Dejar sin efecto el procedimiento administrativo sancionador iniciado por la Administración Local de Agua Ayacucho contra la Municipalidad Distrital de Luricocha, las razones se encuentran expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a las empresas SAN LORENZO INGENIEROS E.I.R.L. y AHREN CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., con una multa equivalente a Dos (2,0) Unidades Impositivas Tributarías (UIT), al haberse configurado la comisión de la infracción Leve, tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el inciso “b” del artículo 277° del Reglamento de la Ley la normativa citada, las razones se encuentran expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.