RD Nº 1041-2024-ANA-AAA.CO
APROBAR el Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas del Sector Hidráulico Caplina-Uchusuma, periodo 2024-2025, conforme al Informe Técnico N° 0104-2024-ANA-AAA.CO/DRRG
APROBAR el Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas del Sector Hidráulico Caplina-Uchusuma, periodo 2024-2025, conforme al Informe Técnico N° 0104-2024-ANA-AAA.CO/DRRG
Sancionar a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica (EMAPA HUANCAVELICA S.A.) con una multa equivalente a tres coma uno (3,1) Unidades Impositivas Tributarias (por reducción de multa en aplicación de la condición atenuante de responsabilidad por infracciones), al haberse configurado la comisión de la infracción tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: “Efectuar vertimiento de aguas residuales domesticas al cuerpo natural del rio Ichu, provenientes de una tubería de PVC de 8” de Ø, con un caudal estimado de 8.0 l/s., de régimen continuo hacia el rio Ichu margen derecho el cual se encontró ubicado entre las coordenadas UTM, WGS-84, 18L: Este= 502957m., Norte= 8586631m. a una altitud de 3679 m.s.n.m, sin autorización de la Autoridad Nacional de Agua”
Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines otros usos a favor de la Asociación Civil San Juan Bautista con RUC N° 20145137366, para el predio con UC N° 01384, área bajo riego de 1,492 ha, conforme lo contenido en el Informe Técnico N° 0122-2024-ANA-AAA.CO/JMPV
Sancionar a la EMPRESA ADMINISTRADORA CERRO S.A.C, con una multa equivalente a diez coma cero (10,0) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Muy Grave, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: “Realizar vertimiento no autorizado hacia el río Ragra ubicado en coordenada UTM WGS-84: 361562E y 8819541N”; ubicada en los distritos de Chaupimarca, Simón Bolívar y Yanacancha, provincia y departamento de Pasco.
Aceptar el desistimiento del procedimiento formulado por el Consorcio Vial Huamanguilla, y declarar concluido el procedimiento sobre autorización para la ejecución de obra en fuente natural de agua.
Declarar improcedente la petición de autorización de uso de agua superficial con fines de ejecución de obras; solicitado por HORMIX S.A.C, los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 979585.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de la "COMISION DE USUARIOS DE AGUA DEL SUBSECTOR HIDRAULICO COCHABAMBA".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 11739.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS-Carmen Pampa".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 46534.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MILUCHACADEL DISTRITO DE SAPALLANGA, PROVINCIA DE HUANCANYO, REGIÓN JUNÍN ".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 46866.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de la "COMUNIDAD CAMPESINA DE SOCOS ".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 848732.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS DEL ANEXO DE TINYARI CHICO ÑAHUIN-SAN JUAN DE ISCOS".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 161872.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de la "COMUNIDAD CAMPESINA DE SOCOS ".
Procede otorgar a favor de la Comunidad Campesina de Cullpa, autorización del uso de la faja marginal del rio Shullcas, margen derecha con fines de forestación, en un área de 1.16 Ha, en un perímetro de 1 666 ml, el cual permitirá a su vez la conservación y protección de dicho bien, en el marco del proyecto denominado: : “FORESTACIÓN EN LA FAJA MARGINAL MARGEN DERECHA DEL RIO SHULLCAS EN EL SECTOR DE CHAMISERIA EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CULLPA CON FINES DE PROTECCION Y ECOTURISTICO, EN EL DISTRITO DE EL TAMBO - HUANCAYO JUNIN”, ubicado en el Sector de Chamiseria, jurisdicción de la Comunidad Campesina de Cullpa, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín
DESESTIMAR la solicitud de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, formulada por el señor Pedro Edgar Fuentes Hernández, identificado con DNI N° 22297873 en calidad de alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, con RUC N° 20148421103; para el proyecto denominado “Creación de los Servicios de Protección en riberas del río Vulnerables ante el peligro en la margen izquierda del sector Figueroa y Monte Fuerte, distrito de Pisco de la provincia de Pisco del departamento de Ica”, con código único de inversiones N° 2585800, proyectadas en el tramo del sector Figueroa georreferenciado en el punto de coordenadas UTM (WGS 84): INICIO 372, 835 mE – 8’486,308 mN y FINAL 372,134 mE – 8’486,389 mN; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR a la Municipalidad Provincial de Pisco, con RUC N° 20148421103, la Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, para el proyecto denominado “Creación de los Servicios de Protección en riberas del río Vulnerables ante el peligro en la margen izquierda del sector Figueroa y Monte Fuerte, distrito de Pisco de la provincia de Pisco del departamento de Ica”, con código único de inversiones N° 2585800, proyectadas en el tramo del sector Monte Fuerte,
AUTORIZAR con eficacia anticipada al 13.12.2023 a la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., con RUC N° 20499432021, la Ejecución de Obra en Fuentes Naturales o Infraestructura Hidráulica Publica Multisectorial, para la ejecución del proyecto denominado “Evaluación de Trabajos mínimos: Quebrada seca kp 525+242, Quebrada Seca kp 527+403, Quebrada Seca kp 531+380 y Quebrada Seca kp 532+926”, en los sectores Polvorín y Media Luna, distritos de Humay e Independencia, provincia de Pisco y departamento de Ica.
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Arenera San Antonio Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada – ARENSA S.C.R.L., contra la Resolución Directoral N° 0951-2024-ANA-AAA.MAN de fecha 06.09.2024, confirmándola en todos sus extremos, las razones se encuentran expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios solicitado por la Municipalidad Provincial de Angaraes, que certifica la existencia del recurso hídrico en el punto de interés en cantidad y oportunidad, en el marco del proyecto denominado: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA PARA RIEGO EN LAS LOCALIDADES DE PERCCAPAMPA Y JATUMPATA DEL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIO DEL DISTRIO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA”
AUTORIZAR a la Comunidad Campesina Huaytará, con RUC N° 20407668473, la Ejecución de Obra de Aprovechamiento Hídrico Superficial, con fines de uso productivo – agrícola, respecto de la quebrada Piedra Hermosa, para el desarrollo del proyecto denominado “Mejoramiento y ampliación del servicio de agua para el sistema de riego Piedra Hermosa en el distrito de Huaytará – provincia de Huaytará – departamento de Huancavelica”.
DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea, para la ubicación de un (01) pozo tubular, con fines recreacionales y otros usos, para el proyecto denominado “Construcción de Áreas Comunes Mesoa - distrito Tambo de Mora – provincia Chincha – región Ica”, en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica, presentado por la empresa GRV Proyecto 3 S.A.C., con RUC N° 20605866094, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la petición presentada por el Programa Regional de irrigación y Desarrollo Rural Integrado – PRIDER del Gobierno Regional Ayacucho, sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico con fines agrarios, en el marco del proyecto: “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LA COMUNIDAD DE PUTACCA, DISTRITO DE VINCHOS, PROVINCIA DE
HUAMANGA - AYACUCHO”; los argumentos se encuentran expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Acreditar la disponibilidad hídrica de agua subterránea con fines agrícolas por un volumen de hasta 46,560 m3/año para el predio denominado “El Salvador” para un área bajo riego de 2,5 ha., a favor del señor Jorge Alvarito Medina Mesías, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0106-2024-ANA-AAA.CO/DRRG
Sancionar al señor Jesús Elías Cárdenas Valdez, propietario del local de recepción “La Española”, con una multa equivalente a dos coma uno (2,1) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción Grave, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del Artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: 1) "efectuar dos vertimientos de aguas residuales hacia la margen derecha del rio Ichu, sin Autorización de la Autoridad Nacional del Agua”; los vertimientos se encuentran ubicados entre las coordenadas UTM WGAS 84-18S: 501131 E, 8586762 N, y coordenadas UTM WGAS 84-18S: 501145 E, 8586755 N, Barrio de Yananaco, distrito, provincia y departamento de Huancavelica.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 28098.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SUCESION INTESTADA DE FEDERICO MATIAS MARCOS con No Especifica.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 355-2006-GORE-DRAG-I/ATDRI de fecha 27.12.2006, a favor de José Vicente Ramos Mendoza, identificado con DNI N° 21491159; respecto del predio denominado “Adelino” de UC 50076, por un área total y bajo riego de 0.6519 ha, ubicado en el distrito de Tate, provincia de Ica, departamento de Ica y un volumen de 2,549.00 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Agrarios, a favor del señor Dante Hilario Chauca, identificado con DNI N° 21471519 y María del Pilar Santiago Huayla, identificada con y 21440361.
Autorizar a favor de CHINA RAILWAY TUNNEL GROUP CO. LTD, SUCURSAL DEL PERÚ, la ejecución de obras mínimas en dos (02) tramos, consistentes en la ejecución de trabajos de limpieza y descolmatación del cauce del río Ichu en una longitud de 338 ml en el tramo I y 65 m en el tramo II (total de 403 ml), en el marco del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA HUANCAVELICA - YAULI - PUCAPAMPA (RUTA HV-112), PROVINCIA HUANCAVELICA, DEPARTAMENTO HUANCAVELICA”, ubicado en los distritos de Huancavelica y Yauli, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 68763.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de la "COMUNIDAD CAMPESINA DE PUCARUMI".
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada a favor de la señora Luisa Esperanza Cordero Huasasquiche, identificada con DNI N° 21517914 mediante la Resolución Administrativa N° 154-2006-GORE-DRAG-I/ ATDRI de fecha 13/07/2006, respecto del predio denominado “Parcela N° 97” de UC 45040, por un área de 3.4753 ha. ubicado en el distrito de San José de los Molinos, provincia de Ica, departamento de Ica y un volumen de agua de 13,591.00 m3/año
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, a favor de la señora Martha Griselda Ramos Cordero de Franco, identificada con DNI N° 41703544.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 25191.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PEDRO ALFREDO DE LA CRUZ MUCHAYPIÑA con DNI 21820747.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 105050.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de la "COMUNIDAD CAMPESINA DE YANACANCHA".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 87796.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA DEL CANAL SAN LUIS DE OCHUCO C.P TOCLLACURI COLCABAMBA".
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 6767.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ESPINO FERNANDEZ, ROSA MARIA con DNI 21791695.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1330065.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de la "COMISION DE USUARIOS DE AGUA SUSO DEL SUBSECTOR HIDRAULICO QUINUA".
DECLARAR FUNDADO el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la Corporación Villacurí S.A., con RUC N° 20511576564, contra la Resolución Directoral N° 0627-2024-ANA-AAA.CHCH de fecha 18.07.2024. Por lo tanto, REVOCAR la recurrida de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución
DECLARAR la Extinción de la Licencia de Uso de Agua Subterránea respecto al pozo tubular IRHS-11-01-08-195, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 069-2009-MINAG-ANA/ALA-RS de fecha 22.05.2009, a favor de la Corporación Villacurí S.A., la misma que carece de efecto legal a partir de notificada la presente resolución.
OTORGAR a favor de la Corporación Villacurí S.A., con RUC N° 20511576564, la Licencia de Uso de Agua Subterránea, con fines de uso productivo – agrícola, respecto al pozo tubular IRHS-11.01.08.PP-1473, perforado en reemplazo del pozo con IRHS-11-01-08-195, de acuerdo a las mismas características técnicas de la licencia primigenia.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 014-2005-GORE-ICA/DRAGATDRCH.P de fecha 11/02/2005, a favor de Modesto Guillén Gómez con DNI N° 21827239 respecto del predio denominado Parcela N° 98, UC 20415, con un área bajo riego de 3.2047 ha. y un volumen 18,674 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Agrarios, a favor del señor Alfredo Eduardo Rodríguez Neira, identificado con DNI N°10554875 y Malena del Pilar Sanz García, identificada con DNI N° 09872530.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Agrarios, otorgada a favor del señor Carmona Peña, Hugo Florencio con DNI N° 22281426, mediante la Resolución Administrativa N° 042-2005-GORE-ICA/DRAG-ATDRCH.P de fecha 09/02/2005, respecto del predio denominado “Bajo Tres” de UC 02131, con un área bajo riego de 0.6600 ha. y un volumen de agua de 6,234.99 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Agrarios, a favor del señor Dionicio Morales Ramos identificado con DNI 22278940.
APROBAR el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas 2024-2025 del Sistema Hidráulico Común San Juan, elaborado por la Administración Local de Agua San Juan, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
APROBAR el Plan de Descarga 2024-2025 de las lagunas: Huarmicocha, Chuncho, Canyar, Turpo, Huichinga, Obispo y Ñuñunga.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 169-2006-GORE-DRAG-I/ ATDRI de fecha 13/07/2006, a favor de la Sucesión María Emilia Vicuña Cortez, respecto del denominado “El Alto” de UC 16600, por un área total y bajo riego de 0.4514 ha., ubicado en el distrito de la Tinguiña, provincia de Ica, departamento de Ica y un volumen de agua de 1,765.00 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Agrarios, a favor del señor Bautismo Castillón Chuquispuma, identificado con DNI N° 15398013 y la señora Marleny Giovanna Cantoral Garibay, identificada con DNI N° 21461744.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada a favor de la señora Olga Sotíl Mantari, identificada con DNI N° 21424283., mediante la Resolución Administrativa N° 169-2006-GORE-DRAG-I/ ATDRI de fecha 13/07/2006, respecto del predio denominado “La Plantada” de UC 16980, por un área de 0.3445 ha., ubicado en el sector Los Lunas, distrito de la Tinguiña, provincia de Ica, departamento de Ica y un volumen de agua de 1,347.00 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, a favor de la señora Elida Janeth Ninahuaman Palomino, identificada con DNI N° 41715520.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada a favor de señora Carmen Gilberta Siguas Morán con DNI N° 21413739 mediante la Resolución Administrativa N° 160-2006-GORE-DRAG-I/ ATDRI de fecha 13/07/2006, respecto del predio denominado “Lengua” de UC 39796, por un área de 0.4238 ha., ubicado en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Ica, departamento de Ica, y un volumen de agua de 1,657.00 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, a favor del señor César Guide Cerazo Luna, identificado con DNI 21520227.
EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, otorgada a favor de la señora Ana María Mendoza Gómez, identificada con DNI N° 21492418; mediante la Resolución Administrativa N° 178-2006-GORE-DRAG-I/ ATDRI de fecha 13/07/2006 respecto del predio denominado “El Pero” de UC 30293, por un área total y bajo riego de 0.2699 ha., ubicado en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Ica, departamento de Ica y un volumen de agua de 1,056.00 m3/año.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines Agrarios, a favor de la señora Lilia Yolanda Hernández Gómez identificada con DNI 21450766 y el señor Cristhofer Andree Jesús Hernández Ramos, identificado con DNI 72646314.
DESESTIMAR la solicitud de Formalización de Licencia de Uso de Agua Superficial, promovida por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chincha Clase A, a favor del señor Pedro Manuel Mesías Yataco identificado con DNI N° 21836338, respecto al predio “Lote B” de UC 11933, ubicado en el sector Cauce Principal, distrito de Alto Larán, provincia de Chincha y departamento de Ica, de acuerdo con los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR la Extinción de la Licencia de Uso de Agua Subterránea respecto al pozo IRHS-11-05-03-25, otorgada mediante Administrativa N° 023-2009-ANA-ALA RIO SECO de fecha 03.04.2009, a favor de la empresa Oasis Olives SAC, la misma que carece de efecto legal a partir de notificada la presente resolución.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Subterránea, con fines de uso productivo – agrícola, a favor de la empresa Oasis Olives S.A.C., con RUC N° 20514935328, a, respecto al pozo con IRHS-11-05-03-PP-61, perforado en reemplazo del pozo con IRHS-11-05-03-25, en el sector de California - Lanchas, distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica, de acuerdo a las mismas características técnicas de la licencia primigenia.
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrícola, promovido por el señor Julián Cipriano Rivas Quilca, identificado con DNI N° 28837553 en representación del Comité de Usuarios de Agua del Anexo de Santa Rosa, para el bloque de riego Pelarniyocc-Tocuta-Santa Rosa, ubicado en el Anexo de Santa Rosa, distrito de Sancos, provincia de Lucana y departamento de Ayacucho; en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrícola, promovido por el señor Julián Cipriano Rivas Quilca, identificado con DNI N° 28837553 en representación del Comité de Usuarios de Agua del Anexo de Santa Rosa, para el bloque de riego Patapata - Salla, ubicado en el Anexo de Santa Rosa, distrito de Sancos, provincia de Lucana y departamento de Ayacucho; para una extensión aproximada de 3 ha. en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines de uso agrícola, promovido por el señor Julián Cipriano Rivas Quilca, identificado con DNI N° 28837553 en representación del Comité de Usuarios de Agua del Anexo de Santa Rosa, para el bloque de riego Ccantuyocc, ubicado en el Anexo de Santa Rosa, distrito de Sancos, provincia de Lucana y departamento de Ayacucho; en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR al señor Yerson Germán Chalco Bautista, identificado con DNI N° 22102264, con la imposición de una multa administrativa equivalente a UNO PUNTO CERO (1.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, respecto a la construcción de la obra hidráulica consistente en la construcción de un pozo artesanal, en el punto de las coordenadas geográfica UTM (WGS-84): 506,292 mE - 8´361,277 mN, sector San Marcelo, distrito de Nasca, provincia de Nasca y departamento de Ica. Así como por el uso del agua proveniente del pozo, para fines de uso doméstico, sin contar con la autorización y derecho por parte de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en las infracciones tipificadas en el numeral 3) “La ejecución (…) de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”; y 1) “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”, del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338; concordante con el literal b) “Construir (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública”; y a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, con R.U.C. N° 20147706155, con una multa equivalente a OCHO PUNTO CERO (8.0) Unidades Impositivas Tributarias, (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por obstruir en su totalidad con material propio del río la “Toma Miranda” ubicada en la margen derecha del río Las Trancas, y geográficamente en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 518,120 mE - 8’344,011 mN, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca y departamento de Ica, como consecuencia de los trabajos de limpieza y descolmatación ejecutados sin contar con la debida autorización por parte de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada en el artículo 120º numeral 5) “Obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados sin la autorización correspondiente” concordante con el literal o) “Obstruir las obras de la infraestructura hidráulica publica o cualquier bien asociado al agua natural o artificial” del Art 277° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N°001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR DE OFICIO, la CADUCIDAD del Procedimiento Administrativo Sancionador signado con CUT N° 122011-2022, seguido en contra del señor Edgar Raúl Romero Pretil, procediéndose a su ARCHIVO, en aplicación del numeral 259.2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea, para pozos tubulares con fines poblacionales para el desarrollo del Proyecto Habitacional Pro Agro ubicado en el sector Cachiche, distrito, provincia y departamento de Ica, presentado por el señor Wilko Werner Linke Figueroa, identificado con DNI N° 07761632; en calidad de apoderado de la empresa Los Portales S.A. con RUC N° 20301837896 por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 46425-2024, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo sobre Formalización de Licencia de Agua con fines Agrícolas, presentado por el señor Melecio Rómulo Vásquez Sihui, identificado con DNI N° 10436726; en representación de la Junta de Usuarios de Agua del Sector Hidráulico Menor Coracora, en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA; por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 114417-2023, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.