RD N°468-2018-ANA-AAA X MANTARO
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 133 821.21 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA SAN JUAN DE URAYPAMPA".
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 133 821.21 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA SAN JUAN DE URAYPAMPA".
DESESTIMAR la oposición - tacha, formulada por los señores Victoriano Serrano O. y Valentín Quispe Quispe, refieren en calidad de directivos de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Angostura Antigua: por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y en consecuencia disponer el ARCHIVAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 130 397.46 m3/año, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA SAN JOSE DE CHIMPAPUQUIO".
ACEPTAR el Desistimiento del Procedimiento Administrativo Nº 1338-2018, con CUT Nº 77358-2018, sobre Formalización de Uso de Agua para obtención de Licencia de uso de Agua con fines Agrarios, solicitado por el Señor Antonio Condori Montañez, identificado con DNI N°23982094, en calidad de Presidente del Comité de Usuarios de Agua Mama Simeona de la Comunidad Campesina de Huancabamba, del distrito, provincia y departamento del Cusco.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 084 751.98 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA SUNILLA".
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 130 186.11 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA SANTA LUCIA".
Aprobar la delimitación de la infraestructura hidráulica de captación y conducción, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual suministra agua a los habitantes del centro poblado COMINIDAD CAMPESINA SUNCHO CHUMO, ubicado politicamente en el distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento Cusco.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 389 500.27 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA SANTA ROSA DE HUATATAS".
APROBAR el Plan de Aprovechamiento Hídrico, así como el Sistema Hidráulico del proyecto denominado "Instalación del Sistema de Riego Presurizado Simbeni, distrito de Echarati - La Convención - Cusco", cuyas especificaciones técnicas constan en el Informe Técnico Nº 049-2018-ANA-AAA.UV-AT/CMGC, de fecha 21 .08.2018, a favor de la Municipalidad Distrital de Echarati.
APROBAR la "Delimitación de la Faja Marginal en la margen Izquierda del rio Patacancha, tramo de la APV Ferrocarril, del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba. departamento Cusco", solicitado por la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 879 293.08 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA BASILIO AUQUI DE CHUPAS".
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 933 241.16 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA QUICHCAPATA ANDAS".
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Echarati, con RUC N° 20159368271 , con una multa equivalente a 3.51 UIT, vigente a la fecha en que se realice el pago, por ejecutar de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada el numeral 3 del artículo 120º de la precitada Ley, concordante con el literal b) del artículo 277º de su Reglamento de la Ley de Recursos 'Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001 -2010-AG.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 67 652.92 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA CCENCHA CCENCHA".
IMPONER sanción al señor Eloy Mamani Quispe, identificado con DNI Nº 02395966,propietario del Fundo Huayllabamba, ubicado en el distrito de Tinta, provincia Canchis, departamento Cusco, con una multa equivalente a CERO COMA CINCO (0,5) UIT-Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso y ejecutar obras hidráulicas sin la debida autorización de la Autoridad Nacional del Agua, conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en los numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con los literales a) y b) del artícu lo 277° de su Reglamento, la misma que debe de ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua Sicuani, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Huayopata, con RUC 20202455817, con una multa equivalente a 0.5 UIT, vigente a la fecha en que se realice el pago, por ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada el numeral 3 del artículo 120º de la precitada Ley, concordante con el literal b) del artículo 277º de su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 130 186.11 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA PAUQUIPAMPA ACCOYLLA".
OTORGAR, Autorización de Uso de Agua Superficial para Ejecución de Obras para el Proyecto "Ampliación de la Central Hidroeléctrica Santa Teresa", de la fuente hídrica Quebrada Shipaspuquio, ubicado en el distrito de Machupicchu, provincia Urubamba, departamento Cusco, a favor de INLAND ENERGY S.A.C, con RUC Nº 20600676084.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 422 798.18 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA CARHUASCHOCCE".
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 864 002.50 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA CCEWICRUZ".
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua otorgada mediante la Resolución Directoral N° 200-2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 19.04.2016, a favor del “Comité de Usuarios Lurine Mayo”, por causal de renuncia del titular, de acuerdo al numeral 1) del artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el artículo 102°, numeral 102.1° del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 339 858.11 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA LAPAPATA-POMAYOCC".
Declarar, la extinción del Permiso de uso de agua, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 437-2009-ANA-ALA-ILAVE, del 03.11.2009, a favor de los señores Armando Alania Velásquez, Irma Tapara Velásquez, Lucia Elsa Tapara Velásquez, Roger Emilio Tapara Velásquez, Sonia Tapara Velásquez, Maruja Tapara Velásquez, Senovia Tapara Velásquez, Máxima Tapara Velásquez, Teófilo Acero Montalico, Pedro Acero Montalico, Sofía Acero Montalico y José Acero Montalico, por causal de renuncia de los titulares, de acuerdo al numeral 1) del artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338, concordante con el artículo 102°, numeral 102.1° del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 056 832.68 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA LLACHOCCMAYO”.
Autorizar a favor de Transportadora de Gas del Perú S.A, la ejecución de la obra en la fuente natural de agua (rio Acocro), en el marco del proyecto denominado “Autorización de ejecución de obras sobre el cruce subfluvial rio Acocro KP 266+800", ubicado en el distrito de Acocro, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.
Declarar, la extinción de la Licencia de uso de agua, otorgada mediante Resolución Directoral N° 223-2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 19.04.2016, a favor del Comité de Usuarios Lurine Mayo, por causal de renuncia de titular, de acuerdo al numeral 1) del artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338, concordante con el artículo 102°, numeral 102.1° del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución
Declarar improcedente el recurso impugnativo de reconsideración interpuesto por el señor Edgar Quinto Guerra quien no se encuentra legitimado para ser considerado como administrado para cuestionar la Resolución Directoral N° 041-2018-ANA-AAA X MANTARO.
TENER POR NO PRESENTADA, la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para el proyecto “Creación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento en el Centro Poblado de la Rinconada Ana María (La Rinconada) – Distrito de Ananea – Provincia de San Antonio de Putina – Región de Puno”, presentado por el señor Pedro Francisco Rodríguez Huanca, Representante Común del Consorcio Rinconada, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución
Autorizar, la Ejecución de Obras en fuente natural de agua del Rio Loripongo, ubicado en el sistema de coordenadas UTM Datum WGS-84: 377,667 m- E, 8 200,937 m – N (Inicio); 377,747 m- E, 8 200,896 m- N (Final), para el proyecto denominado: “Mejoramiento y Rehabilitación del Puente Loripongo”, ubicado en el Distrito de Pichacani, Provincia de Puno, a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A - COVISUR S.A., la misma que se ejecutará conforme a las especificaciones técnicas del expediente presentado, que forma parte integrante del expediente administrativo, así como el Informe Técnico N° 096-2018-ANA-AAA.TIT-AT/RQCH
Sancionar a la empresa C.V.H. Ingenieros S.A.C., con una sanción de Amonestación Escrita, al haberse configurado la comisión de la infracción Leve, tipificada en el literal “f" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, las razones se encuentran expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 130 619.01 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA CCORIHUILLCA CHICO".
Otorgar, Licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Ayaviri, para aprovechar un volumen total anual de 868,759 m3, según evaluación técnico contenida en el Informe Técnico Nº 081-2018-ANA-AAA.TIT-AT/ECC, que forma parte integrante de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 940 973.80 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA PUMAPUQUIO".
Acreditar, la Disponibilidad Hídrica Subterránea para uso productivo con fines agrarios (pecuario), para el proyecto “Creación de Pozos Anillados en el Sector de Rosaspata en la Localidad de Cupi – Melgar – Puno”, tramitado por la Municipalidad Distrital de Cupi, por un volumen total de 7,925 m3/año, y según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 070-2018-ANA-AAA.TIT-AT/RLLM, que forma parte del expediente administrativo
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 2 169 034.55 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA YARCCAPAMPA ROSASPATA".
Otorgar, licencia de uso de agua subterránea, con fines poblacionales, a favor del Gobierno Regional de Puno, en el marco del Memorándum (M) Nº 049-2016-ANA-DARH, para el aprovechamiento de las aguas provenientes del pozo a tajo abierto: “Pozo Taparachi”, por un volumen disponible de hasta 4733 m3, en el Hospital Materno Infantil del Cono Sur de Juliaca, fuente de agua ubicado en la jurisdicción del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Región de Puno, de acuerdo al detalle contenido en el Informe Técnico N° 116-2018-ANA-AAA.TIT.AT/ECC, que es parte integrante del expediente administrativo
IMPONER, a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento - JASS de la localidad de Centro Poblado, Sector Japutira de la Comunidad Campesina de Catuyo Condoriri, del Distrito de San Antón, Provincia de Azángaro, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 543 150.48 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA CRUZ QASA".
Otorgar la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, a favor del señor Baldomero Gabriel Herencia Chino, para aprovechar un volumen anual de 4 061 m3, provenientes del manantial Huaylla Pujro 1, manantial Huaylla Pujro 2 y manantial Huaylla Pujro 3, para riego complementario de pastos naturales de un área total de 0.16 hectáreas, en el predio denominado Vilacollo Pantipantini, en la Comunidad Campesina de Checca Jechusa, Distrito de José Domingo Choquehuanca, Provincia de Azángaro, Región de Puno según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 114-2018-ANA-AAA.TIT-AT/ECC
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 863 783.65 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA ALANYA".
IMPONER a la EMPRESA MINERA SILLUSTANI S.A.C., con RUC. N° 20512962735, con domicilio en el Jirón Giovanni Batista – Lorenzo Bernini N° 149 – Oficina. 501 A, Distrito de San Borja, Provincia de Lima, representado por su Apoderado, el señor Emilio Alfageme Rodríguez Larrain, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a DOS (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, la ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal b), Construir sin Autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras transitorias en la fuente natural de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 238 880.38 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA TAMBILLO".
IMPONER, a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento - JASS de la localidad de Centro Poblado de Sector Huayllatira, de la Comunidad Campesina de Catuyo Condoriri, del Distrito de San Antón, Provincia de Azángaro, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 836 000.00 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA SATICA".
Modificar, el artículo 1º de la Resolución Directoral Nro. 800-2016-ANA-AAA.TIT, del 29.09.2016, respecto a los integrantes del Grupo de Trabajo del Plan de aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas en las Unidades Hidrográficas Coata - Illpa, quedando en lo posterior como sigue
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 130 186.11 m3/año, a favor de "COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA ACRAYBAMBA".
Declarar, improcedente la solicitud presentada por el señor Juan García Velarde, sobre licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 1 874 562.09 m3/año, a favor de "COMISION DE USUARIOS DE AGUA MANZANAYOCC".
Aprobar la delimitación del Bloque QUITURARA BAJA, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 20.390 (ha).
Declarar, improcedente la solicitud presentada por el señor Piter Armando Quispe De la Cruz, sobre Licencia de Uso de Agua superficial con fines poblacionales, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución