R.D. Nro. 024-2025-ANA-AAA.TIT
Aceptar, el DESISTIMIENTO solicitado por la señora Amalia Coarita Yapuchura, en calidad de Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Unicachi, mediante solicitud de fecha 10.01.2025.
Aceptar, el DESISTIMIENTO solicitado por la señora Amalia Coarita Yapuchura, en calidad de Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Unicachi, mediante solicitud de fecha 10.01.2025.
Declarar improcedente la petición de formalización de derecho de uso de agua con fines agrarios solicitado por el “Comité de Usuarios de Agua Huallhuas", del barrio Huaytacucho, distrito Locroja, provincia Churcampa departamento de Huancavelica, dentro de los alcances de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la delimitación del Bloque TOMA I, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 186.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 209 146 E y 8 941 443 N, DATUM WGS84, zona 18, politicamente en el distrito de Pira, provincia de Huaraz, departamento Ancash.
AUTORIZAR a la señora Claudia Aramburú Villavisencio, identificada con DNI N° 43729335 y a la señora Andrea Aramburú Villavisencio, identificada con DNI N° 45998340, la perforación de un pozo en reemplazo del pozo tubular IRHS-11-01-01-59, con fines de uso productivo - agrícola, bajo las mismas características técnicas del pozo primigenio.
Aprobar la delimitación del Bloque Los Peroles, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 5.000 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 655233.00mE y 9406059.000 m N, DATUM WGS84, zona 17, políticamente en el distrito de Canchaque, provincia de Huancabamba, departamento Piura.
APROBAR LA ACTUALIZACIÓN de la delimitación de la faja marginal, ambas márgenes delimitada de la quebrada “Cachiyacu”, emitida mediante Resolución Administrativa N° 006-93-SM-DRAG/DCDR-T/UAYR; bajo la modalidad de huella máxima, con una longitud de cauce de 2 540 metros; con una longitud de 2 540 m margen izquierda; y en una longitud de 2 540 m. margen derecha, conservando el ancho mínimo de faja marginal de 150 m; propuesta por la empresa INVERSIONES ROLDI S.A.C.
Autorizar la ejecución de obra de aprovechamiento hídrico subterráneo, para la perforación de dos (02) pozos tipo tajo abierto con fines de uso poblacional, a favor de la Empresa Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Barranca S.A., -SEMAPA BARRANCA S.A- con RUC 20199160819.
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria de la Comité de Usuarios de Agua San Hilario, a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios San Hilario - Pumahuasi, ubicado en la Comunidad Campesina Pumahuasi, Distrito de Espinar y Provincia de Espinar, Departamento de Cusco
OTORGAR Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola, por un volumen anual de hasta 28 595,96 m3 (periodo mayo a marzo), equivalente a un caudal de hasta 1,65 l/s (julio), proveniente de la quebrada “Samangay", considerando un rea bajo riego de 2,00 ha., para el desarrollo del proyecto denominado “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO EN EL PREDIO DE LA SEÑORA GRACIELA PARIATANTA MONTEZA, EN EL CASERÍO EL ARENAL, DISTRITO DE CUTERVO, PROVINCIA DE CUTERVO, REGIÓN CAJAMARCA"-, solicitado por GRACIELA PARIATANTA MONTEZA.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios, proveniente del manantial Chullapujio; para el proyecto denominado “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO EN EL FUNDO CHUCÑICCAHUA DEL DISTRITO DE ESPINAR DE LA PROVINCIA DE ESPINAR DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO”, a favor de Doña ROBERTINA TACO CHURATA,
DECLARAR IMPROCEDENTE, el trámite administrativo signado con CUT N° 191079-2024, seguido por el señor Mario Cleofe Franco Cusi, en calidad de Presidente de la
Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Santa Ana del Centro Poblado de Chacan, solicitando la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, en merito a los fundamentos señalados en la presente resolución; y en consecuencia disponer la CONCLUSIÓN y ARCHIVAMIENTO, del procedimiento administrativo.
DECLARAR IMPROCEDENTE el procedimiento administrativo solicitado por MILTON RONALD PEREDA ROJAS identificado con DNI N° 41068263, sobre Autorización de Uso de Agua, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DESESTIMAR la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines poblacionales, proveniente del manantial Intipa Pupun; para el proyecto denominado “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y CREACIÓN DE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS) EN LA LOCALIDAD DE CCOCHANCCAY, DEL DISTRITO DE CHALCOS, PROVINCIA DE SUCRE – DEPARTAMENTO DE AYACUCHO”; peticionada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALCOS, de la provincia de Sucre, de la región Ayacucho
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria de la Comité de Usuarios de Agua Ccañihua Pampa, a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios Ccañihua Pampa, ubicado en la Comunidad Campesina Mamanihuayta, del Distrito de Coporaque, Provincia de Espinar, Departamento de Cusco.
Declarar improcedente la petición de formalización de derecho de uso de agua con fines agrarios, presentado por el Comité de Usuarios de Agua Tunelhuaycco, en el marco de la Formalización de Derechos de Uso de Agua, establecida en la Resolución Jefatural Nº 058-2018-ANA. La razón se encuentra expuesta en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica de agua subterránea con fines recreacionales (Piscina), por un volumen de hasta 3 463,85 m3/año del pozo artesanal para ser usado en las instalaciones del Colegio Particular Mixto Santa Clara, ubicado en la Av. Garcilaso de la Vega 105 C, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, a favor de la Provincia Franciscana de los XII Apóstoles del Perú; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución
Declarar la extinción licencia de uso de agua superficial del río Chillón volumen de 1 546,0787 m3/año, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 015-2007- AG-SGRAM/ATDR CHRL a favor de Ludovina Torres Guerrero de Huamán, para el predio con código 03724 de 0,1000 ha bajo riego, ubicados en el Bloque de Riego Chacra Cerro Alto con código PCRL-28-B08, en el ámbito de la Comisión de Usuarios Chacra Cerro Alto, Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chillón, distrito de Comas, provincia de Lima, departamento de Lima, por caducidad, por la causal conclusión del objeto.
APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo, presentado por el señor Julián Cipriano Rivas Quilca, en calidad de Presidente del Comité de Usuarios de Agua del Anexo de Santa Rosa; por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 79220-2022, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Autorizar a la Unidad Ejecutora 002 Servicios Saneamiento Tumbes, con RUC: 20603799373, la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de un (01) pozo exploratorio para desarrollar un proyecto con fines poblacionales en el ámbito de la localidad de Pedregal, distrito Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes
Declarar la extinción parcial de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante la Resolución Administrativa Nº 0109-05-DRALL/ATDRMVCH a favor de Julio Castillo Viera identificado con DNI N° 18046411 para el predio de U.C. Nº 00582 con un área total y bajo riego de 4,6600 ha. (área remanente) con un volumen máximo anual de hasta 48 492,53 m ; y mantener vigente todo lo demás que no se oponga a la presente resolución.
Aprobar la delimitación del Bloque CHACRAS, el cual tiene un área bajo riego de 2.00 (ha) y ubicado políticamente en el distrito de Margos, provincia de Huánuco, departamento Huánuco; y Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 976.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS SHIRACA RAGRA".
Aprobar la delimitación del BLOQUE DE RIEGO MISQUINI UNO, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 0.150 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 408561.00000mE y 8366950.00000mN, DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Putina, provincia de San Antonio De Putina, departamento Puno
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1970.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS SANTA CRUZ DE CHOCALLACA ", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle
Aprobar, acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente del río Pativilca, con un volumen de agua ascendente de 643,31 m3/año por cinco meses (enero a mayo) para el proyecto agrario en el predio «Lindero» de 0,0860 ha bajo riego ubicado en el sector La Paz distrito de Pativilca, provincia de Barranca y departamento de Lima, a favor de Amalia Toribia Asencios Luis con DNI N°40622635 y Marcelo Anastacio Cosme Castillejo con DNI N°40353306.
SANCIONAR a la Compañía Procesadora Mollehuaca S.A.C., con RUC N° 20535879762, con la imposición de una AMONESTACIÓN ESCRITA, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por mantener en malas condiciones el dispositivo de control y medición del pozo tipo tajo abierto con código IRHS 04-03-09-001, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 601,496 mE – 8’271,768 mN; incurriendo en la infracción tipificada en el numeral 2 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos “el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57º de la Ley, numeral 5 del artículo. 57° de la Ley N° 29338 “instalar los dispositivos de control y medición de agua, conservándolos y manteniéndolos en buen estado”, concordante con el literal k) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG “Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica, los dispositivos de control y medición necesarios para el uso del agua o incumplir con instalar dichos dispositivos”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DESESTIMAR, la solicitud del procedimiento administrativo signado con CUT N° 213405-2024, presentado por la señora Cecinia Cisneros Llocclla identificada con DNI N° 28204418, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial con fines Acuícolas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Acreditar la disponibilidad hídrica Subterránea solicitada por Franklin Jhon Goishueta Mitma identificado con DNI N° 42824332, mediante la cual se acredita la existencia de un volumen de agua disponible en el acuífero Nepeña de 21 309 m para extraer a través de 01 pozo artesanal, satisfaciendo así la demanda proyectada para fines mineros para su proyecto “Planta de Beneficio de Minerales Don Chiro”; dicho pozo artesanal estará ubicado en las coordenadas UTM Datum WGS 84 Zona 17 L: 806 126 E – 8 985 773 N.
Aprobar la delimitación del Bloque SANTA FE-TREBOL-ALEGRE, el cual tiene un área bajo riego de 28.70 (ha) y ubicado políticamente en el distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento Pasco; y Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 56776.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA DEL CASERIO DOCE DE OCTUBRE".
Aprobar la delimitación del BLOQUE DE RIEGO SALLA CANCHA, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 1.500 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 401248.00000mE y 8354702.00000mN, DATUM WGS84, zona 19, políticamente en el distrito de Putina, provincia de San Antonio De Putina, departamento Puno.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 12910.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS BELLAVISTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle:
Otorgar la autorización de uso de agua del rio Putina, para la ejecución del proyecto denominado: “Creación de la trocha carrozable de tercer orden e integración Huatalaque – San Cristóbal, distrito de Cuchumbaya, Mariscal Nieto, Moquegua” – CUI N° 2302938, a favor del Gobierno Regional Moquegua
Encauzar, la solicitud presentada por la empresa DESARROLLO FRUTICOLA SUDAMERICANA S.A.C. identificada con RUC N° 20602137555, sobre modificación de licencia de uso de agua subterránea, como uno de otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea; de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la petición de formalización de derecho de uso de agua con fines agrarios, presentado por el Comité de Usuarios de Agua Yunyaccocha - Huaychil - Yunyaccasa, en el marco de la Formalización de Derechos de Uso de Agua, establecida en la Resolución Jefatural Nº058-2018-ANA. La razón se encuentra expuesta en la parte considerativa de la presente resolución.
ACREDITAR la disponibilidad hídrica superficial con fines poblacionales, proveniente de los manantiales Tambochayocc Rumi y Carniceriapucro; para el proyecto denominado “CREACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO DE HUAYCHAO, DISTRITO DE ACOS VINCHOS, HUAMANGA, AYACUCHO”, a favor de la COMUNIDAD CAMPESINA DE HUAYCHAO
APROBAR el Plan de Aprovechamiento Hídrico, para el proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Básico en el Sector de Garabito Margen Izquierda y Margen Derecha del Distrito de Santa Ana – Provincia La Convención-Departamento de Cusco”, conforme las especificaciones técnicas establecidas en el Informe Técnico N° 0223-2024-ANA-AAA.UV/XCC, que es parte de la presente resolución directoral.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0251-2009 ANA/ALA.CSCH, de fecha 25/08/2009, otorgada a favor de CARDENAS HUAMANI, ELIZABETH LEOPOLDA., respecto a la unidad operativa Cod: 38133, CHAUPI MOCCO.
ACREDITAR la Disponibilidad Hídrica de la quebrada “Aguatingo (Colpa)", para el desarrollo del proyecto “Creación del Servicio de Provisión de Agua Para Riego en las Localidades de Atawilca, Buena Vista, Rondos, San Juan de Puquio y San Pedro, del Distrito de Rondos, Provincia de Lauricocha, Departamento de Huánuco” por un volumen anual de hasta 614 219,73 m3, equivalente a un caudal de hasta 55,53 l/s (junio), solicitado por Civilsaps Ingenieros Contratistas S.A.
OTORGAR, Autorización de Ejecución de Obras Mínimas, para el proyecto denominado: “Limpieza y descolmatación de cauce del río Sambaray, distrito de Santa Ana, provincia de la Convención, departamento Cusco”, a favor de la Municipalidad Provincial de La Convención
Incorporar el acuerdo de adecuación estatutaria de la Comité de Usuarios de Agua Huacalluyo Challhuayoc Pujio, a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI a mérito de lo cual queda denominada como: Comité de Usuarios Huacalluyo Challhuayoc Pujio, ubicado en el sector Longeria de la Comunidad Campesina Queroccollana, del Distrito de Coporaque, Departamento de Cusco
ACREDITAR, la Disponibilidad Hídrica de agua superficial, con fines agrarios para el desarrollo del proyecto: “Creación del Servicio de provisión de Agua para Riego en el Caserío de Maraybamba, arriba del Distrito de Sihuas, de la Provincia de Sihuas del Departamento de Ancash”; por un volumen anual de hasta 341 815,68 m3, con un caudal de hasta 16,04 l/s, solicitado por el señor Alejandro Crespín Izaguirre Carrillo.2:
Prorrogar por única vez y por el plazo de dos (02) años, la vigencia de la RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0067-2023-ANA-AAA.PA., de fecha 10 de febrero del 2023, a favor de la COMPAÑÍA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A., dentro del marco del proyecto “EXPLORACIÓN GABY”,
OTORGAR, Autorización para la Ejecución de Obras en los Bienes Naturales Asociados al Agua y en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial (Obras Mínimas), para el
proyecto “Reparación, Ampliación de Pircado con rocas y Limpieza de Cauce del rio Tigre, Predio Cruz Cunca” del distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco”, solicitado por el señor Pablo Laura Chilo, identificado con DNI N° 25195366
Desestimar la solicitud de formalización de licencia de uso de agua, dentro del marco del Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI, solicitada por el Señor Fidel Chaiña Condori, identificado con DNI N° 24882624, como usuario Individual por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar, acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente del río Pativilca con un volumen de 2 179,02 m3/año por cinco meses (enero a mayo) para el proyecto agrario en el predio «Santa Ysabel» de 0,2913 ha bajo riego ubicado en el sector Alpas distrito de Cochas, provincia de Ocros y departamento de Ancash, a favor de Ysabel Emiliana Rivera Mayo con DNI N°15856473.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 4158.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO JASS DE LA COMUNIDAD DE HUANCASAYA SECTOR LAYUNI", según el plano que forma parte de la presente resolución y conforme al siguiente detalle:
Declarar fundado el Recurso de Reconsideración presentado por ASTERIO PALOMINO QUISPE, contra la Resolución Directoral N° 0706-2024-ANA-AAA.JZ, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Es procedente modificar sólo la denominación del nombre del proyecto respecto de la acreditación de la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios consignado en la Resolución Directoral N°0091-2022-ANA-AAA.MAN, de fecha 04.03.2022, prorrogado a su vez mediante Resolución Directoral N°0072-2024-ANA-AAA.MAN, de fecha 12.02.2024, en tanto no va modificar lo sustancial del contenido ni el sentido del acto administrativo, ello con la finalidad de otorgarle mayor exactitud:
DEBE DECIR:
“CREACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO EN LOS SECTORES AGRICOLAS DE CENTRO POBLADO SAN ISIDRO DE ACOBAMBA DISTRITO DE SAN MARCOS DE ROCCHAC DE LA PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELIC
Autorizar al Gobierno Regional de Moquegua, la ejecución de obras mínimas, conforme a la Memoria Descriptiva “Limpieza y descolmatación del rio Huaracane, tramo puente Yaravico – Puente Huaracanito, rio Tumilaca, tramo puente Tucuman – Sifon Tumilaca, río Torata, Tramo puente Ocolla – puente El Mocho, distrito de Moquegua, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua”, de acuerdo con lo solicitado por el administrado
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua en el marco de la Formalización de Uso de Agua previsto en el Decreto Supremo N° 010-2020-MINAGRI y Resolución Jefatural N° 057-2021-ANA, con fines productivo – agrícola, respecto del pozo a tajo abierto con IRHS-61, ubicado en el sector Las Trancas, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, promovido por el señor Manuel Ediberto Ayasta Cornejo, identificado con DNI N° 06833805; disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 39926-2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.