Sancionar, a la Comunidad Campesina de Chiquian, por haber construido una Toma rústica en la quebrada Tincoj, ubicada en el Sector Tuctush, distrito y provincia de Chiquian, departamento de Ancash, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infringiendo el numeral 3) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento, imponiéndose una multa ascendente a 0,5 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo Boucher de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.