R.D. N°. 2153-2016-ANA-AAA-JZ-V
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, a favor de Alcalde Torres Amparo Elizabeth, Carrión Atuncar Apestegui William Robert,
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, a favor de Alcalde Torres Amparo Elizabeth, Carrión Atuncar Apestegui William Robert,
Sancionar a Petronila Santamaría Valdera, identificado con DNI N° 17566754, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Baldera Sánchez Agustín para el predio con código catastral 29184 con área bajo riego de 1,25 ha.;
.· Rectificar de oficio, el error material incurrido en el Articulo 1 º de la parte resolutiva, en la Resolución Directora! Nº 1461-2015-ANA-AAA JZ-V
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 128-2005-MA-ATDR-J,
Rectificar de oficio, el décimo y treceavo considerando de la Resolución Directora! Nº 4177-2015-ANA-AAA-JZ-V,
Sancionar a Celestino Ancajima Fernández, identificado con DNI Nº 02723918, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Ausberto Rivas Reyes, identificado con DNI Nº 08634192, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Ricardína Chunga de Ramírez, identificado con DNI Nº 02708434, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Domingo Solano Mechato, identificado con DNI N° 02694135, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Santos Juárez Pacherrez, identificado con DNI Nº 03563392, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Miguel Ángel Meca Navarro, identificado con DNI Nº 03672832, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Pablo Francisco Viera Girón, Identificado con DNI Nº 03496993, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Manuel Navarro Sancarranco, identificado con DNI Nº 02752009, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Segundo Sernaqué Silva, identificado con DNI Nº 00205047, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Leoncío Carreño Viera, identificado con DNI Nº 03573575, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Manuel Rafael Girón Pacherres, identificado con DNI N° 45207190, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Alberto Ramírez Quiroga, identificado con DNI Nº 02662623, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Laureano Calderón More, idenlificado con DNI N° 03663941, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Andrés Estrada García, identificado con DNI Nº 03625989, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Teodoro Escobar Estrada, identificado con DNI Nº 03686991, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Javier Marquéz Atoche, identificado con DNI Nº 03665944, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Juan Calderón More, identificado con DNI Nº 40021803, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Edyd Alberto Gutiérrez Villegas, identificado con DNI Nº 03880690, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Vicente Calderón More, identificado con DNI N° 40772288, por infringir el numeral t) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Pedro Estrada lpanaqué, identificado con DNI Nº 03624436, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Rosa Esmerita Atoche Escobar, identificado con DNI N° 41649879, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Leonardo Escobar Mena, identificado con DNI N° 03627142, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar de oficio, el abandono del procedimiento administrativo organizado por Pedro Choez Carlos, sobre autorización de construcción de puente peatonal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, y en consecuencia, se debe proceder al archivo definitivo del expediente administrativo
Aprobar a favor de Municipalidad Distrital de Tambogrande, el estudio de disponibilidad hídrica para el proyecto denominado "Instalación del Servicio de Agua Potable y Eliminación de Excretas en los Caseríos Monteverde Alto,
RD N° 1336-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1335-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1334-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1333-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1332-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1331-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1330-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1329-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1328-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1327-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1326-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1325-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1324-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1323-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1322-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1321-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1320-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1319-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1318-2016-ANA/AAA IC-O
RD N° 1317-2016-ANA/AAA IC-O