R.A N ° 250-2006- GRA/ PR-GRAG-ATDRCH
DISPONER QUE EL USUARIO CURTIEMBRE AREQUIPEÑA - VICTOR CHAVEZ C. CANCELE SU RECIBO DE RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES INDUSTRIALES CORRESPONDIENTES AL 2006
DISPONER QUE EL USUARIO CURTIEMBRE AREQUIPEÑA - VICTOR CHAVEZ C. CANCELE SU RECIBO DE RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES INDUSTRIALES CORRESPONDIENTES AL 2006
DISPONER QUE EL USUARIO CERVESUR S.A CANCELE SU RECIBO DE RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES INDUSTRIALES CORRESPONDIENTES AL 2006
DISPONER QUE EL USUARIO MINERA INKABOR SAC. CANCELE SU RECIBO POR RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTES PARA 2006
OTORGAR un plazo de 30 dias calendarios al Señor Simón Villafuerte Chipana para que presente a esta Admilistración Técnica los requisitos exigidos para la obtención de la autorizacíón de uso de agua con fines agrarios del manante Lambraspuquio, los cuales se detallan en el tercer considerando de la presente Resolución.
Declarar fundado el recurso de actualización de la Faja Marginal del río Cumbaza solicitado por los pobladores del Distrito de San Roque de Cumbaza, dejándose sin efecto la delimitación correspondiente al tramo desde el predio de unidad catastral 30223 , hasta el predio de unidad catastral n° 30225 en el distrito de San Roque consignado en la Resolución Administrativa N° 018-82-DR.68-T, establecida en un ancho de 75 metros, a la Margen izquierda del río Cumbaza.
DECLARAR COMO ÁREA INTANGIBLE, EL CAUCE, RIBERAS Y FAJA MARGINAL DEL RIO NARANJILLO, el tramo comprendido, a partir de la estructura de captación bocatoma “EI MILAGRO”, doscientos (200) metros aguas arriba y doscientos (200) metros aguas abajo, ubicado en el ámbito del Distrito de Awajún, Provincia de Rioja, Región de San Martín, jurisdicción de la Comisión de Regantes Naranjillo.
Autorizar el cambio de nombre del titular en el Padrón de Usos Agrícolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, del predio denominado “Arenales” con 0.75 ha bajo el régimen de licencia, con el número 153, irrigado por el canal 1er. orden Canal Principal, lateral 2do. orden Millones, lateral 3er. orden Huabo, del Subsector de Riego Eten, anulándose el área remanente de 0.48 ha, bajo el régimen de licencia.
Reconocer como servidumbre de riego canal de riego del Sub Lateral 8.1.3 que cruza el predio del señor Guillermo Mendoza Saldarriaga y beneficia a los predios de los señores Lorenzo Romero Barrientos, Gilber Yaguana Gálvez y Antonio Oblea Cruz, la misma que se tendrá las siguientes dimensiones: b=0.50 metros, B=1.20 metros, ancho de berma=0.70 metros y H=0.55 metros
Disponer la modificación de nombre del conductor Predio Puerto El Cura con unidad catastral N°01675 con un área bajo riego de 8.00 hectáreas, ubicado en el sub sector de riego II.03 Puerto El Cura del distrito, provincia y departamento de Tumbes, cuyo conductor figura el señor Gilber Alberto Yaguana Gálvez consignada en la Resolución Administrativa N° 156-2005/GR TUMBES-DRAT-ATDRT de fecha 16 de agosto del 2005, debiendo quedar inscrito a nombre de Gilber Alfredo Yaguana Gálvez.
Autorizar el desglose del predio denominado “Luzfaque” inscrito en el Padrón de Usos Agrícolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, con 5.43 ha, bajo el régimen de licencia, con el número 2406-A, irrigado por el canal 1er. orden Luzfaque, lateral 2do. orden Luzfaque Alto, lateral 3er. orden El Alto A, del Subsector de Riego Ferreñafe.
Autorizar el desglose del predio denominado “La Capilla y Anexos" inscrito en el Padrón de Usos Agricolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, con 2.00 ha, bajo el régimen de licencia, con el número 421-21, irrigado por el canal 1er. orden Zanjón, lateral 2do. orden Gómez, lateral 3er. orden Serquén, del Subsector de Riego Mochumí.
Aprobar el Expediente Técnico Denominado " Instalación de Agua Potable Alto Siguas " presentado por el presidente del Núcleo Ejecutor de Agua Potable del Centro Poblado Alto Siguas, por el cual se plantean la construcción de obras civiles de Infraestructura Hidraúlica para el tratamiento y abastecimiento de agua al Centro Poblado Alto Siguas, ubicado dentro del Sector de Riego Pampa de Majes, comprensión del Distrito de Riego Colca-Siguas Chivay, que cuenta con la opinión favorable de la Junta de Usuarios de la Pampa de Majes y la Autoridad Autónoma de Majes - AUTODEMA.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla y al Consorcio Lluncuna conformado por las empresas: TECPROYS S.R.L. y CONTRATISTAS GENERALES JOSFOR S.A.C., la ejecución de la obra en la fuente natural de agua (río “Lluncuna”), en el marco del proyecto denominado: “RENOVACION DEL PUENTE, EN EL(LA) CAMINO VECINAL RUTA HUAMANGUILLA – QUITURARA “PUENTE LLUNCUNA”, DISTRITO DE HUAMANGUILLA, PROVINCIA HUANTA, DEPARTAMENTO DE AYACUCHO”
AUTORIZAR a SEGUNDO ROSARIO ÑONTOL JULCA el cultivo de Maiz de su Predio denominado "SEMÁN", Ubicado en el Sector de Riego GUADALUPE
Renovar el Permiso a las Concesiones Mineras “milagros de mahua y jhoel Ivan ", mientras que tramite su licencia correspondiente, para que usen las aguas del Riachuelo Pallcamayo2 Aguas arriba un caudal. de 0.40 litros por segundo, las mismas que serán utilizadas con fines Mineros.
Renovar el Permiso a la Sociedad Minera de Responsabilidad Ltda., ''ESCONDIDA DE ORO''. Mientras quo tramiten su licencia correspondiente, para que usen las aguas del manantial "Cudti Camani", con un caudal autorizado de 01 litros por segundo y de la quebrada "Uchuy Cutini", de la que se autoriza 04 litros por segundo. Haciendo un total de 05 Litro por segundo, durante los meses de Diciembre, Enero, Febrero y Marzo, (equivalente a un volumen de 51.857mJ). Con fines Minero.(...)
Autorizar por el tiempo de 03 meses a la Empresa Minera IRL S.A para su proyecto Chama, en el uso de las aguas con fines mineros de las fuentes hidricas en el Distrito de Huaquirca, Provincia de Antabamba, Region Apurimac, y con sus caracteristicas siguientes:
Otorgar un plazo de 30 dias calendarios al señor Aurelio Emiliano Camargo Cardenas, para que presente a esta Administracion tecnica, los estudios de captacion, conduccion y distribucion de las aguas del manatial Ccoriccocha para la continuidad de su tramite. El imcumplimiento dara lugar al archivamiento del expediente administrativo N° 1172-2004.
Reconocer al comite de Regantes de la Comunidad de Karqueque, Distrito de Huanipaca, Provincia de Abancay, Departamento y Region de Apurimac,
Inscribir en el padrón de usuarios de la comisión de regantes Romero, a los usuarios y predios, según detalle, cuya fuente de agua es el lateral Chute del Comité N° 01
Deroguese al articulo primero de la Resolucion Administrativa 092-92-SRA-AP-CDR-AB, de fecha 15 de marzo del 1992, por lo expuesto en el segundo considerando de la presente Resolucion Administrativa.
Reconocer a la Junta Directiva del Comité de Pozo denominado: “Comunal San José”, del Sector San Martín - Malinguitas, Departamento de Piura, jurisdicción de la Comisión de Regantes Vicús, que se encargará de dirigir la gestión del Recurso Hídrico Subterráneo para fines domésticos y abastecimiento de la población y cuyos integrantes son los siguientes:
Otorgar licencia de uso de agua con fines agrarios al señor Armando Camacho Huamanñahui, de las aguas del manantial denominado QuillabambaCcata con un caudal de 01lt/seg y una masa anual de 15.552.m3( quince mil quinientos cincuenta y dos metros cubicos anuales) ubicado en los sectores de Ccocha Pumaranra y Quillabamba del Distrito de Tamburco, Provincia de Abancay, Region Apurimac, y en las cordenadas siguientes:
Autorizar a la Compañía Minera Atacocha S.A. el desvío temporal de las aguas del río Huallaga por un periodo de 60 días calendarios , a partir de notificada la presente resolución,en una longitud de 1040 m.entre las coordenadas 8832354,369714E a unos 3432 m.s.n.m. el punto de desvío y coordenadas 8833008, 369672E a unos 3430 m.s.n.m. el punto de devolución al cauce del río Huallaga, con la finalidad de realizar las pruebas hidráulicas de túnel construido para dicho fin.
ARTICULO 1º .- Reconocer al COMITÉ DE REGANTES LLULLUCHAYOCC, como organización del
Sector de Riego Andahuaylas que vienen utilizando la fuente de agua de los manantes Llulluchayocc 1, Llulluchayocc2, Llulluchayocc 3 y Lllulluchayocc 4, mediante el reservorio, canal y riego presurizado, ubicado en el distrito de Andahuaylas, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac.
Anular del padrón de usuarios de la comisión de regantes Margen Izquierda del señor Clarisa Serna Vda. De Infantes por los predios con registro catastrales 12342
INSCRIBIR en el Padrón de Usuarios al Sr. FERNANDO MIGUEL MERA RAMOS, con el Predio denominado "GRANJA SANTA ELENA", ubicado en el sector de riego SAN PEDRO.
INSCRIBIR en el Padrón de Usuarios al Sr. FERNANDO MIGUEL MERA RAMOS, con el Predio denominado "GRANJA SANTA ELENA", ubicado en el sector de riego SAN PEDRO.
Asignar al bloque de riego “El Palmar”, con código PTUM02-B21, de la Comisión de Regantes El Palmar de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 6.33 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 5.07 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 159.83 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9611240N, 555736E y 9608558N, 560042E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-21, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Asignar al bloque de riego “Romero”, con código PTUM02-B20, de la Comisión de Regantes Romero de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 13.40 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 10.81 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 491.21 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9611568N, 558490E y 96060496N, 562863E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-20, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual
Asignar al bloque de riego “La tuna”, con código PTUM02-B19, de la Comisión de Regantes La Tuna de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 7.60 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 6.10 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 253.4896 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9610306N, 560203E y 9607060N, 565321E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-19, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Asignar al bloque de riego “Puerto El Cura”, con código PTUM02-B18, de la Comisión de Regantes Puerto El Cura de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 90.94 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 72.75 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 2,390.5670 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9613484N, 563097E y 9604286N, 575457E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes-Zarumilla y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-18, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Asignar al bloque de riego “Brujas Baja”, con código PTUM02-B15, de la Comisión de Regantes Brujas baja de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 5.32 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 4.27 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 159.99 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9598702N, 564113E y 9596022N, 566689E, y políticamente en el Distrito de San Juan de la Virgen, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-15, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Asignar al bloque de riego “La Cruz”, con código PTUM02-B07, de la Comisión de Regantes Margen Izquierda de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 62.93 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en la estación de aforo de la bocatoma la Peña y de hasta 50.34 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante la bocatoma La Peña del canal troncal “Margen Izquierda” para una extensión de 2,214.62 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9606696N, 546798E y 9598177N, 563325E, y políticamente en el Distrito de Corrales – la Cruz, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-07, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Otorgar el permiso de Uso de Agua a la señora Sixta Morocho Julca para el riego de su predio con un área de 1.00 hectáreas para la campaña 2005-I, el mismo que se encuentra ubicado en el sector Puerto El Cura, Distrito Provincia y Departamento de Tumbes, el agua será captada a través de una toma directa del canal principal Puerto El Cura en la progresiva 5+120 e inscribir en el padrón de usuarios de la Comisión de Regantes Puerto El Cura dicho permiso de conformidad con la normativa legal vigente.
Anular del padrón de usuarios de la comisión de regantes Margen Izquierda del señor Benigno Rosillo Preciado por los predios con registro catastrales 10827 y 10630
Disponer que el usuario SEDA HUANUCO S.A. cancele el Recibo N° 20030002557.
Establecer Ias Fajas Marginales del río Ticlacayán de acuerdo a los puntos establecidos mediante el Sistema de Proyección Universal Transversal Mercator (UTM), en el tramo comprendido de 1+540 Km.
DECLARAR como área de Faja Marginal de los CANALES PRINCIPALES de Derivación TELLO, GALINDONA, MICHUCO, CANAAN-MORITO, ALTO PLANTANOYACU, UCRANIA-AZUNGUILLO y NARANJAL, con captación directa del Río Yuracyacu, ALTO SORITOR y BIRMANIA con captación del Río Soritor, a lo largo de todo su recorrido y en ambas márgenes ó bordes de cada uno de ellos, un ancho mínimo de 2.00 m (dos metros), dimensión que puede ampliarse según Ia necesidad de servicio a instalarse.
AUTORIZAR a la Direccion Regional Agraria Huánuco LA EJECUCION DE LA OBRA CONSTRUCCION MURO DE DEFENSA RIBEREÑA SANTA SEFORA.
Establecer las Fajas Marginales del río Huallaga de acuerdo a los puntos establecidos mediante el Sistem de Proyección Universal Transversal Mercator (UTM), en el tramo comprendido de 3+050 Km.
Autorizar el cambio de nombre del titular en el Padrón de Usos Agrícolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, del predio denominado “El Horcón” con 0.59 ha bajo el régimen de licencia, con el número 247-8, irrigado por el canal 1er. orden Pavo, lateral 2do. orden Overo, lateral de 3er orden Choloque, del Subsector de Riego Túcume.
Autorizar el desglose del predio denominado “Sialupe Huamantanga" en el Padrón de Usos Agrícolas del Distrito de Riego Chancay- Lambayeque inscrito con 2.40 ha bajo el régimen de licencia, con el número F-14-8, irrigado por el canal 1er. orden Pueblo, lateral 2do. orden Checlefe, lateral 3er. orden Media Luna, del Subsector de Riego Ferreñafe.
Autorizar a la Comisión de Regantes de Subsector de Riego Chongoyape, atender con recurso hídrico a la Empres Representaciones Rodriguez-Salazar E.I.R.L Semillas Popan, representada por Enrique Lupo Rodríguez Villanueva, para la implantación de semilleros de maíz y menestras, en los predios de los usuarios María Yolanda Briones Vela Enrique Lupo Rodríguez Villanueva y Rosa Arminda Rodríguez Ascorbe, en un área de 20.00 ha en la presente Campaña Agrícola 2003-2004.
Otorgar el permiso de Uso de Agua al señor Luciano Campaña Lavalle para el riego de su predio Vista Hermosa con un área de 0.2822 hectáreas, con registro catastral 06564 ubicado en el sector Realengal de la Comisión de Regantes Margen Izquierda del Distrito de Corrales, Provincia y Departamento de Tumbes, el agua será captada del rio Tumbes por medio de un equipo de bombeo e inscribir en el padrón de usuarios de la Comisión de Regantes Margen Izquierda dicho permiso de conformidad con la normativa legal vigente.
Anular la inscripción del señor Jacinto Balladares Sarango en el padrón de usuarios de la comisión de regantes Puerto El Cura por la parcela N° 078
Regularizar la inscripción en el padrón de usuarios de la comisión de regantes Margen Izquierda, a la señora Maria Cita Crespo de Cornejo como conductora del predio los tamarindos con registro catastral 11146 con un area de 0.59 hectareas, el cual se abastece de agua del canal Lateral segundo orden “Guabo 2”, jurisdicción Distrito de San Jacinto, Provincia y Departamento de Tumbes
Anular la inscripción del señor Manuel A. Querevalu Bustamante en el padrón de usuarios de la comisión de regantes Margen Izquierda por el predio con registro catastral 11052
ARTICULO PRIMERO.- Disponer que el usuario COMITÉ AGUA POTABLE LLANTUYHUANCA AL TA cancele el (s) Recibo (s) N° 20030001000 por importe total de S/. 50.00, de tarifa de uso de agua superficial con fines no agrarios correspondiente al año 2003 de acuerdo al volumen e importe
que se detalla, en el Banco de la Nación mediante el servicio de recaudación vía Teleproceso al código 0299, dentro de los treinta (30) días contados a partir de notificada la presente resolución, de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos.
Otorgar el permiso de Uso de Agua al señor Marcos Manuel Silva Serna para el riego de su predio de unidad catastral 10886-p con un área de 0.25 hectáreas ubicado en el sector Victoria del Distrito de Corrales, Provincia y Departamento de Tumbes, el agua será captada para 0.10 hectáreas por el ramal Baldini y 0.15 hectáreas por el ramal Los Silva e inscribir en el padrón de usuarios de la Comisión de Regantes Margen Izquierda dicho permiso de conformidad con la normativa legal vigente.