RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2152-2017-ANA-AAA-JZ-V
Rectificar el error material incurrido en el artículo 2º de la Resolución Administrativa
N° 741-2004-AG-INRENNATDRCH-L.
Rectificar el error material incurrido en el artículo 2º de la Resolución Administrativa
N° 741-2004-AG-INRENNATDRCH-L.
Declarar improcedente la solicitud presentada por El Programa Nacional de Saneamiento Rural, sobre Prorroga de plazo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud presentada por Consorcio Pro Agua Norte, sobre Prorroga de plazo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Porrogar con eficiencia anticipada al 14 de agosto del 2017 y por un plazo de dos (02) años, la acreditación ción de disponibilidad hídrica únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico solicitado por el Consorcio Pro Agua Norte, proveniente del manantial Parihuana, por un volumen máximo anual de 23 652 mJ para el proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable e Instalación de Saneamiento Básico en la localidad de El Faique, distrito de Frías - Ayabaca - Piura", en las mismas
condiciones técnicas, el cual vence el 14 de agosto del 2019.
Prorrogar, con eficacia anticipada al 14 de agosto del 2017, y por un plazo de dos (02) años, la acreditación de disponibilidad hldríca únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico solicitado por el Consorcio Pro Agua Norte, proveniente de los manantiales La Peña y Shímir, por un volumen máximo anual de 11 984 mJ para el proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable e Instalación de Saneamiento Básico en la localidad de Ceiba!, distrito de Frias - Ayabaca - Píura", en las
mismas condiciones técnicas, el cual vence el 14 de agosto del 201
Declarar improcedente la solicitud presentada por Consorcio Pro Agua Norte, sobre Prorroga de plazo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, que carece de objeto pronunciarse respecto al procedimiento sancionador iniciado contra la Junta de Usuarios del Sector Hidraulico Menor Tumbes por la supuesta infracción al inciso j) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por haberse producido la sustracción de la materia.
Declarar improcedente la solicitud presentada por Córdova Cornejo Felipa Neri sobre Formalización de Licencia de Uso de Agua Superficial, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Cayatopa Carrasco José Julio Hoiler contra la Resolución Directora! N° 4960-2016-ANA-AAA JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Prorrogar, con eficacia anticipada al 23 de junio del 2017, y por un plazo de ciento (120) días calendario, la construcción de la obra "Construcción de Puente Grau sobre Río Piura", como parte del proyecto denominado: Construcción de la Segunda Calzada de la Vía de Evitamiento de Piura - Carretera Panamericana Norte, Tramo Km. 988 + 000 al Km. 1002 + 000 de la Autopista el Sol", en las mismas condiciones técnicas, otorgado con la Resolución Directora! Nº 687-2016-ANA-AAA-JZ-V a favor de Concesionaria Vial del Sol S.A. - COVISOL S.A, el cual vence el 01 de octubre del 2017;
Declarar improcedente la solicitud presentad por Inversiones Centenario S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud presentada por Felipa Neri Córdova Cornejo, sobre formalización de licencia de uso de agua superficial, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Prorrogar, la ejecución de las obras autorizadas mediante Resolución Directoral Nº 144-2014-ANA-AAA-JZ-V y Resolución Directora! Nº 2076-2017-ANA-AAA JZ-V por un plazo por un de dos (02) años, contados a partir del día 15 de febrero del 2018 hasta el 15 de febrero del 2020 en las mismas
condiciones técnicas.
Sancionar, a la empresa P&D ANDINA ALIMENTOS S.A., identificada con RUC 20205922149, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer, el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Notificación Nº 015-2015-ANA-AAAV-JZ/ALA-J y Notificación N° 023-2015-ANA-AAA.V-JZ/ALA-J, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar, el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas de la Cuenca Tumbes, para atender las Demandas Multisectoriales correspondientes al período agosto 2017 a Julio 2018, cuyo balance hídrico se presenta en el anexo que forma parte de la presente resolución.
Aprobar, el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas de la Cuenca Zarumilla, para atender las Demandas Multisectoriales correspondientes al período agosto 2017 a Julio 2018,cuyo balance hídrico se presenta en el anexo que forma parte de la presente resolución.
Declarar fundado el recurso de apelación presentado por el Proyecto Especial Chira Piura - PECHP contra la Resolución Administrativa N° 015-2015-ANA-AAA.JZ-ALA.CH/PHM, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar, el error material incurrido en el Artículo 1 º de la parte resolutiva de la Resolución Directora! N° 701-2016-ANA-AAA JZ-V.
Disponer el archivo definitivo, del procedimiento administrativo sancionador iniciado a Luis Ramírez Ramírez, en su condición de alcalde de la Municipalidad Distrital de Castilla, mediante Notificación Nº 223-2015-ANA-AAA-JZ-V-ALAMBP, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, que carece de objeto pronunciarse respecto al procedimiento sancionador iniciado contra la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor San Lorenzo por la infracción al literal c) del articulo 109º del Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, por haberse producido la sustracción de la materia.
Declara el fin del procedimiento, y proceder al archivo definitivo del expediente administrativo presentado por el señor Castillo Mendoza Carmen, sobre regularización de licencia de uso de agua superficial; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Muro Castro De Burga Ana María, Muro Castro Miriam Del Carmen y Weber Heckli De Muro Janine Lousi.
Aprobar a favor de Segundo Orestes Zeña Castillo, con DNI Nº 41619968, el estudio de disponibilidad hídrica, únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico, proveniente del manantial Cerro Negro, por un volumen máximo anual de 769 m3, para el proyecto denominado: "Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Creación del Saneamiento Básico en el Centro Poblado de Ovejería -Ayabaca - Piura.
Aprobar el desistimiento de la solicitud presentado por Ballena Zapata Eufemio,ordenándose el archivo del presente procedimiento administrativo, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción de las licencias de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgadas mediante Resolución Directora! N° 436-2015-ANA-AAA JZ-V, a favor de Inversiones Casa Noble S.A., para predios con código catastral 11109, 11115 y 11112; quedando vigente en lo demás que contiene la mencionada resolución, respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Doris Consuelo Gonzales Chunga.
Declarar improcedente, el recurso de reconsideración presentado por AGROEXPORTADORA SOL DE OLMOS S.A.C., contra la Resolución Directora! N° 1635-2017-ANA-AAA-JZ- V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Modificar, el artículo 1 º de la Resolución Directora[ Nº '1605-2017 -ANA-AAA JZ.
Disponer la acumulación de los procedimientos vistos con los CUT Nº 22787-2014 y CUT Nº 86456-2015, en un único procedimiento visto con el CUT N° 86456-2015, por los fundamentos indicados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar en abandono del procedimiento administrativo, presentado por Horacio Pangalima Rondoy, sobre regularización de licencia de uso de agua, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agricola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Lucia Pardo De Ortiz y Ortiz Carrillo Domingo.
Prorrogar, la ejecución de las obras autorizadas mediante Resolución Directora! Nº 1849-2013-ANA-AAA-JZ-V y Resolución Directora! N° 2077-2017-ANA-AAA JZ-V por un plazo por un de dos (02) años, contados a partir del día 15 de enero del 2018 hasta el 15 de enero del 2020 en las mismas condiciones técnicas;
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Adan Gabriel Huaman.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Peña Pardo Noe.
Declarar improcedente la solicitud de formalización de licencia de uso de agua,presentada por Fernández Rosillo Oswal Guillermo, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa Domingo Rodas S.A., sobre formalización de licencia de uso de agua de mar para desalinización, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente resolución
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Garrido Gómez Lauterio y Sandoval Sandoval Luz.
Disponer, el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Notificación N° 077-2015-ANA-AAA.JZ-ALA.MOLL, a M. Se lng. Néstor Salinas Vásquez- Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A. por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ABSOLVER, a la Municipalidad Distrital de Chilete, de los cargos atribuidos mediante Notificación N° 053-2016-ANA-AAA.V-JZ-ALA-J, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Gil Raul Ortiz Canova.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Gil Raul Ortiz Canova.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Wilmer Eradio Mauricio Guevara.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Adan Gabriel Huaman.
Declarar improcedente, el recurso de reconsideración presentado por el SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL- SENATI contra la Resolución Directora! Nº 1673-2017-ANA-AAA-JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar fundado, el recurso de reconsideración presentado por Ydrogo Campos José Héctor contra la Resolución Directora! Nº 791-2017-ANA-AAA JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, que carece de objeto pronunciarse sobre el procedimiento administrativo sancionador aperturado contra la Asociación Agropecuaria El Tablazo, por haberse producido sustracción de la materia.
Rectificar de oficio el error material incurrido en el Artículo 2º de la Resolución Directora! Nº 1999-2017-ANA-AAA-JZ-V,
Declarar improcedente la solicitud presentada por el Gobierno Regional de Tumbes sobre Autorización de ejecución de obras en fuente natural, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente resolución.