R.D. Nro. 501-2018-ANA-AAA.TIT
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen de 20631.00 m³/año, para uso Agrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Manantiales Huaylluma", conforme al siguiente detalle
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen de 20631.00 m³/año, para uso Agrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Manantiales Huaylluma", conforme al siguiente detalle
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrícolas y pecuarios, otorgado al Comité de Regantes del Sector Circa Pampa, ubicado en la Comunidad de San Juan Capilla, Distrito de Juli, Provincia de Chucuito, otorgada mediante la Resolución Directoral N° 000026-91-UNA.XXI-PUNO, de fecha 25.02.1991
Otorgar, licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, en el marco de enmienda para el ejercicio del derecho de uso de agua conforme el Memorándum Nº 281-2018-ANA-DARH, con aguas provenientes de la fuente de agua según características del cuadro adjunto, localizado en coordenadas UTM (WGS-84), a favor del Comité de Usuarios de Agua Circa Pampa, para aprovechar un volumen disponible de hasta 887,958 m3/año, para un área bajo riego de hasta 55.32 has., con punto de captación en la fuente de agua ubicado políticamente en la parcialidad de Circa Pampa, Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao y Región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 080-2018-ANA.AAA.TIT-AT/RLM, según el detalle siguiente
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen de 98621.98 m³/año, para uso Agrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Huecco", conforme al siguiente detalle
Autorizar, la Ejecución de Obras en fuentes naturales de agua en los ríos Malpaso, Chaquimayo, Seco, Accoñusa, Santa Rosa, Parina, y las Quebradas Challacanca, Cruzmayo, Palccamayo, Chinchina, Panca y Jatun Cucho, para el proyecto denominado “Construcción de Puentes por Reemplazo en Puno” – Obra 1 (Puente Santa Teresa, Puente Ccaccachupa, Puente Malpaso, Puente Llapamayo, Puente Wataywasi, Puente Pozomayo, Puente Parina, Puente Panccamayo, Puente Mayogrande, Puente Yaurimayo, Puente Choccamaqui, Puente Chiquimayo), ubicado en los Distritos de Santa Rosa, Umachiri y Ayaviri, Provincia de Melgar, a favor del Consorcio Puentes del Norte, la misma que se ejecutará conforme a las especificaciones técnicas del expediente presentado, que forma parte integrante del expediente administrativo, así como el Informe Técnico N° 076-2018-ANA-AAA.TIT-AT/OMOC
TENER POR NO PRESENTADA, la solicitud de Ampliación de vigencia de la Resolución Directoral Nro. 601-2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 16.08.2016, presentada por el señor Santos Apaza Cárdenas, en calidad de Alcalde de la Municipalidad Provincial de El Collao - Ilave, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial, para uso poblacional y pecuario, otorgado a la Asociación de usuarios de aguas de la margen derecha del manantial Ccopa Phuyo, ubicado en la Comunidad de San Juan Capilla, otorgada mediante la Resolución Directoral N° 000019-91-UNA.XXI-PUNO, de fecha 25.02.1991.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, en el marco de enmienda para el ejercicio del derecho de uso de agua conforme el Memorándum Nº 281-2018-ANA-DARH, con aguas provenientes de la fuente de agua según características del cuadro adjunto, localizado en coordenadas UTM (WGS-84), a favor del Comité de Usuarios de Agua del Manantial de Copapujo de San Juan Capilla, para aprovechar un volumen disponible de hasta 77,334 m3/año, para un área bajo riego de hasta 12.39 hectáreas, en el bloque riego Copapujo de San Juan Capilla II, con punto de captación en la fuente de agua ubicado políticamente en la Parcialidad de San Juan de Capilla, Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao, Departamento y Región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 078-2018-ANA.AAA.TIT-AT/RLM, según el detalle siguiente
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo y con fines agrarios, otorgado al Comité de Regantes San Salvador, mediante la Resolución Directoral N° 000029-91-UNA.XXI-PUNO, de fecha 25.02.1991.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, en el marco de enmienda para el ejercicio del derecho de uso de agua conforme el Memorándum Nº 281-2018-ANA-DARH, con aguas provenientes de las fuentes de agua según características del cuadro adjunto, localizado en coordenadas UTM (WGS-84), a favor del Comité de Usuarios de Agua San Salvador – Conduriri, para aprovechar un volumen disponible de hasta 693,665 m3/año, para un área bajo riego de hasta 42.99 hectáreas, en el bloque de riego San Salvador III, con puntos de captación de las fuentes de agua ubicados políticamente en la Parcialidad de San Salvador, Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao, Departamento y Región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 079-2018-ANA.AAA.TIT-AT/RLM, según el detalle siguiente
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agropecuarios, otorgado a los Usuarios de la Comisión de Regantes Antajarani, mediante la Resolución Administrativa N° 039-2001-DRA-P/AASP-ATDR.PI, de fecha 23.03.2001.
Aprobar, la delimitación del Bloque de Riego Antajarani II, del Comité de Usuarios de Agua Antajarani, para un área bajo riego de hasta 14.29 has, ubicado políticamente en la jurisdicción del Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao, Departamento y Región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 077-2018-ANA.AAA-AT/OMOC, según el detalle siguiente:
Otorgar, licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, en el marco de enmienda para el ejercicio del derecho de uso de agua conforme el Memorándum Nº 281-2018-ANA-DARH, con aguas provenientes de la fuente de agua según características del cuadro adjunto, localizado en coordenadas UTM (WGS-84), a favor del Comité de Usuarios de Agua Antajarani, para aprovechar un volumen disponible de hasta 172,892 m3/año, para un área bajo riego de hasta 14.29 hectáreas, en el bloque de riego Antajarani II, con punto de captación en las fuentes de agua en las Quebradas Umajalso y Chiutire, ubicado políticamente en la jurisdicción del Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao, Departamento y Región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 077-2018-ANA.AAA-AT/OMOC, según el detalle siguiente:
Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo y con fines agrarios, otorgado al Comité de Regantes Copapujo, mediante la Resolución Directoral N° 000018-91-UNA.XXI-PUNO, de fecha 25 de febrero de 1991.
Otorgar, la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, en el marco de enmienda para el ejercicio del derecho de uso de agua conforme el Memorándum Nº 281-2018-ANA-DARH, con aguas provenientes de la fuente de agua según características del cuadro adjunto, localizado en coordenadas UTM (WGS-84), a favor del Comité de Usuarios de Agua del Manantial de Copapujo de San Juan Capilla, para aprovechar un volumen disponible de hasta 135,243 m3/año, para un área bajo riego de hasta 21.40 hectáreas, en el bloque de riego Copapujo de San Juan Capilla I, con punto de captación en la fuente de agua ubicado políticamente en la Parcialidad de San Juan de Capilla, Distrito de Conduriri, Provincia de El Collao, Departamento y Región de Puno, conforme al Informe Técnico N° 077-2018-ANA.AAA.TIT-AT/RLM, según el detalle siguiente
IMPONER, a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, con RUC. N° 20169037958, representada por su Alcalde, el señor Filiberto Tacca Navarro, con domicilio en la Plaza de Armas Nº 101, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI.
Otorgar, Licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, a favor de la señora Lucia Apaza Acero Vda. De Huarca, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de los manantiales “Mamalla Pujio” y “Huallaquera”, por un volumen disponible de hasta 11,647 m3/año, para un área bajo riego de hasta 0.57 has., en el predio rústico denominado “Rumi Ccocha”, fuente de agua ubicado en la jurisdicción de la Comunidad Campesina de Chapioco, Distrito de Ocuviri, Provincia de Lampa, Departamento y Región de Puno, de acuerdo al detallado contenido en el Informe Técnico N° 076-2018-ANA-AAA.TIT-AT/RLLM, que es parte integrante del expediente administrativo
Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 016-2000-DRA-P/AAPATDR-PI, del 18.04.2000, que otorgó licencia en vías de regularización con fines agrícolas a los usuarios conductores de las irrigaciones Huecco, Santa Rosa y Central, para que puedan utilizar las aguas de los manantiales Ñuñumani, Paapujo y río Huañacachi, por la causal de renuncia del titular, de acuerdo al numeral 1) del artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, en concordancia con el numeral 102.1° del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 082-2004-DRAP-ATDRJ, del 03.03.2004, que otorgó licencia para el uso de las aguas con fines agrarios, a favor de la Comisión de Regantes Iscayapi, ubicados en la Comunidad Campesina Uscayapi, distrito de Arapa, provincia de Azángaro, por la causal de renuncia del titular, de acuerdo al numeral 1) del artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, en concordancia con el numeral 102.1° del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen de 130169.05 m³/año, para uso Agrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Santa Rosa Macachani Quecuani", conforme al siguiente
detalle
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen de 731178.77 m³/año, para uso Agrario, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Supucachi", conforme al siguiente detalle
Otorgar, la Autorización de Uso de Agua, con fines Industriales, a favor de la Constructora San José Sucursal del Perú, con RUC. N° 20603191499; para la ejecución de obra del proyecto “Mejoramiento de la Carretera Tramo: Checca – Mazocruz”, ubicado en la Provincia El Collao y Departamento de Puno, que plantea aprovechar las aguas superficiales de las fuentes de agua denominadas “Río Huenque, Río Conduriri y Río Queñamichi”, y de acuerdo a la evaluación realizada por la Administración Local de Agua Ilave, a través del Informe Técnico N° 178-2018-ANA-AT.ILAVE/EMM, y que forma parte integrante del expediente administrativo
TENER POR NO PRESENTADA, la solicitud de fecha 06.08.2018, de Licencia de Uso de Agua Superficial, con fines agrarios, presentado por el señor Emilio Apaza Pacompia, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Aprobar, el “Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas - PADH, del Sector Hidráulico Menor Clase “B” Ilave, periodo 2018–2019”, propuesto por el “Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas del Sistema Hidráulico Común Ilave”, con una demanda total de un volumen anual de 100.30 HM3, de conformidad al Plan presentado en 59 folios que forma parte del presente informe
TENER POR NO PRESENTADA, la solicitud de Autorización de uso de agua con fines mineros, de fecha 15.05.2018, para el “Proyecto de Exploración Minera Kello Kello”, presentado por el señor Cesar Eduardo Aguirre Mascarelli, Gerente General de la Empresa TECK PERU S.A., por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Otorgar, Licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, a favor del señor Leopoldo Ponce Humire, identificado con DNI. Nº 01273626, para aprovechar un volumen anual de 792 m3, provenientes del manantial Joccolluni, manantial Occoruruni y la quebrada Huecco, para riego de pastos naturales de un área total de 0.04 hectáreas, en el predio denominado “Occororuni Huecco”, ubicado en el Distrito de Pichacani, Provincia, Departamento y Región de Puno, según el esquema contenido en el Informe Técnico N° 126-2018-ANA-AAA.TIT-AT/ECC, que forma parte del expediente administrativo
Autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, con fines agrarios de sustento familiar, para el proyecto de riego del predio rústico Callapoca, conforme a la ingeniería del proyecto hidráulico y en concordancia con la aprobación al sistema hidráulico del proyecto, peticionado por el Señor Victor Ayque Quispe, con punto de captación ubicado en las coordenadas UTM (WGS 84), según el cuadro adjunto, políticamente en la jurisdicción del Distrito de Cabanilla, Provincia de Lampa, Departamento y Región de Puno
Otorgar, licencia de uso de agua superficial, con fines poblacionales, a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural de Posoconi, en el marco del Memorándum (M) Nº 049-2016-ANA-DARH para el aprovechamiento de las aguas provenientes de los manantiales “Quinsahuaycco 1 y Quinsahuaycco 2”, por un volumen anual disponible de hasta 17,036 m3, cuya JASS se encuentra ubicado políticamente en el Distrito de Asillo, Provincia de Azángaro, Departamento y Región de Puno, según el detalle contenido en el Informe Técnico N° 073-2018-ANA-AAA.AT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo
Aceptar el Desistimiento del Procedimiento, iniciado con C.U.T. N° 154284-2018, por el señor Esteban Escobar Quispe, Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Sector Chila del Centro Poblado de Ccopaquira, sobre formalización de licencia de uso de agua, en consecuencia, declarar concluido el procedimiento administrativo, tramitado ante la Administración Local de Agua Ilave.
IMPONER, a la señora Magdalena Laquise Fuentes, con DNI. N° 01263732, con domicilio en la Parcialidad de Huarijuyo del Distrito de Pichacani, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua.
IMPONER a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHACANI, con RUC. N° 20169024112, con domicilio en Jr. Tupac Amaru Nº 464 - Plaza de Armas – Laraqueri, representada por su alcalde, el señor Percy Nina Quispe, una sanción administrativa de multa por un monto equivalente a CERO COMA CINCO (0,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, realizar la ejecución de obras hidráulicas sin la autorización de la Autoridad Nacional y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal b) Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras en las fuentes naturales de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
Otorgar, Licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios, a favor de la señora Maria Filomena Huayta de Yagua, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la Quebrada Caluuta, por un volumen total disponible de hasta 22,832 m3/año, para un área bajo riego de hasta 1.65 has, en el predio rústico denominado “Huitto Vizcachani”, fuente de agua ubicado en la Comunidad Campesina de Caluta, Distrito de Santa Lucia, Provincia de Lampa y Región de Puno, y; de acuerdo a lo detallado en el Informe Técnico N° 072-2018-ANA-AAA.TIT-AT/OMOC
Declarar, improcedente el pedido del administrado César José Challco Ppequeña, respecto de la sustitución de la sanción de multa por la de trabajo comunitario, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar, la extinción de la Licencia de uso de agua superficial, otorgada mediante Resolución Directoral Nro. 937-2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 28.10.2016, a favor del “Comité de Usuarios Jila Retiro”, por causal de renuncia de titular, de acuerdo al numeral 1) del artículo 70° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338, concordante con el artículo 102°, numeral 102.1° del D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Poblacional, Superficial por un volumen de 945.00 m³/año, a favor de "Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento - JASS de la Comunidad de Alto Pavita Zona Norte Cotaña Pata Sector Mamani", conforme al siguiente detalle
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Poblacional, Superficial por un volumen de 11985.00 m³/año, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DE LA COMUNIDAD CAMPESINA TAHUANTINSUYO", conforme al siguiente detalle
Conceder, la prórroga, por un plazo similar al otorgado en el Artículo 4° de la parte Resolutiva de la Resolución Directoral Nro. 365-2018-ANA-AAA.TIT, de fecha 09.08.2018, es decir, por el periodo de un (01) mes, por única vez, rigiendo al día siguiente de su notificación, de la presente Resolución.
Conceder, la prórroga, por un plazo similar al otorgado en el Artículo 2° de la parte Resolutiva de la Resolución Directoral Nro. 780-2016-ANA-AAA.TIT, de fecha 27.09.2016; es decir, por el periodo de 02 años, por única vez, rigiendo al día siguiente de su notificación, de la presente Resolución.
IMPONER, al señor Martin Quispe Vilca, con DNI. N° 01784033, con domicilio en el jirón Cajamarca N° 240, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, departamento y región de Puno, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua.
IMPONER, a la señora María Filomena Mamani Huayta de Yagua, con DNI. N° 02163903, con domicilio en la Comunidad Caluta, Distrito de Santa Lucia, Provincia de Lampa y Región de Puno, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua.
Aceptar el Desistimiento del Procedimiento, iniciado con C.U.T. N° 148031-2018, por el señor Rodolfo Ernesto García Betancur, con DNI N° 02263131, sobre la solicitud de Extinción del Derecho de uso de agua por renuncia del titular; en consecuencia, declarar concluido el procedimiento administrativo, tramitado ante la Administración Local de Agua Ramis.
Otorgar la licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines agrarios (pecuarios), a favor de la Comunidad Campesina de Cambria, para aprovechar un volumen anual de 7 252 m3, proveniente de la “Laguna Poccoña”, para abrevadero, en el predio denominado Cambria, ubicado en el Distrito de Putina, Provincia de San Antonio de Putina, Departamento y Región de Puno, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 119-2018-ANA-AAA.TIT-AT/ECC
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Agrario, Superficial por un volumen de 36901.00 m³/año, a favor de "Comité de Usuarios de Agua Cajahuyo Ticani"
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Poblacional, Superficial por un volumen de 13458.00 m³/año, a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) de la Comunidad Campesina de Chujucuyo Marca Yoca - Moho"
Otorgar, licencia de uso de agua para uso Poblacional, Superficial por un volumen de 4039.00 m³/año, a favor de "Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Sector Camsara, Parcialidad de Tequena"
Autorizar, la Ejecución de Obras en fuente natural de agua del Rio Malcomayo, ubicado en el sistema de coordenadas UTM Datum WGS-84: 390,581 m- E, 8 233,521 m – N (Inicio); 390,593 m- E, 8 233,457 m- N (Final), para el proyecto denominado: “Mejoramiento y Rehabilitación del Puente Mallcomayo”, ubicado en el Distrito de Pichacani, Provincia de Puno, a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A - COVISUR S.A., la misma que se ejecutará conforme a las especificaciones técnicas del expediente presentado, que forma parte integrante del expediente administrativo, así como el Informe Técnico N° 095-2018-ANA-AAA.TIT-AT/RQCH
Otorgar, Autorización de uso de agua superficial con fines industriales, a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A – COVISUR S.A, para la ejecución del proyecto “Rehabilitación y Mejoramiento de los Puentes Timillo, Loripongo, Tarucani, Morocollo, Porkke y Mallcomayo”, ubicado en el Distrito de Pichacani, Provincia y Región de Puno, que plantea aprovechar las aguas de los Ríos Malcomayo y Cutimbo, y de acuerdo a la evaluación contenida en el Informe Técnico Nº 167-2018-ANA-AT.ILAVE/EMM
Otorgar, Autorización de uso de agua superficial con fines industriales, a favor de la Concesionaria Vial del Sur S.A – COVISUR S.A., para la ejecución del proyecto “Rehabilitación y Mejoramiento de los Puentes Timillo, Loripongo, Tarucani, Morocollo, Porkke y Mallcomayo”, ubicado en el Distrito de Pichacani, Provincia y Región de Puno, que plantea aprovechar las aguas de los Ríos Loripongo y Taruca, y de acuerdo a la evaluación contenida en el Informe Técnico Nº 166-2018-ANA-AT.ILAVE/EMM.
Otorgar, Licencia de uso de agua para uso agrario, Superficial por un volumen de 8981.04 m3/año a favor de "Comite de Usuarios de Agua Kolluyo", conforme al siguiente detalle
Otorgar, Licencia de uso de agua subterraneo por un volumen de 11985.00 m3/año a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE HUNININUININI", conforme al siguiente detalle
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0326-2008 GRA/GRAG-ATDR.CSCH, de fecha 01/12/2008, otorgada a favor de PALMA CONDORI, TEOFILO, respecto a la unidad operativa Cod: 010747, CHACAPATA.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0326-2008 GRA/GRAG-ATDR.CSCH, de fecha 01/12/2008, otorgada a favor de SUYCO MAMANI, LUIS JUSTO, respecto a la unidad operativa Cod: 009739, URAYPAMPA.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0326-2008 GRA/GRAG-ATDR.CSCH, de fecha 01/12/2008, otorgada a favor de PALMA NINATAYPE, GUADALUPE DIONICIO, respecto a la unidad operativa Cod: 010257, CHACAPATA.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolución Administrativa N° 0557-2004 GRA/PR-DRAG-ATDR.CSCH, de fecha 20/12/2004, otorgada a favor de MEDINA FLORES, ESTEBAN RODOLFO, respecto a la unidad operativa Cod: 30053, PARCELA 53.
APROBAR la Actualización del Inventario de la infraestructura hidráulica presentado por el Proyecto Especial Majes Siguas AUTODEMA, de acuerdo a las características señaladas en la Memoria Descriptiva y anexos, presentados por la AUTODEMA.
Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Superficial, Resolucion Administrativa N° 0332-2008-GRA/GRAG-ATDR.CSCH, de fecha 01/12/2008, otorgada a favor de CALLINAPA SALAZAR, BENITO AQUILINO, respecto a la unidad operativa Cod: 141951, TUKUWASI.