RA N° 054-2007-GRA/PR-DRAG/ATDRCH
RECONOCER OFICIALMENTE PARA EL PERIODO 2007-2009 LA JUNTA DIRECTIVA Y DELEGADOS DE LA COMISION DE REGANTES DE SABANDIA INTEGRANTE DE LA JUNTA DE USUARIOS DEL DISTRITO DE RIEGO CHILI ZONA NO REGULADA
RECONOCER OFICIALMENTE PARA EL PERIODO 2007-2009 LA JUNTA DIRECTIVA Y DELEGADOS DE LA COMISION DE REGANTES DE SABANDIA INTEGRANTE DE LA JUNTA DE USUARIOS DEL DISTRITO DE RIEGO CHILI ZONA NO REGULADA
RECONOCER OFICIALMENTE PARA EL PERIODO 2007-2009 LA JUNTA DIRECTIVA Y DELEGADOS DE LA COMISION DE REGANTES ZAMACOLA INTEGRANTE DE LA JUNTA DE USUARIOS DEL DISTRITO DE RIEGO CHILI ZONA REGULADA
DISPONER QUE LAS JUNTAS DE USUARIOS Y COMISIONES DE REGANTES BAJO RESPONSABILIDAD REALICEN LA DIFUSION Y EXHIBICION DE LA PRESENTE RESOLUCION EN LOS LOCALES DE SUS ORGANIZACIONES DE USUARIOS Y NOTIFIQUEN A SUS RESPECTIVOS COMITES ELECTORALES Y COMITES DE IMPUGNACIONES BAJO APERCIBIMIENTO DE IMPONERSE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY GENERAL DE AGUAS
ARTICULO 1 ° .- Reconocer al COMITÉ DE REGANTES MASURACCRA, como organización de apoyo de la Comisión de Regantes Talavera, para efectos de apoyo en la limpieza y distribución de agua de riego de su sector, cuya fuente de agua es manante Minashuaycco, ubicado en distrito de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac.
RECONOCER OFICIALMENTE LA RECOMPOSICION DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DELGADOS DE LA COMISION DE REGANTES EL RAMAL QUE DEBERA EJERCER SUS FUNCIONES HASTA CULMINAR EL PRESENTE PERIODO
Establecer la Faja Marginal en el Río Huallaga margen izquierda en el tramo paralelo comprendido a los predios de Unidades Catastrales No. (s) 31390 y 30468, y entre las distancias de la quebradas Tununtunumba y Cumbacino, ubicado en el Sector Tununtunumba, Distrito de Chazuta, Provincia San Martín, Región San Martín, un ancho de faja marginal de 12 metros, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Administrativa.
ENCARGAR A LA JUNTA DE USUARIOS DEL DISTRITO DE REIGO CHILI ZONA NO REGULADA LA SUPERVISION DE LAS OBRAS INFORMANDO EN FORMA OPORTUNA A ESTA ADMINISTRACION TECNICA SOBRE SU AVANCE Y CUMPLIMIENTO
DISPONER EN CONSECUENCIA QUE LOS USUARIOS QUE HUBIERAN INCUMPLIDO CON LOS ACUERDOS APROBADOS MEDIANTE EL ARTICULO PRECEDENTE SEAN SANCIONADOS ADMINISTRATIVAMENTE CON ARREGLO A LEY CON UNA MULTA ELLO SIN PERJUICIO DE DISPONERSE EL CORRESPONDIENTE CORTE DE AGUA
LA COMISION DE REGANTES POCSI ENTREGARA LOS TRAMOS DE MANTENIMIENTO DEL CANAL PRINCIPAL A LOS DOS USUARIOS EN FORMA PROPORCIONAL A LAS AREAS BAJO RIEGO ASI MISMO LOS USUARIOS APORTARON EL COSTO DEL MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LOS RESERVORIOS EN LA MISMA PROPORCION
HACER DE CONOCIMIENTO A LA OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION AGRARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA A LA JUNTA DE USUARIOS LA JOYA NUEVA Y A LA COMISION DE REGANTES LA CANO LA PRESENTE RESOLUCION PARA SU CUMPLIMIENTO EN LO QUE LE COMPETE
PROCEDER A LA RECTIFICACION DE OFICIO CON EFECTO RETROACTIVO DEL ARTICULO SEGUNDO DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N ° 064-2006 RESPECTO DEL AREA BAJO REIGO DEL PREDIO LA RINCONADA DE UNIDADES CATASTRALES 27836 Y 27837 DEBIENDO APARECER EL AREA DE RIEGO
DISPONER LA INSCRIPCION EN EL PADRON DE USUARIOS DE LA COMISION DE REGANTES EL RAMAL DE HEREDEROS DE MARCELINO AQUINO MAMANI BAJO LA MODALIDAD DE PERMISO CON UNA PARTE DEL FUNDO DENOMINADO "CERRITO SAN MANUEL"
APROBAR el Perfil Técnico, así como AUTORIZAR la ejecución del Proyecto "Construcción del Puente - Alcantarilla RODRIGUEZ, Sector Molino Chocope", en el ámbito de riego de la Comisión de Regantes Magdalena de Cao y Yalpa, de conformidad con las especificaciones técnicas y planos, que son parte integrante de la presente Resolución.
AUTORIZAR el empadronamiento al {a) Señor (a) ROBERTO BORDA PANCORBO al Comité de Regantes San Luis Altó, de la Comision de Regantes curahuasi, integrante de la Junta de Usuarios del distrito de Riego Abancay, Jurisdiccion del Distrito de Curahuasi, Provincia Abancay, region de Apurimac.
AUTORIZAR A SABINO FEDERICO TORRES BARREDA LA CONSTRUCCION DE LAS OBRAS CONFORME AL PERFIL TECNICO TENIENDO EN CUENTA LA PRIMERA ALTERNATIVA DE LA PROPUESTA TECNICA APROBADA EN EL ARTICULO 1 OTORGANDOLE PLAZO DE DOS MESES PARA SU EJECUCION CONTADOS A PARTIR DE NOTIFICADA LA PRESENTE
AUTORIZAR el empadronamiento al (a) Señor (a) ANTONIO VARGAS BORDA al Comité de Regantes L.P.U. Bacas, de la Comisión de Regantes Curahuasi, integrante de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Abancay, jurisdicción del Distrito de Curahuasi, Provincia Abancay, Región de Apurimac.
APROBAR EL REESTRUCTURA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISION DE USUARIOS REGANTES DE SACHACA DE LA JUNTA DE USUARIOS DEL DISTRITO DE RIEGO CHILI ZONA REGULADA
Delimitar la faja marginal de la Laguna “Andiviela” en toda su extensión en una ancho de 20.00 m, determinando su lindero exterior a partir de la ribera y en forma paralela a esta.
DISPONER QUE EL USUARIO CURTIEMBRE AREQUIPEÑA - VICTOR CHAVEZ C. CANCELE SU RECIBO DE RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES INDUSTRIALES CORRESPONDIENTES AL 2006
DISPONER QUE EL USUARIO CERVESUR S.A CANCELE SU RECIBO DE RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES INDUSTRIALES CORRESPONDIENTES AL 2006
DISPONER QUE EL USUARIO MINERA INKABOR SAC. CANCELE SU RECIBO POR RETRIBUCION ECONOMICA POR EL USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES NO AGRARIOS CORRESPONDIENTES PARA 2006
OTORGAR un plazo de 30 dias calendarios al Señor Simón Villafuerte Chipana para que presente a esta Admilistración Técnica los requisitos exigidos para la obtención de la autorizacíón de uso de agua con fines agrarios del manante Lambraspuquio, los cuales se detallan en el tercer considerando de la presente Resolución.
Declarar fundado el recurso de actualización de la Faja Marginal del río Cumbaza solicitado por los pobladores del Distrito de San Roque de Cumbaza, dejándose sin efecto la delimitación correspondiente al tramo desde el predio de unidad catastral 30223 , hasta el predio de unidad catastral n° 30225 en el distrito de San Roque consignado en la Resolución Administrativa N° 018-82-DR.68-T, establecida en un ancho de 75 metros, a la Margen izquierda del río Cumbaza.
DECLARAR COMO ÁREA INTANGIBLE, EL CAUCE, RIBERAS Y FAJA MARGINAL DEL RIO NARANJILLO, el tramo comprendido, a partir de la estructura de captación bocatoma “EI MILAGRO”, doscientos (200) metros aguas arriba y doscientos (200) metros aguas abajo, ubicado en el ámbito del Distrito de Awajún, Provincia de Rioja, Región de San Martín, jurisdicción de la Comisión de Regantes Naranjillo.
Autorizar el cambio de nombre del titular en el Padrón de Usos Agrícolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, del predio denominado “Arenales” con 0.75 ha bajo el régimen de licencia, con el número 153, irrigado por el canal 1er. orden Canal Principal, lateral 2do. orden Millones, lateral 3er. orden Huabo, del Subsector de Riego Eten, anulándose el área remanente de 0.48 ha, bajo el régimen de licencia.
Reconocer como servidumbre de riego canal de riego del Sub Lateral 8.1.3 que cruza el predio del señor Guillermo Mendoza Saldarriaga y beneficia a los predios de los señores Lorenzo Romero Barrientos, Gilber Yaguana Gálvez y Antonio Oblea Cruz, la misma que se tendrá las siguientes dimensiones: b=0.50 metros, B=1.20 metros, ancho de berma=0.70 metros y H=0.55 metros
Disponer la modificación de nombre del conductor Predio Puerto El Cura con unidad catastral N°01675 con un área bajo riego de 8.00 hectáreas, ubicado en el sub sector de riego II.03 Puerto El Cura del distrito, provincia y departamento de Tumbes, cuyo conductor figura el señor Gilber Alberto Yaguana Gálvez consignada en la Resolución Administrativa N° 156-2005/GR TUMBES-DRAT-ATDRT de fecha 16 de agosto del 2005, debiendo quedar inscrito a nombre de Gilber Alfredo Yaguana Gálvez.
Autorizar el desglose del predio denominado “Luzfaque” inscrito en el Padrón de Usos Agrícolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, con 5.43 ha, bajo el régimen de licencia, con el número 2406-A, irrigado por el canal 1er. orden Luzfaque, lateral 2do. orden Luzfaque Alto, lateral 3er. orden El Alto A, del Subsector de Riego Ferreñafe.
Autorizar el desglose del predio denominado “La Capilla y Anexos" inscrito en el Padrón de Usos Agricolas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque, con 2.00 ha, bajo el régimen de licencia, con el número 421-21, irrigado por el canal 1er. orden Zanjón, lateral 2do. orden Gómez, lateral 3er. orden Serquén, del Subsector de Riego Mochumí.
Aprobar el Expediente Técnico Denominado " Instalación de Agua Potable Alto Siguas " presentado por el presidente del Núcleo Ejecutor de Agua Potable del Centro Poblado Alto Siguas, por el cual se plantean la construcción de obras civiles de Infraestructura Hidraúlica para el tratamiento y abastecimiento de agua al Centro Poblado Alto Siguas, ubicado dentro del Sector de Riego Pampa de Majes, comprensión del Distrito de Riego Colca-Siguas Chivay, que cuenta con la opinión favorable de la Junta de Usuarios de la Pampa de Majes y la Autoridad Autónoma de Majes - AUTODEMA.
Autorizar a favor de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla y al Consorcio Lluncuna conformado por las empresas: TECPROYS S.R.L. y CONTRATISTAS GENERALES JOSFOR S.A.C., la ejecución de la obra en la fuente natural de agua (río “Lluncuna”), en el marco del proyecto denominado: “RENOVACION DEL PUENTE, EN EL(LA) CAMINO VECINAL RUTA HUAMANGUILLA – QUITURARA “PUENTE LLUNCUNA”, DISTRITO DE HUAMANGUILLA, PROVINCIA HUANTA, DEPARTAMENTO DE AYACUCHO”
AUTORIZAR a SEGUNDO ROSARIO ÑONTOL JULCA el cultivo de Maiz de su Predio denominado "SEMÁN", Ubicado en el Sector de Riego GUADALUPE
Renovar el Permiso a las Concesiones Mineras “milagros de mahua y jhoel Ivan ", mientras que tramite su licencia correspondiente, para que usen las aguas del Riachuelo Pallcamayo2 Aguas arriba un caudal. de 0.40 litros por segundo, las mismas que serán utilizadas con fines Mineros.
Renovar el Permiso a la Sociedad Minera de Responsabilidad Ltda., ''ESCONDIDA DE ORO''. Mientras quo tramiten su licencia correspondiente, para que usen las aguas del manantial "Cudti Camani", con un caudal autorizado de 01 litros por segundo y de la quebrada "Uchuy Cutini", de la que se autoriza 04 litros por segundo. Haciendo un total de 05 Litro por segundo, durante los meses de Diciembre, Enero, Febrero y Marzo, (equivalente a un volumen de 51.857mJ). Con fines Minero.(...)
Autorizar por el tiempo de 03 meses a la Empresa Minera IRL S.A para su proyecto Chama, en el uso de las aguas con fines mineros de las fuentes hidricas en el Distrito de Huaquirca, Provincia de Antabamba, Region Apurimac, y con sus caracteristicas siguientes:
Otorgar un plazo de 30 dias calendarios al señor Aurelio Emiliano Camargo Cardenas, para que presente a esta Administracion tecnica, los estudios de captacion, conduccion y distribucion de las aguas del manatial Ccoriccocha para la continuidad de su tramite. El imcumplimiento dara lugar al archivamiento del expediente administrativo N° 1172-2004.
Reconocer al comite de Regantes de la Comunidad de Karqueque, Distrito de Huanipaca, Provincia de Abancay, Departamento y Region de Apurimac,
Inscribir en el padrón de usuarios de la comisión de regantes Romero, a los usuarios y predios, según detalle, cuya fuente de agua es el lateral Chute del Comité N° 01
Deroguese al articulo primero de la Resolucion Administrativa 092-92-SRA-AP-CDR-AB, de fecha 15 de marzo del 1992, por lo expuesto en el segundo considerando de la presente Resolucion Administrativa.
Reconocer a la Junta Directiva del Comité de Pozo denominado: “Comunal San José”, del Sector San Martín - Malinguitas, Departamento de Piura, jurisdicción de la Comisión de Regantes Vicús, que se encargará de dirigir la gestión del Recurso Hídrico Subterráneo para fines domésticos y abastecimiento de la población y cuyos integrantes son los siguientes:
Otorgar licencia de uso de agua con fines agrarios al señor Armando Camacho Huamanñahui, de las aguas del manantial denominado QuillabambaCcata con un caudal de 01lt/seg y una masa anual de 15.552.m3( quince mil quinientos cincuenta y dos metros cubicos anuales) ubicado en los sectores de Ccocha Pumaranra y Quillabamba del Distrito de Tamburco, Provincia de Abancay, Region Apurimac, y en las cordenadas siguientes:
Autorizar a la Compañía Minera Atacocha S.A. el desvío temporal de las aguas del río Huallaga por un periodo de 60 días calendarios , a partir de notificada la presente resolución,en una longitud de 1040 m.entre las coordenadas 8832354,369714E a unos 3432 m.s.n.m. el punto de desvío y coordenadas 8833008, 369672E a unos 3430 m.s.n.m. el punto de devolución al cauce del río Huallaga, con la finalidad de realizar las pruebas hidráulicas de túnel construido para dicho fin.
ARTICULO 1º .- Reconocer al COMITÉ DE REGANTES LLULLUCHAYOCC, como organización del
Sector de Riego Andahuaylas que vienen utilizando la fuente de agua de los manantes Llulluchayocc 1, Llulluchayocc2, Llulluchayocc 3 y Lllulluchayocc 4, mediante el reservorio, canal y riego presurizado, ubicado en el distrito de Andahuaylas, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac.
Anular del padrón de usuarios de la comisión de regantes Margen Izquierda del señor Clarisa Serna Vda. De Infantes por los predios con registro catastrales 12342
INSCRIBIR en el Padrón de Usuarios al Sr. FERNANDO MIGUEL MERA RAMOS, con el Predio denominado "GRANJA SANTA ELENA", ubicado en el sector de riego SAN PEDRO.
INSCRIBIR en el Padrón de Usuarios al Sr. FERNANDO MIGUEL MERA RAMOS, con el Predio denominado "GRANJA SANTA ELENA", ubicado en el sector de riego SAN PEDRO.
Asignar al bloque de riego “El Palmar”, con código PTUM02-B21, de la Comisión de Regantes El Palmar de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 6.33 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 5.07 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 159.83 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9611240N, 555736E y 9608558N, 560042E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-21, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Asignar al bloque de riego “Romero”, con código PTUM02-B20, de la Comisión de Regantes Romero de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 13.40 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 10.81 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 491.21 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9611568N, 558490E y 96060496N, 562863E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-20, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual
Asignar al bloque de riego “La tuna”, con código PTUM02-B19, de la Comisión de Regantes La Tuna de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 7.60 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 6.10 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 253.4896 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9610306N, 560203E y 9607060N, 565321E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-19, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.
Asignar al bloque de riego “Puerto El Cura”, con código PTUM02-B18, de la Comisión de Regantes Puerto El Cura de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tumbes un volumen de agua superficial aleatorio de hasta 90.94 millones de metros cúbicos (MMC) anuales al 75% de persistencia medidos en el rio Tumbes y de hasta 72.75 MMC en la cabecera de Bloque, proveniente del rio Tumbes, perteneciente a la cuenca hidrográfica del rio Tumbes, captados mediante sistema de bombeo superficial del rio Tumbes, para una extensión de 2,390.5670 hectáreas bajo riego, ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM 9613484N, 563097E y 9604286N, 575457E, y políticamente en el Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes-Zarumilla y Departamento de Tumbes, conforme al plano N° PB-18, que forma parte de la presente Resolución . El Volumen anual tiene la siguiente desagregación mensual.