OTORGAR a favor del Comité de Usuarios de siete canales de riego Pedregal Río Grande; la Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas en vía de Formalización; por un volumen anual de hasta 271 399,41 m3, de agua superficial con un caudal de hasta 11,06 lis proveniente de la laguna Yanacocha, manantial Traga Toro y de las quebradas Lipiac, El Palo Blanco, Cashaquero, Rodacocha, Ex Molino y Caparosa, que discurren al río Cancha Corral de donde son captados, cuyos puntos de captaciones se encuentran ubicados entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17Sur: conforme se detalla en el cuadro N° 01 de la parte resolutiva. El centroide del Sistema Hidráulico del canal Pedregal río Grande, donde se hará uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17Sur 792 000E - 9 222 980N y beneficia a setenta y seis (76) usuarios, y realizan el uso del agua de manera pública, pacífica y continúa, con un área total de 13,364 ha y con un área bajo riego de 13,364 ha., cuyos predios se ubican en el caserío Pedregal, distrito La Encañada, provincia de Cajamarca, región Cajamarca.