R.D. N°. 4193-2016-ANA-AAA-JZ-V
Sancionar a Adolfo Bautista Miranda, identificado con DNI N° 03602903, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento,
Sancionar a Adolfo Bautista Miranda, identificado con DNI N° 03602903, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento,
.· Sancionar a José Gabriel Rivas Casquero, identificado con DNI Nº 02836670, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Faustino Quispe Riofrio, identificado con DNI Nº 02752557, por infringir el numera! 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Paul Ornar Mogollón Mogollón, identificado con DNI N° 03484426, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Hernán Pulache Juárez, identificado con DNI Nº 44264285, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Dardo Eric Vega Cárdenas, identificado con DNI N° 03859927, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Abe! Torres García, identificado con DNI N° 02761823, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar Improcedente la solicitud presentada por Flores Troncos Reynaldo, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa N° 089-2006-GOB.REG.P.DRAP.ATDRSL,
Sancionar a María Lima García, identificado con DNI N° 02734046, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Wílmer Miranda García, identificado con DNI N° 02732467, por infringir el numeral 1} del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Miguel Alcangel Pintado Zurita, identificado con DNI Nº 03098792, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Bisitación García López, identificado con DNI N° 02859360, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Bisítacíón García López, identificado con DNI N° 02859360, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar improcedente el recurso de reconsideración presentado por José Dionisio Mechato Bruno, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración presentado por Miguel Gerardo Fossa Villar, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Sancionar a Parcemón Saavedra Julcahuanca, identificado con DNI N° 02765134, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento
Sancionar a Enrique Sebastián Balmaceda Amorrortu, identificado con DNI N° 03826849, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Miguel Quispe Villegas, identificado con DNI N° 42474120, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Mariano Yahuana Rondoy, identificado con DNI N° 02731579, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Juan Félix Núñez Márquez, identificado con DNI N° 02744746, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Milton Vega Zapata, identificado con DNI N° 02818942 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento,
Extinguir el permiso de uso de agua otorgado mediante Resolución Administrativa N° 425-2010-ANA/ALAJ, a favor del Comité de Riego del Canal Cueva de León,
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua supeliicial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Directora! Nº 1240-2013-ANA-AAA.JZ-V, de fecha 31 de octubre del 2013,
Declarar la extincion de la licencia de uso de agua con fines agrarios otorgada mediante Resolucion Administrativa Nº 294-2005-.A.G-INRENA/ATDRCHL,
Sancionar a Aurelio Montalván Chozo, identificado con DNI N° 17599784, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a AQUAPARK CHICLAYO S.A.C. con RUC Nº 20488053885 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Ernesto Javier Paico García, identificado con DNI N° 17559544, por infringir el numeral 2) del artículo 120º de la ley N° 29338 en concordancia con el literal i) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Fernando Leopoldo Jesús Scheelje Martín, identificado con DNI Nº 08771730 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Reynerio Manuel Ballesteros Culeas, identificado con DNI Nº 03351446, por infringir el numeral 1} del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Modificar la Resolución Administrativa Nº 226-M.A.INRENA/IRH-ATDR-ZAÑA, únicamente en lo que respecta al predio con código catastral N° 16484;
Rectificar, los errores materiales advertido en la Resolución Directora! N° 2808-2016- ANA-AAA-JZ-V,
Otorgar la licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola. a favor de Celestino Mera Castañeda. para el predio con código catastral 80896, proveniente del río Zaña,
Autorizar, a la Concesionaria Vial del Sol S.A. - COVISOL S.A., la ejecución de la construcción del Puente intercambio vial La Legua en la progresiva Km. 993+267.292 - Km. 993+375.292,
Sancionar a John Henry Viera Navarro, identificado con DNI N° 46736716, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Clever Remberto Hermida Elera, identificado con DNI N° 03092302, por infringir el numeral 1} del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Sancionar a Francisco Cobeñas Ayala, identificado con DNI N° 02605321, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Martín Alonso Castillo Santos, identificado con DNI N° 03663490, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Carlos Edilberto Juárez Viera, identificado con DNI N° 03675675, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Juan Carlos Viera Navarro, identificado con DNI N° 45202172, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Renovar a favor de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., con RUC 20100128218, la autorización de reúso de aguas residuales domesticas tratadas, otorgada mediante Resolución Directora! Nº 1931-2014-ANA-A.ti.A JZ-V,
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa N° 170-2005-G.R.PIURA-420010-DRA.P-AACH-S.ATDRCH, a favor de Tavara Vilela Jose Henry para el predio con código catastral 07175, quedando vigente en lo demás que contiene la mencionada resolución administrativa, respecto a la licencia que aun no hayan sido modificada.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 510-2005-G.R.PIURA-420010-DRA.P-AACH-S.ATDRCH,
Autorizar, a la Municipalidad Distrital de Suyo, la ejecución de estudios de disponibilidad hidrica superficial, para el desarrollo del proyecto "Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Agua y Saneamiento en la ciudad de Suyo, distrito de Suyo, provincia de Ayabaca - Piura',
Sancionar a Fredesvinda Recabarren de Agurto, identificado con DNI N°25668069, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) delarticulo 277º de su reglamento
Sancionar a Santos Aguirre Arismendis, identificado con DNI Nº 03615389, por infringirel numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Ricardo Agurto Zegarra, identificado con DNI Nº 02839195, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Franklin lván Saldarriaga Garcés, identificado con DNI Nº 10666313, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Teodoro Humberto Castillo Chapilliquén, identificado con DNI N°03640720, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara Julio Infante Távara. identificado con DNI Nº 03614724, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,