R.D. N° 1620-2017-ANA/AAA I C-O
R.D. N° 1620-2017-ANA/AAA I C-O
R.D. N° 1620-2017-ANA/AAA I C-O
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor del Comité de Usuarios del Canal El Chunque, para ser aprovechado en el bloque de riego El Chunque.
R.D. N° 1619-2017-ANA/AAA I C-O
Otorgar licencias de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Rojas Vda de Hurtado, Mariana, Hurtado Rojas David Godofredo, Hurtado Rojas Mariana Lisbet del Rocío y Hurtado Rojas Sonia Elizabeth.
Sancionar a Adan Gabriel Huamán, identificado con DNI Nº 16780146, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los
argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, a favor de Walter Alexander Ginocchio Eche.
Rectificar de oficio el error material incurrido en el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 580-2016-ANA-AAA JZ-V, rectificada con la Resolución Directoral Nº 3167-2016-ANA-AAA JZ-V.
Declarar improcedente el procedimiento seguido por Angelita Pacherre Viera de Preciado, sobre formalización de licencia de uso de agua superficial con fines agrícolas, para predio con código catastral 11544 de área 0.4959 ha., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solitud presentada por Gilberto Alama Merino sobre suspensión de dotación de agua y dejar sin efecto legal la licencia de uso de agua a favor de Margarita Ríos Chumacera, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar fundada la oposición presentada por Agro Pucala S.A.A., por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud presentada por Eduardo Elard Pantigoso García sobre otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso pecuario, a favor de Mío Juárez Urbano, Mio Juárez Simeón, Mio Juárez Fidencio, Mio Juárez Antonio y Mío Juárez José del Carmen.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, a favor de la Asociación Agrícola Señor de los Milagros, proveniente de un pozo tubular con código IRHS 434.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Autorizar a favor de Diviso Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. con RUC 20517915093, la ejecución de las obras de aprovechamiento h ídrico subterráneo consistentes en la perforación de un (01) pozo tubular, con fines de uso poblacional.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Francisca Mogollon Vda. De Hidalgo, Hugo Yoel Hidalgo Mogollon, Jenny Alexander Hidalgo Mogollon y Mirtha Hidalgo Mogollon.
Rectificar el error material incurrido en el cuadro de detalle del artículo 2º de la Resolución Administrativa N° 249-2006-GOB.REG.PIURA.DRA.P.ATDR.AP-H.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Juan Izquierdo Llamogtanta.
Aprobar a favor de Consorcio Pro Agua Norte, el estudio de disponibilidad hidrica para el proyecto denominado "Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable e Instalación del Saneamiento Básico de la Localidad de Huacas Alto, Distrito de Lagunas - Ayabaca - Piura",
Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines productivo agrícola, a favor de Asociación Iglesia Pentecostal La Cosecha, para el predio con código catastral N° 12322, agua proveniente del río Chancay-Lambayeque.
Declarar infundado el recurso de reconsideración, interpuesto por el GRUPO CASSINELLI S.R.L., contra la Resolución Directora! N° 1063-2017-ANA-AAA-JZ·V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar el error material incurrido en el cuadro de detalle del artículo 1º de la Resolución Directora! Nº 531-2012-ANA-AAA-JZ-V.
Rectificar el Articulo 1º de la Resolución Directora! N° 1858-2013-ANA-AAA JZ-V.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrlcola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Elmer Manuel Rivadeneira Alarcón y Marcia Lucien Guevara Diaz de Rivadeneira, para el predio con código catastral 07825, con área bajo riego O, 1782 ha.; con agua proveniente
del rio Chancay Lambayeque.
Aprobar a favor de Municipalidad Provincial de San Miguel, con RUC 20143625843, la acreditación de disponibilidad hídrica, únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico para el proyecto denominado "Construcción del Canal de Regadlo en el Caserío de Chiapon, Distrito y Provincia de San Miguel
de Pallaques, Departamento de Cajamarca".
Prorrogar, por única vez a favor del Consorcio Saneamiento Norte con RUC 20554091530, la autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hldrica subterránea, aprobada con Resolución Directora! N° 430-2015-ANA-AAA-JZ-V, por el plazo de dos (2) años, con eficacia anticipada al
20 de febrero el 2017, el cual vence el 20 de febrero del 2019, en las mismas condiciones técnicas.
Rectificar de oficio el error material contenido en el Articulo 1 º de la Resolución Directora! N° 1351-2016-ANA-AAA JZ-V.
Prorrogar, por única vez a favor del Consorcio Saneamiento Norte con RUC 20554091530, la autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hidrica subterránea, aprobada con Resolución Directora! N° 2431-2014-ANA-AAA-JZ-V, por el plazo de dos (2) años, con eficacia anticipada al 23 de enero del 2017, el cual vence el 23 de enero del 2019, en las mismas condiciones técnicas.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de David Hernán Vásquez Hurtado.
Sancionar a Adan Gabriel Huamán, identificado con DNI N° 16780146, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los
argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Gian Carlos Inga Inga, identificado con DNI Nº 48452837, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de. agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los
argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Alejandro Sandoval Andrade, identificado con DNI Nº 03635410, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Wilmer Eradio Mauricio Guevara, identificado con DNI N° 03476989, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Darwin David Rivera Carreño, identificado con DNI Nº 41499479, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por
los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.