Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 039-2003-DRA.P-ATDRR/AT, de fecha 25.03.2003, que otorgó, Licencia de uso de agua con fines agrarios al Comité de Regantes Huañatira; con un caudal promedio de 35.00 l/s, del Rio Piruani, para regar los predios de los usuarios del mencionado comité de regantes.
Aprobar, la delimitación del Bloque de Riego Huañatira, del Comité de Usuarios de Agua Huañatira, para un área bajo riego de hasta 36.0 has, ubicado políticamente en la Parcialidad Ccorocca, Distrito de Antauta, Provincia de Melgar, departamento y Región de Puno.
Otorgar, Licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor del Comité de Usuarios de Agua Huañatira, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del Rio Pirhuani, correspondiente a un volumen de hasta 133,131 m3 para el riego complementario superficial y 173070 m3 para el riego tecnificado (aspersión), para un área bajo riego de 36.0 has, para uso en el bloque de riego Huañatira, fuentes de agua ubicado políticamente en la jurisdicción de la Parcialidad Ccorocca, Distrito de Antauta, Provincia de Melgar, y Región de Puno, según el contenido del Informe Técnico Nº 0109-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC, y de acuerdo al siguiente detalle: