R.D. N°. 1265-2016-ANA-AAA-JZ-V
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otor,¡j'á"d~ mediante Resolución Administrativa N° 675-2005-MA-ATDR-J,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otor,¡j'á"d~ mediante Resolución Administrativa N° 675-2005-MA-ATDR-J,
Aprobar el Programa Anual de Supervisión año 2016 a la Junta de Usuarios de Motupe, Junta de Usuarios Olmos y Junta de Usuarios La Leche presentado por la Administración Local de Agua Motupe Olmos La Leche,
Aprobar el Programa Anual de Supervisión año 2016 a la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Tumbes presentado por la Administración Local de Agua Tumbes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar el Programa Anual de Supervisión año 2016 a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Chira y Proyecto Especial Chira Piura presentado por la Administración Local de Agua Chira,
Aprobar el Programa Anual de Supervisión año 2016 a la Junta de Usuarios Sechura y Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Medio y Bajo Piura, presentado por la Administración Local de Agua Medio y Bajo Piura, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua subterránea a favor de la Sociedad Agrícola RAPEL S.A.C. , para uso productivo agrícola, proveniente del pozo tubular sin código IRHS, ubicado dentro del predio Fundo El Papayo, ubicado en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, según el siguiente detalle:
.· Declarar de oficio, el abandono del procedimiento administrativo organizado por Nicanor Sandoval Carrasco, sobre rectificación de error material, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 380-GOB.REG.P.DRAP.AASL-ATDRSL
Declarar improcedente la solicitud presentada por Empresa DON PACKING SAC. por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Rectificar, el error material advertido en el Artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Directora! N° 3731-2015-ANA-AAA-JZ-V,
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego Capuli Bajo, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 29,80 ha.,
Declarar, Improcedente la solicitud presentada por Leoncio Domínguez Lázaro, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Hipólito Román García, por los argumentos expuestos en la parte considerativade la presente resolución
Declarar Improcedente la solicitud presentada por María Simona Villegas de Aquino, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Gumercindo Albines Chero, porÍ argumentos expuestos en la parte considerativade la presente resolución
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 361-GOB.REG.P.DRAP.AASL.ATDRSL, a favor de Jiménez Reto José Daniel,
Declarar improcedente la solicitud presentada por Samir Agder Zapata Nima, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por José Gregario Vilchez Martinez, por los argumentos expuestosen la parte considerativa de la presente resolución
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Daniel Castillo Córdova, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Santos Bertila Ancajima Ojeda, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Máximo Imán Cobeñas, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Hilario García Guerrero yFlorentino Carola.Guerrero, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por José Miguel Silva Cobeñss, por umentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud presentada por Javier Humberto Galecio Nima, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DeclararImprocedente la solicitud presentada por Prisciliano Valdiviezo Valdiviezo, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la. presente resolución.
Declarar, la extinción de las licencias de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 384-GOB.REG.P.DRAP.AASL.ATDRSL y Resolución Administrativa Nº 214-2005-GOB.REG.P.DRAP.AASL.ATDRSL,
Declarar, Improcedente la solicitud presentada por Héctor Manuel Mendoza León, Emilio Cungal Alburqueque, Severino Lázaro Yamunaque, Nilda Rene Torres de Garcia y Bernardo Santos Chávez, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 383-GOB.REG.P.DRAP.AASL-ATDRSL y Nº 384- GOB.REG.P.DRAP.AASL-ATDRSL,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgado a Sernaqué Yovera Benito, para el predio con código catastral 13003, mediante Resolución Administrativa Nº 359-GOB.REG.P.DRAP·AASL-ATDRSL,
Declarar improcedente la denuncia interpuesta por el Sr. Helbert Gaspar Samalvides Dongo, contra el Sr. Eduardo Arréstegui Ruiz, en su calidad de Gerente de Seguridad del Proyecto Especial Ch ira Piura, por presunta infracción a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su reglamento; así como en contra del Proyecto Especial Chira Piura, como tercero civilmente responsable; en consecuencia, archívese
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Quino Rujel Armando, para los predios con códigos catastrales Nº 47767 y 47768;
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 163-2006-G.R.PIURA-420010-AACH-ATDRCH, a favor de Alburqueque de Romero, Oiga, para el predio con código catastral 47739.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 188-2005-GOB.REG.P.DRAP.AASL-ATDRSL,
Declarar, improcedente la solicitud de otorgamiento de licencias de uso de agua presentada por Romulo Ayala Ayala, por los funcionarios previamente expuestos.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agµa superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 010-2005-GR TUMBES-DRAT-ATDRT,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 011-2005-GR TUMBES-DRAT-ATDRT,
Autorizar a la Municipalidad Distrital de Pampas de Hospital, la Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica superficial del río Tumbes, para el Proyecto "Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua del sistema de riego Cabeza de Lagarto y Vega de Leones
Autorizar al señor Héctor Manuel García Barrantes. la ejecución de obras de mantenimiento de cauces de las quebradas Labejal, Cardalitos. Palo Santo y Sandía, del distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar departamento de Tumbes,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines aqrarios, otorgado mediante Resolución Administrativa Nº 099-2005-MA-A TDR-J, a favor de Campos Vásquez Abelino para el predio con código catastral 07938, quedando vigente en lo demás que contiene la mencionada resolución administrativa, respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 098-2005-MA-ATDR-J, rectificada con Resolución Administrativa N° 458-2006-MA-ATDR-J, a
Aprobar el Programa Anual de Supervisión año 2016 a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Alto Piura y Comisiones de Usuarios presentado por la Administración Local de Agua Alto Piura Huancabamba,
Aprobar a favor de la Municipalidad Distrital de Yamango el estudio de disponibilidad denominado Estudio hidrológico para la acreditación de la disponibilidad hídrica superficial para el desarrollo del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del servicio de agua potable e Instalación del servicio de eliminación de excretas en el centro poblado de Choco, Altomayo y Huambiche, distrito de Yamango, provincia de Morropón-Piura", con fines de uso poblacional, con captación en el manantial "Ladera", ubicado en el distrito Yamango, provincia de Morropón y departamento
Aprobar el estudio de disponibilidad hídrica superficial, únicamente en lo que respecta al estudio hidrogeológico a favor de Mancomunidad Municipal de la Sub Cuenca del río Chipillico,
Modificar la licencia de uso de agua otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 235-2006-GOB.REG.PIURA.DRA.P.ATDR.AP-H
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego El Pucho, El Carrizo, El Mango, El Guayaquil y El Naranjo, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 11,30 ha.,
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego El Guanábano, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 18,90 ha, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM Datum WGS84,
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego Cheeches, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 12,95 ha,
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego El Carrizo, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 8,80 ha, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM Datum WGS84, zona 17M
Aprobar la delimitación. d~l .• Bloque de Riego Trapiche Viejo, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 16,30 ha,
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego Chambac, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo rieg0 de167)~3,ha.~ ubicado geograficamente entre las coordenadas UTM Datum WGS84, zona 17M