R.D.N° 2511-2017-ANA-AAA I CO
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R.D.N° 2491-2017-ANA-AAA I CO
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R.D.N° 2483-2017-ANA-AAA I CO
R.D.N° 2482-2017-ANA-AAA I CO
R.D.N° 2481-2017-ANA-AAA I CO
R.D.N° 2480-2017-ANA-AAA I CO
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 006-2005-AG-INRENNATDRCH-L, a favor de Cortez Mendoza Eufemia, para el predio con código catastral 82693, quedando subsistente en todo lo demás que contiene la mencionada resolución, respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
DECLARAR el abandono del procedimiento administrativo signado con CUT N°157492-2015, sobre la solicitud de Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea, con fines agrícolas, del Pozo tajo abierto IRHS-S/N.
Sancionar a a Justo Teodoro Mogollón Huancayo, identificado con DNI N° 03474918, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Rumaldo Chamba Niño, identificado con DNI Nº 03097314, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte consíderativa de la presente resolución.
Sancionar a José Wilmer Marchena Sandoval, identificado con DNI N° 03473168, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Hildebrando Castro Rivera, identificado con DNI N° 03634783, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Hildebrando Castro Rivera, identificado con DNI N° 03634783, por infringir el numeral 1} del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a} del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Rumaldo Chamba Niño, identificado con DNI N° 03097314, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Jeanni Hildebrando Ordínola Arellano, identificado con DNI N° 03636542, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Marcelino Jiménez Gonzales, identificado con DNI N° 03628113, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci
Sancionar a Víctor Pasache Valverde, identificado con DNI N° 03695480, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Vicente More Nole, identificado con DNI Nº 03610050, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Vicente More Nole, identificado con DNI Nº 03610050, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Yovera lpanaqué, identificado con DNI N° 03627681, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Sancionar a Juan Yovera lpanaqué, identificado con DNI Nº 03627681, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyuqai conformada por Berru Jiménez Alcides y Juárez Silupu Nancy.