R.D. N°. 1881-2016-ANA-AAA-JZ-V
Sancionar a Atoche Saavedra Santos Rafael, identificado con DNI Nº 03880157, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338
Sancionar a Atoche Saavedra Santos Rafael, identificado con DNI Nº 03880157, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338
Sancionar a Atoche Escobar Gerónimo, identificado con DNI Nº 40138518, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Atoche Escobar Julio Cesar, identificado con DNI Nº 414 78943, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Alburqueque Saldarriaga Pedro, identificado con DNI Nº 03648350, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines productivos agrícolas, otorgada mediante con Resolución Administrativa Nº 513-2005-G.R.PIURA-420010-DRA.P-AACH- S.ATDRCH,
Sancionar a Santos Justo Reyes Campos, identificado con DNI N° 03633346, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Eber García Velásquez, identificado con DNI Nº 42914559, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Maria Teresa Juárez Carreño de Martínez, identificado con DNI N° 80363304, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Yovera Flores Lázaro, identificado con DNI N° 03476741, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Castillo Chapilliquen Teodoro Humberto, identificado con DNI Nº03640720, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Rivas Flores José Benito, identificado con DNI Nº 03476139, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Paiba Flores José María, identificado con DNI N° 03475742, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Yovera Flores Lázaro, identificado con DNI Nº 03476741, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara Carrillo Estrada Rene Emilio, identificado con DNI N° 03494813, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento,
Sancionar a Espinoza Sandoval Manuel, identificado con DNI Nº 03645642 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Castro Ordinola Juan Hortencio, identificado con DNI Nº 03640768, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Autorizar, a la Municipalidad Distrital Querocotillo, la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterráneas sin perforación, en el centro poblado La Horca,
Sancionar a Cipriano Arismendiz Aguirre, identificado con DNI N° 03617032, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Durand Villegas Agueda, identificadoa don DNI N° 03475209, por infringir el numeral 1) del articulo 120° de la ley N° 29338 en concordancia con el literal a)
Sancionar a Córdova Ruiz Wilfredo, identificado con DNI Nº 03646673, por infringir el numeral 1} del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento.
Sancionar a José Yovera Juárez, identificado con DNI N° 03640058, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su Reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte consideraliva de la presente resolución
Sancionar a Núñez Farfán Parcemon, identificado con DNI Nº 03633058, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Ramirez Yovera Mariano, identificado con DNI N° 03679539, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento.
Sancionar a Chunga More Félix, identificado con DNI N° 03477119, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Inga Santiago Albertina, identificada con DNI Nº 80426060, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Durand Mogollón Celso, identificado con DNI Nº 03477445, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Aprobar a favor de Empresa Agroindustrial Cayalti S.A.A., con RUC 20164042686, el estudio de disponibilidad hídrica denominado Estudio Hidrogeológico para la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea en los sectores Chumbenique y Culpón,
Sancionar a Maximiliano Carrasco Seniles, identificado con DNI N° 03615386, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a José Carlos Aguirre Espinoza, identificado con DNI Nº 03669837, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N º 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su Reglamento,
Sancionar a Felipa Aguirre de Yovera, identificada con DNI Nº 03644900, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionara María Giovanny Mendoza Juárez, identificado con DNI N° 03688590, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su Reglamento,
Sancionara Hugo Cardoza Macalupu, identificado con DNI N° 03478664, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Floro Calderón Cruz, identificado con DNI N° 03624030, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Liliana Elizabeth Durand Mendoza, identificado con DNI N° 8029717123, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su Reglamento,
Sancionara Reinner Morales Herrera, identificado con DNI Nº 45438812, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Santos Chapilliquen Aquino, identificado con DNI N° 03640401, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su Reglamento,
Sancionar a Elmer Dali Maldonado Pacheco, identificado con DNI N° 07412198, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Elmer Dali Maldonado Pacheco, identificado con DNI N° 07412198, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Arismendiz Aguirre Luciano, identificado con DNI Nº 03640493 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines productivos agrícolas, otorgada mediante con Resolución Administrativa N° 218-2006-GR TUMBES-DRAT-ATDRT, a favor de María Eudoxia Yovera de Yovera para el predio con código catastral 00434.
Declarar el abandono del procedimiento administrativo organizado por Martos Alcalde Santos Edulfo, sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea proveniente del pozo con IRHS 561,
Autorizar, a CONSORCIO "YANTA", para la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica superficial, para el desarrollo del proyecto
Autorizar, a Eduardo Najar Salazar, para la ejecución de estudios de disponibilidad, hídrica superficial, para el desarrollo del proyecto
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines productivos agrícolas, otorgada mediante con Resolución Directora! N° 369-2015-ANA-AAA JZ-V,
Disponer la acumulación, de oficio de los expedientes administrativos signados con CUT: 125222-2015 y CUT: 123222-2015, en un único procedimiento administrativo signado con 125222-2015, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 075-2005-MA-ATDR-J,
Declarar, el Abandono del procedimiento administrativo sobre Autorización de Ejecución de Actividades de Prevención 2015 - 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento;
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines productivos agrícolas, otorgada mediante con Resolución Administrativa Nº 984-2005-MA-ATDR-J,
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines productivos agrícolas, otorgada mediante con Resolución Administrativa N° 134-2005-MA-A TDR-J,
Rectificar de oficio el error advertido en el Articulo 2º de la parte resolutiva de la Resolución Directora! N° 1154-2016-ANA-AAA JZ-V,