equivalente a un caudal de hasta 65 l/s, con punto de captación ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur; 809 352 N — 9 187 005 N, a una altitud de 2 189 msnm, en la margen izquierda del río Cajamarquino. El punto de devolución se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur; 809 237 N — 9 186 803 N, a una altitud de 2 188 msnm, en la margen izquierda del río Cajamarquino. El centroide en donde se realiza el uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur; 809 313 N — 9 186 863 N, a una altitud de 2 188 msnm.
SANCIONAR a doña Rocío Del Carmen Corrales Martínez, con DNI N°41038710, con una multa equivalente (0.99893) UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento
Sancionar a Eber García Velásquez, identificado con DNI N° 42914559, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.