R.D. Nro. 412-2024-ANA-AAA.TIT

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 24185.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE CAMIRAYA MOLINO SECTOR CAMIRAYA - CHUSMUYO DE LA COMUNIDAD CAMIRAYA MOLINO", según el plano que forma parte de la presente resolución y conforme al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio 2024

R.D. Nro. 411-2024-ANA-AAA.TIT

Extinguir, la Resolución Directoral N° 563- 2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 03.08.2016, que otorgó licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, en vía de formalización, a favor del señor Jorge Leonardo Pacoticona Chambilla, de las aguas provenientes de los manantiales denominados “Calacalani 1” y “Chapocco”, para aprovechar un volumen anual de 41,620 m3, para regar un área acumulada de 2.20 hectáreas de pastos, en el predio denominado “Huancarani Calacalani”, ubicado en la Parcialidad de Sullcanaca, Distrito de Santa Rosa, Provincia de El Collao y Región Puno, por cambio del titular del predio.

Otorgar, Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, a favor de los señores: Carmen Rosa Pacoticona Montalico, Efrain Walter Pacoticona Chagua y Ana Yaneth Pacoticona Chagua, de las aguas provenientes de los manantiales denominados “Calacalani 1” y “Chapocco”, para aprovechar un volumen anual de 41,620 m3, para regar un área acumulada de 2.20 hectáreas de pastos, en el predio denominado “Huancarani Calacalani”, ubicado en la Parcialidad de Sullcanaca, distrito de Santa Rosa, provincia de El Collao y región Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0032-2024-ANA-AAA.TIT-ALA.ILAVE/ALL:

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Julio 2024

R.D. Nro. 410-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, infundada la oposición efectuada por el señor Basilio Eliseo Sutty Ccanccapa, Presidente de la Comunidad Campesina de Ajoyani, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua superficial y autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, para uso productivo con fines agrarios, el cual cuenta: con infraestructura hidraulica existente, tramitado por la Sra. Hipolita Humalla Mamani, con punto de captación en el manantial Sullana, con punto de captación en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 19 Sur, Este-362242 m, Norte-8426847 m; para aprovechar un volumen de total de hasta 5,682 m3/año, para el Terreno Rustico denominado Salviani, ubicado en el distrito de Antauta, provincia de Melgar, del departamento de Puno, de acuerdo al detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0110-2024-A NA-AAA.TIT/OMOC.

Otorgar, licencia de uso de agua superficial, con fines agrarios, a favor de la señora Hipólita Humalla Mamani, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del Manantial Sullana, por un volumen total de hasta 5,682 m3/año, para un área bajo riego total de hasta 0.38 has para el Predio Salviani, ubicado en el distrito de Antauta, provincia de Melgar, del departamento de Puno, según el detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0110-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo:

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Julio 2024

R.D. Nro. 409-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, IMPROCEDENTE, lo peticionado por el señor Julio Roberto Huanca Montesinos, Gerente de GEOEXPLORASONDEOS E.I.R.L., sobre rectificación de la Resolución Directoral N° 0504-2023-ANA-AAA.TIT, del 19.12.2023, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Julio 2024

R.D. Nro. 408-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 0013-2002-PUNO-DRA.P-ATDRR/AT, del 31.01.2002 que otorgó licencia de uso de agua superficial, con fines agrarios en vías de regularización al señor Máximo Eleuterio Vargas Palaco, un volumen anual de 1,165 m3 para regar un área de 0.25 ha en su predio Santa Teresita, con aguas provenientes del ojo de Agua Toroccahuana, localizados en la Parcialidad de Aquesaya, distrito de Cupi, provincia de Melgar y departamento de Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor del señor Máximo Eleuterio Vargas Palaco, identificado con DNI N° 02271818 para el aprovechamiento de las aguas provenientes del manantial Torohuaccana, correspondiente a un volumen de hasta 3,706 m3/año para un área bajo riego de 0.25 has para uso en el predio Santa Teresita, fuente de agua ubicado en la jurisdicción de la Parcialidad de Aquesaya, distrito de Cupi, provincia de Melgar, departamento de Puno, según el contenido del Informe Técnico Nº 0114-2024-ANAAAA.TIT/OMOC, y de acuerdo al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Julio 2024

R.D. Nro. 407-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 035-1995-DRA-P/AASP-ATDR.P, de fecha 10.07.1955, que otorgó Licencia en vías de adecuación con fines agropecuarios a los hermanos Ramón Eduardo, Juana Isidora y Lorenza Montalico Musaja, para el uso de las aguas de los manantiales Jachapujo Siriruni, Asiruni y Copa Pujo, en beneficio de la propiedad Cuchu- uta, ubicado en el Distrito de Santa Rosa de la Provincia de El Collao, de la Región Puno

Otorgar, Licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor de los señores Ramón Eduardo Montalico Musaja, Juana Isidora Montalico Musaja y Celia Choque Montalico, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de los manantiales Jachapujo, Siriruni, Asiruni 1, 2 y Copapujo para aprovechar un volumen anual total hasta 208,274 m3/año, para el riego de un área total de 17.25 has, fuentes de agua ubicado políticamente en la jurisdicción del Distrito de Santa Rosa, Provincia de El Collao, y Región de Puno, según el contenido del Informe Técnico Nº 0070- 2024-ANA-AAA.TIT/OMOC, y de acuerdo al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Julio 2024

R.D. Nro. 406-2024-ANA-AAA.TIT

Extinguir, a Resolución Administrativa Nº 0253-2002-PUNO-DRA.P-ATDRR/AT, del 16.08.2002, que otorgó licencia de uso de agua con fines agrarios en vías de regularización al señor José Quispe Yapo, un volumen anual de 1,165 m3 para regar un área de 0.25 ha en su predio Yocara Chillihua Cancha, con aguas provenientes del riachuelo Puruntani, localizados en la Parcialidad Centro Qquepa, distrito de Pucara, provincia de Lampa y departamento de Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor de la señora Concepción Ydme Yanqui, identificado con DNI. N° 02170002 para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la quebrada Puruntani, correspondiente a un volumen de hasta 3,010 m3/año para un área bajo riego de 0.25 has para uso en el predio Yocara Cerco Chillihua Cancha, fuente de agua ubicado en la jurisdicción de la Parcialidad Centro Qquepa, distrito de Pucara, provincia de Lampa, departamento de Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0113-2024- ANA-AAA.TIT/OMOC:

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Julio 2024

R.D. Nro. 405-2024-ANA-AAA.TIT

Autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterráneo, para otros usos, el cual cuenta: con infraestructura hidraulica existente, tramitado por el señor Efraín Dario Ponce Gálvez, Director de la Institución Educativa Varones 910 Contingencia, con punto de captación en el pozo tubular denominado I.E. Varones 910, con punto de captación en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 19 Sur, Este-416814 m, Norte-8318662 m; para aprovechar un volumen de total de hasta 16,714 m3/año, para el uso de los servicios higiénicos instalados en la Institución Educativa Varones 910 Contingencia (indicado en el acta de verificación técnica de campo), ubicado en el distrito de Huancané, provincia de Huancané del departamento de Puno.


Otorgar, licencia de uso de agua subterránea, para otros usos, a favor de la Institución Educativa Varones 910 Contingencia, que corresponde al MINISTERIO DE EDUCACION UGEL HUANCANE para el aprovechamiento de las aguas provenientes del pozo tubular denominado I.E. Varones 910, por un volumen total de hasta 16,714 m3/año, para el uso de los servicios higiénicos instalados en la Institución Educativa Varones 910 Contingencia (indicado en el acta de verificación técnica de campo), ubicado en el distrito de Huancané, provincia de Huancané del departamento de Puno, de acuerdo al detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0104-2024- ANA-AAA.TIT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo: 

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Julio 2024

R.D. Nro. 404-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, improcedente, lo peticionado por  señor Julio Roberto Huanca Montesinos, Gerente de GEOEXPLORASONDEOS E.I.R.L., sobre rectificación de la Resolución Directoral N° 0250-2024-ANA-AAA.TIT, del 15.05.2024, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio 2024

R.D. Nro. 403-2024-ANA-AAA.TIT

Disponer, la renovación de la autorización de reúso de aguas residuales domesticas tratadas de la Unidad Minera Nueva Acumulación Quenamari – San Rafael, a favor de la empresa MINSUR S.A., por un plazo similar al otorgado en la Resolución Directoral Nro. 0170-2022-ANA-AAA.TIT, de fecha 26.04.2022, el mismo que comenzará a regir al día siguiente del vencimiento de la Resolución antes citada, computándose a partir del 15.03.2024, con eficacia anticipada3, hasta el 15.03.2026.

Fecha de Resolución

Jueves, 18 Julio 2024

R.D. Nro. 402-2024-ANA-AAA.TIT

Rectificar, con efecto retroactivo, el error material, contenido en la Resolución Directoral N° 0327-2024-ANA-AAA.TIT, de fecha 20.06.2019, con relación al octavo considerando, quedando redactado de la siguiente manera:

Fecha de Resolución

Jueves, 18 Julio 2024

R.D. Nro. 401-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar, el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL DE LA QUEBRADA HUAYCUYOC 2, SECTOR HUAYCUYOC, DISTRITO DE SANTA ROSA, PROVINCIA DE MELGAR, DEPARTAMENTO DE PUNO”,realizado de oficio por el Área Técnica de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, se señalizarán 0.592 kilómetros de faja marginal de la quebrada Huaycuyoc 2, con 29 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD - 29 y 39 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-01 a HI – 39, las que señalan el lindero superior de la faja marginal y se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S; según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 0073-2024-ANA-AAA.TIT/RQC, y la respectiva Memoria Descriptiva, parte integrante del expediente, según la tabla siguiente:

Fecha de Resolución

Jueves, 18 Julio 2024

R.D. Nro. 400-2024-ANA-AAA.TIT

Modificar, el error material, contenido en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 021-2019-ANA-AAA.TIT, de fecha 15.01.2019, a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A - COVISUR, quedando en lo sucesivo, como sigue:

OTORGAR, Licencia de uso de agua subterránea, para otros usos (considerando para servicios higiénicos) a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A. - COVISUR, con RUC N° 20517252558, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del pozo artesanal denominado “Pozo Peaje Caracoto” por un volumen disponible de hasta 810 m3 /año, el que se encuentra ubicado políticamente en el Distrito de Paucarcolla, Provincia de Puno, y Región de Puno, de acuerdo a las condiciones del Informe Técnico N° 0100-2024-ANAAAA.TIT/OMOC, siguiente

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio 2024

R.D. Nro. 399-2024-ANA-AAA.TIT

Rectificar, con efecto retroactivo, el error material, contenido en la Resolución Directoral N° 112-2019-ANA-AAA.TIT, de fecha 24.06.2019, (CUT. N° 191878-2019) con relación al año de expedición, quedando redactado de la siguiente manera

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio 2024

R.D. Nro. 398-2024-ANA-AAA.TIT

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua superficial y autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, para uso productivo con fines agrarios, el cual cuenta: con infraestructura hidráulica existente, tramitado por el señor Sergio Víctor Ccarita Ccallo, presidente de la Comunidad Campesina de Puna Laqueque, con punto de captación en la quebrada “Carcuyo”, con punto de captación en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 19 Sur, Este-430626 m, Norte-8401475 m, respectivamente; para aprovechar un volumen de total de hasta 146,530 m3 /año, para la Comunidad Campesina Puna Laqueque, ubicado en el distrito de Cuyocuyo, provincia de Sandia del departamento de Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0108-2024-ANAAAA.TIT/OMOC

Otorgar, licencia de uso de agua superficial, con fines agrarios, a favor de la Comunidad Campesina de Puna Laqueque, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la Quebrada Carcuyo, por un volumen total de hasta 146,530 m3 /año, para un área bajo riego total de hasta 9.80 has para la Comunidad Campesina de Puna Laqueque, ubicado en el distrito de Cuyocuyo, provincia de Sandia del departamento de Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0108-2024-ANAAAA.TIT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio 2024

R.D. Nro. 397-2024-ANA-AAA.TIT

Conceder, por única vez la prórroga, de la Resolución Directoral N° 0328-2023-ANA-AAA.TIT, por un plazo de doce (12) meses, de acuerdo a la solicitud del administrado, y bajo las mismas condiciones que se otorgó primigeniamente la Autorización de Ejecución de obras en fuentes naturales de agua, el mismo que comenzara a regir del 01.08.2024, a fin de dar continuidad al plazo primigenio, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 16 Julio 2024

R.D. Nro. 396-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar, el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL DE LA QUEBRADA HUAYCUYOC 1, SECTOR HUAYCUYOC, DISTRITO DE SANTA ROSA, PROVINCIA DE MELGAR, DEPARTAMENTO DE PUNO”, realizado de oficio por el Área Técnica de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, se señalizarán 1.051 kilómetros de faja marginal de la quebrada Huaycuyoc 1, con 52 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD - 52 y 66 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-01 a HI – 66, las que señalan el lindero superior de la faja marginal y se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S; según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 0070-2024-ANA-AAA.TIT/RQC, y la respectiva Memoria Descriptiva, parte integrante del expediente, según la tabla siguiente

Fecha de Resolución

Martes, 16 Julio 2024

R.D. Nro. 395-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, improcedente, la solicitud presentada por Comité de Usuarios de Agua Tayaque – Vilcallamas Arriba, representada por su presidente el señor Julio Mamani Flores, sobre formalización del uso de agua con fines agrarios, según el Informe Técnico N° 0023-2024-ANA-AAA.TIT-ALA.ILAVE/RGAC, y; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución

Fecha de Resolución

Martes, 16 Julio 2024

R.D. Nro. 394-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el señor Edgar Mamani Mullisaca, en calidad de Presidente del Consejo de Administración de la Central de Cooperativas Mineras de San Antonio de Poto de Ananea Limitada - CECOMSAP, sobre otorgamiento de Licencia de uso de Agua para uso productivo con fines mineros, en el marco del proceso de formalización minera integral, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, y de acuerdo a las consideraciones estipuladas en el Informe Técnico N° 0028-2024-ANA-AAA.TIT/RLM.

Fecha de Resolución

Martes, 16 Julio 2024

R.D. Nro. 393-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar, el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL DEL RIO CHALLACANCA, SECTOR HACIENDA CALLACUNCA, DISTRITO DE SANTA ROSA, PROVINCIA DE MELGAR, DEPARTAMENTO DE PUNO”, realizado de oficio por el Área Técnica de la Autoridad Administrativa del Agua XIV Titicaca. Por consiguiente, se señalizarán 2.947 kilómetros de faja marginal del rio Challacanca, con 90 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a HD-90 y 50 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-00 a HI-50, las que señalan el lindero superior de la faja marginal, y se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S, y según las características contenidas en el Informe Técnico N° 0068-2024-ANA-AAA.TIT/RQC, así como el Estudio de Delimitación de la Faja Marginal del Rio Challacanca, sector hacienda Callacunca, Distrito de Santa Rosa, Provincia de Melgar, Departamento de Puno”, la misma que forma parte integrante del expediente administrativo:

Fecha de Resolución

Lunes, 15 Julio 2024

R.D. Nro. 392-2024-ANA-AAA.TIT

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua superficial y autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con fines domestico - poblacional, el cual cuenta: con infraestructura hidráulica existente, tramitado por la Municipalidad Provincial de San Román, representado por su Alcalde el señor Oscar Wyllams Cáceres Rodríguez, con punto de captación en la fuente de agua “Manantial Huanuyo”, con punto de captación en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 19 Sur, Este-334248 m, Norte- 8263625 m; para aprovechar un volumen de total de hasta 472 m3/año, ubicado en el distrito de Ocuviri, provincia de Lampa, del departamento de Puno

Otorgar, la licencia de uso de agua superficial, con fines domestico - poblacional, a favor de la Municipalidad Provincial de San Román, representado por su Alcalde el señor   Oscar Wyllams Cáceres Rodríguez, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del Manantial Huanuyo, por un volumen total de hasta 472 m3/año, para el abastecimiento de los trabajadores del área de operaciones de las celdas transitorias de Huanuyo, ubicado en el distrito de Cabanillas, provincia de San Román, departamento de Puno, y de acuerdo a la evaluación contenida en el Informe Técnico N° 0105-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC, que forma parte integrante del expediente administrativo, según el detalle siguiente

Fecha de Resolución

Lunes, 15 Julio 2024

R.D. Nro. 391-2024-ANA-AAA.TIT

IMPONER, a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO, con RUC. N° 20181438364, representado por su Alcalde el señor Richard Ururi Cueva, con DNI. N° 80073785, con domicilio real en Jr. Independencia N° 210 U.V. Barrio Sta. Bárbara, del distrito de Ilave, provincia El Collao, una sanción administrativa pecuniaria de multa por el monto equivalente a SEIS PUNTO CERO (6.0) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.2° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales al cuerpo natural del río Ilave, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el Decreto Supremo N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio 2024

R.D. Nro. 390-2024-ANA-AAA.TIT

Aceptar, el Desistimiento solicitado por la señora Victoria Jaliri de Luve, mediante escrito de fecha 27.06.2024.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio 2024

R.D. Nro. 389-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el señor Wilber Choque Peralta, en calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Rosaspata., sobre Acreditación de Disponibilidad hídrica superficial y Autorización de  Ejecución  de  obras  de  aprovechamiento  hídrico  con  fines  poblacionales,  por  los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio 2024

R.D. Nro. 388-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, la extinción del derecho de uso de agua, contenida en la Resolución Administrativa N° 100-2001-PUNO-DRA.P-ATDRR/AT de fecha 04.12.2001, que otorgó licencia de uso de agua superficial con fines agrícolas, en vías de regularización al señor Paulino Zamata Llavilla, un volumen anual de 23,300 m3, para regar un área de 5.00 has, en su predio Llallimayo Rosaspata, por caducidad, por la causal de muerte del titular, prevista en el artículo 71° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el artículo 102°, numeral 102.3 literal a) del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio 2024

R.D. Nro. 387-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua, contenida en la Resolución Administrativa N° 056-2012-MINAG-ANA-ALA.R de fecha 20.04.2012, que otorgó licencia de uso de agua superficial, proveniente de la laguna represada Sillacunca, destinado para uso productivo y con fines mineros, para el Proyecto Minero Sillacunca-Ananea, a favor del titular minero SALAS MAMANI ABDON, un volumen total anual de hasta 58,070 m3, para el procesamiento del material aurífero mediante lavado gravimétrico en chutes, autorizado de 640 m3/día en una (01)  unidad de producción, en la Concesión Minera La Mona – A Fraccionamiento AFC-3, políticamente ubicado en el distrito Ananea, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, por los fundamentos expuestos en la  presente Resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio 2024

R.D. Nro. 386-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 10, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 291957.00000mE y 8383362.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 20415.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio 2024

R.D. Nro. 385-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, INFUNDADO el recurso de reconsideración, interpuesto por el señor Javier Phocco Cuno, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Caracoto, contra la Resolución Directoral Nº 0286-2024-ANA-AAA.TIT, de fecha 03.06.2024, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Julio 2024

R.D. Nro. 384-2024-ANA-AAA.TIT

Declarar, la extinción del derecho de uso de agua, por caducidad, por la causal de muerte del  titular  del  derecho,  contenido  en  la Resolución Directoral N° 485-2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 05.07.2016, que otorgo, Licencia de uso de agua superficial con fines domésticos – poblacionales, en vía de regularización, a favor del señor Félix Neyra Mamani, proveniente del manantial Charcarapichaqui, cuya demanda de agua es 0.005 l/s, equivalente a un volumen total de 158 m3/año, ubicado en el Distrito de Capachica, Provincia y Región de Puno, (…), por los fundamentos expuestos en la presente Resolución

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Julio 2024

R.D. Nro. 383-2024-ANA-AAA.TIT

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua superficial y autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, para uso productivo con fines agrarios, el cual cuenta: con infraestructura hidráulica existente, tramitado por la señora Marcelina Condori Mamani, con punto de captación en la fuente de agua “Manantial Sajra Punku”, con punto de captación en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 19 Sur, Este- 300506 m, Norte-8359152 m; para aprovechar un volumen de total de hasta 1,794 m3/año, para el Predio Rustico Imaculada Concepción, ubicado en el distrito de Cupi, provincia de Melgar del departamento de Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0101- 2024-ANA-AAA.TIT/OMOC.

Otorgar, licencia de uso de agua superficial, con fines agrarios a favor de la señora Marcelina Condori Mamani, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del Manantial Sajra Punku, por un volumen total de hasta 1,794 m3/año, para un área bajo riego total de hasta 0.12 has para el Predio Rustico denominado Sajra Punku, ubicado en el distrito de Cupi, provincia de Melgar, del departamento de Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0101-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC., que es parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Julio 2024

R.D. Nro. 382-2024-ANA-AAA.TIT

IMPONER, al señor CARLOS CCALLATA LUPACA, con DNI. N° 02272110, con domicilio en el predio “Miskipuqio Pachachirani” (cel: 935304590), una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio 2024

R.D. Nro. 381-2024-ANA-AAA.TIT

IMPONER, a la empresa GREEN MINING COMPANY S & M E.I.R.L., con RUC N° 20606402661, con domicilio en la Urb. San Francisco Mz. U Lt. 13, Distrito de San Miguel, Provincia de San Román y Región de Puno, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a TRES PUNTO CINCO (3.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, tipificado en el artículo 120° numeral 9) realizar vertimientos sin autorización; en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 277º literal d) efectuar vertimiento de aguas residuales en cuerpo de agua, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio 2024

R.D. Nro. 380-2024-ANA-AAA.TIT

TENER POR NO PRESENTADA, la solicitud del Gobierno Regional Puno, de fecha 24.05.2024, sobre Autorización de Uso de Agua con fines de Ejecución de Obras para el proyecto “Mejoramiento de la Carretera DV. Desaguadero (Emp Pe 36ª) Kelluyo - Pisacoma, Provincia de Chucuito – Puno Tramo II Kelluyo – Pisacoma”, por no haber levantado las observaciones advertidas por la autoridad administrativa, y; por los fundamentos expuestos en la presente resolución

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio 2024

R.D. Nro. 379-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar, el estudio de delimitación de faja marginal del rio Compuerta, para el proyecto “CREACION DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO VULNERABLES ANTE EL PELIGRO EN RIO COMPUERTA DISTRITO DE SANTA LUCIA DE LA PROVINCIA DE LAMPA DEL DEPARTAMENTO DE PUNO", tramitado por la Municipalidad Distrital de Santa Lucia, se establece faja marginal del rio Compuerta, en un tramo de 2.74 kilómetros, señalizándose con 42 hitos en la Margen Derecha (MD) codificados desde HD-01 a H-42 y 43 hitos en la Margen Izquierda (MI) codificados desde HI-01 a HI-43, las que señalan el lindero superior de la faja marginal, y se encuentran debidamente georreferenciados en el sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, Zona 19S, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 0056-2024-ANA-AAA.TIT/RQC,  y  la  respectiva  Memoria  Descriptiva,  parte  integrante  del expediente, según la tabla siguiente

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Julio 2024

R.D. Nro. 378-2024-ANA-AAA.TIT

IMPONER a la empresa GOLDEN SWAN CORPORATION SOCIEDAD ANONIMA, con RUC N° 20606163437, con domicilio en la Av. El Maestro N° 876 – Urb. Barrio Tupac Amaru, Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Región de Puno, representado por su Gerente General, el señor Wilmer Condori Mamani, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 5) de la Ley N° 29338, “Dañar los bienes asociados al agua natural”, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal o) Dañar los bienes asociados al agua natural”. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio 2024

R.D. Nro. 377-2024-ANA-AAA.TIT

Rectificar, con efecto retroactivo, el error material, contenido en el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 487-2018-ANA-AAA.TIT, de fecha 22.10.2018, que otorgó licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 731178.77 m³/año, para uso Agrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Supucachi", respecto a las coordenadas UTM WGS 84 zona 19 sur, de la fuente de agua de captación del río Chullumpi, siendo como sigue

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio 2024

R.D. Nro. 376-2024-ANA-AAA.TIT

Rectificar, con efecto retroactivo, el error material, contenido  en  el  artículo  2°  de  la  Resolución  Directoral  N°  0498-2023-ANA-AAA.TIT,  del 19.12.2023, que otorgó Licencia de Uso de Agua, Uso Agricola al Comité de Usuarios de Agua San José, respecto a las coordenadas UTM WGS 84 zona 19 sur, de la fuente de agua de captación del río Pichacani, siendo como sigue

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio 2024

R.D. Nro. 375-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 14, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 1.500 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 292403.00000mE y 8383108.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15310.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 374-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque BLOQUE DE RIEGO JANKU KARKA, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 1.500 (ha) y su centroide ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  467767.00000mE  y 8297025.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Moho, provincia de Moho, departamento Puno

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 8894.00 m³/año, para  uso Agrícola,   a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA QUEQUERANA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 373-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 6, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2.500 (ha) y su centroide  ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  288903.00000mE  y 8384462.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno. 

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 25518.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 372-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 17, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 5.250 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 294600.00000mE y 8383186.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 53587.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 371-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 3, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 0.500 (ha) y su centroide  ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  287270.00000mE  y 8385250.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5103.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 370-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 8, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 6.500 (ha) y su centroide  ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  290023.00000mE  y 8383973.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno. 

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 66349.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 369-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 11, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 5.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 292305.00000mE y 8383151.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 51036.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 368-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 12, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 3.750 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 292363.00000mE y 8383286.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 38277.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 367-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 7, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 0.500 (ha) y su centroide  ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  289627.00000mE  y 8384248.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno. 

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5103.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 366-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 13, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 7.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 292790.00000mE y 8383162.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 71451.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 365-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 16, según el plano que
forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2.500 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 294159.00000mE y 8382947.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno.

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 25518.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 364-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 1, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 0.500 (ha) y su centroide  ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  286705.00000mE  y 8385204.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 5103.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle: 

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024

R.D. Nro. 363-2024-ANA-AAA.TIT

Aprobar la delimitación del Bloque CHULLUMAYO VILACOTA 5, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 4.000 (ha) y su centroide  ubicado geográficamente  en  las  coordenadas  UTM  288753.00000mE  y 8384275.00000mN,  DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Macari, provincia de Melgar, departamento Puno

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 40827.00 m³/año, para uso Agrícola,  a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CHULLUMAYO VILACOTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Julio 2024