IMPONER a la Empresa MINERA ARUNTANI SAC., con RUC. N° 20466327612, con domicilio legal en Avda. José Gálvez Barrenechea Nro. 556, Dpto. 406 Urb. Corpac, Lima, San Isidro, una multa de (quince) 15.00 Unidades Impositivas Tributarias, a la fecha de cancelación, por infracción a la ley de recursos hídricos, tipificado en el artículo 120° numeral 10), y en el D.S. 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, en su artículo 277° literal e) arrojar residuos sólidos en cuerpo de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Ramis, dentro del tercer día de efectuado el mismo